Convenio Modificatorio al Convenio General de Colaboración para establecer mecanismos de intercambio de información, colaboración, coordinación y asesoría en materia de prevención, promoción, protección y restitución integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes, que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Durango.

Fecha de publicación18 Julio 2022
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo
EmisorSECRETARIA DE SALUD
CONVENIO Modificatorio al Convenio General de Colaboración para establecer mecanismos de intercambio de información, colaboración, coordinación y asesoría en materia de prevención, promoción, protección y restitución integral de los derechos de niñas, ni
CONVENIO Modificatorio al Convenio General de Colaboración para establecer mecanismos de intercambio de información, colaboración, coordinación y asesoría en materia de prevención, promoción, protección y restitución integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes, que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Durango. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SALUD.- Secretaría de Salud.- Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN PARA ESTABLECER MECANISMOS DE INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN, COLABORACIÓN, COORDINACIÓN Y ASESORÍA EN MATERIA DE PREVENCIÓN, PROMOCIÓN, PROTECCIÓN Y RESTITUCIÓN DE DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ EL "DIF NACIONAL", A TRAVÉS DEL MTRO. OLIVER CASTAÑEDA CORREA, PROCURADOR FEDERAL DE PROTECCIÓN DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, ASISTIDO POR LA LIC. FABIOLA MARÍA SALAS AMBRIZ, DIRECTORA GENERAL DE COORDINACIÓN Y POLÍTICAS Y POR LA OTRA PARTE, EL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE DURANGO EN ADELANTE "EL DIF ESTATAL", REPRESENTADO POR SU DIRECTORA GENERAL, LA DRA. ROCÍO AZUCENA MANZANO CHAIDEZ, ASISTIDA POR EL LIC. JOSÉ LUIS HERRERA HERRERA, PROCURADOR DE PROTECCIÓN DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES EN EL ESTADO DE DURANGO Y A QUIENES AL ACTUAR DE MANERA CONJUNTA SERÁN DENOMINADAS "LAS PARTES", DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
1. Con fecha 05 de junio de 2019, "LAS PARTES" celebraron el Convenio General de Colaboración para establecer mecanismos de intercambio de información, colaboración, coordinación y asesoría en materia de prevención, promoción, protección y restitución de derechos de niñas, niños y adolescentes, al que en lo sucesivo se hará referencia como "EL CONVENIO".
2. En "EL CONVENIO" se establecieron entre otras, las siguientes clausulas:
PRIMERA. El objeto del presente convenio es establecer mecanismos de intercambio de información, colaboración, coordinación y asesoría en materia de prevención, promoción, protección y restitución de derechos de niñas, niños y adolescentes, atendiendo a lo dispuesto en "LA LEY", y de conformidad con los respectivos ámbitos de competencia concurrente, federal y local.
Al respecto, para un mejor proveer en la aplicación del presente Convenio se determinan tres ejes temáticos a saber:
I. Coordinación y colaboración para la atención de casos;
II. Intercambio de información para la implementación y actualización de sistemas, registros y bases de datos; y
III. Asesoría para el diseño de lineamientos, modelos de atención, protocolos de actuación y procedimientos de restitución de derechos".
Es importante señalar, que respecto a los ejes temáticos señalados, "LAS PARTES" establecieron en el "EL CONVENIO" diversos compromisos, cuyo contenido resulta innecesario reproducir al encontrarse publicado en el Diario Oficial de la Federación.
SÉPTIMA. "LAS PARTES", acuerdan nombrar como enlaces para efectos del cumplimiento del objetivo del presente Convenio Específico a:
a) Por "EL DIF ESTATAL" se nombra a la Lic. licenciado José Vidal Silerio Gamboa, con cargo de Procurador de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Durango, el cual lo desempeñará por tiempo indefinido o cuando las partes decidan su cambio.
b) Por el "DIF NACIONAL", se nombra a la Lic. Martha Yolanda López Bravo con cargo de Procuradora Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, el cual lo desempeñará por tiempo indefinido o cuando las partes decidan su cambio.
DÉCIMA TERCERA. Para la ejecución de las diversas acciones señaladas en el presente convenio general, "LAS PARTES" convienen la celebración de convenios específicos, los cuales deberán constar por escrito y describirán con precisión sus objetivos, las actividades a realizar, calendarios y lugares de trabajo, personal involucrado, enlaces y coordinadores o responsables, recursos técnicos materiales, publicación de resultados y actividades de difusión, controles de evaluación y seguimiento, así como aquellos aspectos y elementos necesarios para determinar sus propósitos, alcances y operación".
DÉCIMA SEXTA. El presente convenio se podrá dar por terminado mediante aviso por escrito y con 30 días hábiles de anticipación, en el entendido de que los convenios específicos que se hayan celebrado en el marco del presente instrumento jurídico subsistirán en todas sus partes, salvo acuerdo en contrario de "LAS PARTES".
DÉCIMA SÉPTIMA. El presente Convenio sólo podrá ser modificado y/o adicionado mediante la firma del Convenio Modificatorio correspondiente.
3. Mediante oficio 255.000.00/227/2021, la Dirección General de Coordinación y Políticas del "DIF NACIONAL", derivado de un análisis efectuado a los alcances de "EL CONVENIO", determina la necesidad de modificar el mismo, a efecto de contar con instrumentos jurídicos con mayor eficacia en cuanto a su ejecución y mayor versatilidad en cuanto a su objeto.
DECLARACIONES
I. El "DIF NACIONAL" declara:
I.1 Que el Mtro. Oliver Castañeda Correa, fue designado Procurador Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes por la Titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia el 1º de octubre de 2020, por lo que cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente Convenio, de conformidad con lo establecido en el artículo 17, fracciones XXVIII, XXIX y XXX, del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
I.2 Que ratifica en todas y cada una de sus partes las declaraciones, contenidas en "EL CONVENIO" y solamente las manifestaciones vertidas, así como los datos generales y específicos que cambien en su parte conducente se estarán a lo dispuesto en el presente convenio modificatorio.
I.3 Que conoce plenamente los alcances del objeto de este convenio, así como el objeto y todas las obligaciones contraídas a su cargo convenidas en el mismo y es su voluntad suscribirlo, sin que exista vicio alguno en su consentimiento.
II. "EL DIF ESTATAL" declara:
II.1 Que es un Organismo Público Descentralizado, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, de conformidad con los artículos 3 de la Ley de Asistencia Social y 1º del Decreto de Creación del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del estado de Durango; tiene entre sus objetivos el promover y prestar servicios de asistencia social. Por los fines a los que está dedicado, se propicia la colaboración entre el Sistema, y otras Instituciones, empresas o particulares, en actos de solidaridad, a fin de coadyuvar a proporcionar el mayor beneficio a los grupos de la sociedad en estado de vulnerabilidad que así lo requieran y que se encuentren dentro del ámbito de la respectiva competencia.
II.2 Que la Dra. Rocío Azucena Manzano Chaidez, es su representante legal y tiene poder y capacidad suficiente para representar a "EL DIF ESTATAL", en los términos del presente convenio, acreditando tal carácter con el nombramiento otorgado por el Dr. José Rosas Aispuro Torres, Gobernador Constitucional del Estado de Durango, en fecha veintiuno de septiembre del año dos mil dieciséis. Así mismo ejerce la Representación Legal del Organismo de conformidad con lo establecido en los artículos 22 fracción III y 34 fracción VIII, IX, X y XI, de la Ley de Asistencia Social para el Estado de Durango, así como los artículos 19, 26 y 27 fracción I y XIII de la Ley de Entidades Paraestatales delEstado de Durango, así como el artículo 6 fracción I del Reglamento Interno de DIF Estatal, en base a los cuales la Directora General cuenta con amplias facultades para celebrar todo tipo de acuerdos, convenios, contratos y actos jurídicos que sean indispensables para el cumplimiento de los objetivos de la institución, mismas que no le han sido limitadas ,modificadas o revocadas en forma alguna.
II.3 Que señala como su domicilio para todos los efectos legales, el inmueble ubicado en Boulevard José María Patoni No. 105 del Fraccionamiento Predio Rústico la Tinaja y los Lugos, C.P. 34217 de esta ciudad de Durango y tiene asignado como Registro Federal de Contribuyentes la clave SDI-770101-IV9.
II.4 Que ratifica todas y cada una de sus declaraciones contenidas en "EL CONVENIO", en lo...

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