Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación y reasignación de recursos, que celebran la Secretaría de Turismo y el Estado de México

EmisorSecretaría de Turismo

CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación y reasignación de recursos, que celebran la Secretaría de Turismo y el Estado de México.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Turismo.

CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACION Y REASIGNACION DE RECURSOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE TURISMO, A LA QUE EN ADELANTE SE DENOMINARA SECTUR, REPRESENTADA POR SU TITULAR EL LIC. RODOLFO ELIZONDO TORRES, CON LA INTERVENCION CONJUNTA DEL SUBSECRETARIO DE OPERACION TURISTICA, LIC. FRANCISCO MADRID FLORES, Y DEL DIRECTOR GENERAL DE PROGRAMAS REGIONALES, EL LIC. JUAN CARLOS ARNAU AVILA; Y POR LA OTRA PARTE EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MEXICO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA LA ENTIDAD FEDERATIVA, REPRESENTADO POR EL LIC. ENRIQUE PEÑA NIETO, EN SU CARACTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, Y ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, DR. VICTOR HUMBERTO BENITEZ TREVIÑO, EL SECRETARIO DE FINANZAS, D. EN E. LUIS VIDEGARAY CASO, LA SECRETARIA DE TURISMO, LIC. LAURA BARRERA FORTOUL, Y EL SECRETARIO DE LA CONTRALORIA ESTATAL, LIC. EDUARDO SEGOVIA ABASCAL, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y LAS CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

I. Entre los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, está el de contribuir al logro de los objetivos sectoriales de turismo.

II. El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, dispone en su artículo 16 segundo párrafo que las dependencias y entidades que requieran suscribir convenios de coordinación y reasignación, deberán apegarse al convenio modelo emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como obtener la autorización presupuestaria de la SHCP.

III. Asimismo, el Decreto invocado dispone que los convenios a que se refiere el antecedente anterior los celebrará el Ejecutivo Federal, por conducto de los titulares de las dependencias que reasignen los recursos presupuestarios, o de las entidades paraestatales y de la respectiva dependencia coordinadora de sector, con los gobiernos de las entidades federativas.

IV. Conforme a la fracción I del artículo 14 del Decreto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2006, con fecha 26 de abril de 2006, el Ejecutivo Federal, por conducto de SECTUR y la ENTIDAD FEDERATIVA firmaron el Convenio de Coordinación y Reasignación de Recursos, en adelante EL CONVENIO, con objeto de reasignar recursos federales a la ENTIDAD FEDERATIVA para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en materia de promoción y desarrollo turístico, transferir a aquélla responsabilidades; determinar la aportación de la ENTIDAD FEDERATIVA para el ejercicio fiscal 2006; la aplicación que se dará a tales recursos; los compromisos que sobre el particular asumen la ENTIDAD FEDERATIVA y el Ejecutivo Federal, y los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio.

V. “EL CONVENIO quedó sujeto y condicionado al dictamen de suficiencia presupuestaria emitido por la Dirección General de Programación y Presupuesto Sectorial B de la SHCP, para que SECTUR reasignara recursos a la ENTIDAD FEDERATIVA con cargo a su presupuesto autorizado.

VI. En las cláusulas primera y segunda de EL CONVENIO, se estableció que los recursos reasignados por el Ejecutivo Federal y las aportaciones de la ENTIDAD FEDERATIVA se aplicarían a los programas y hasta por los importes que a continuación se mencionan:

PROGRAMAS IMPORTES
PROYECTOS DE PROMOCION $500,000.00
PROYECTOS DE DESARROLLO $13,500,000.00
En ese sentido, el Ejecutivo Federal, reasignaría a la ENTIDAD FEDERATIVA recursos federales para promoción turística hasta por la cantidad de $250,000.00 (doscientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), y para desarrollo turístico hasta por la cantidad de $4,500,000.00 (cuatro millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.), con cargo al presupuesto de SECTUR, de acuerdo con el calendario que se precisa en el Anexo 2 de EL CONVENIO; la ENTIDAD FEDERATIVA destinaría de sus recursos presupuestarios para promoción turística la cantidad de $250,000.00 (doscientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), y para desarrollo turístico la cantidad de $4,500,000.00 (cuatro millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.), conforme al calendario...

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