Convenio Modificatorio al Convenio Específico de Coordinación para conjuntar acciones y recursos para contribuir al desarrollo de la Red Estatal de Educación, Salud y Gobierno del Estado de Sinaloa, que celebran la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, por conducto de la Coordinación de la Sociedad de la Información y el Conocimiento, y dicha entidad federativa, el cual tiene por objeto coordinar acciones para el establecimiento, puesta en marcha y operación de dicha Red, su interconexión e interoperabilidad con la Red NIBA, el acceso a Internet y el uso de la banda de frecuencias

Fecha de disposición25 Junio 2015
Fecha de publicación25 Junio 2015
EmisorSECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
SecciónCUARTA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN (EN ADELANTE EL "CONVENIO") PARA CONJUNTAR ACCIONES Y RECURSOS PARA CONTRIBUIR AL DESARROLLO DE LA RED ESTATAL DE EDUCACIÓN, SALUD Y GOBIERNO (EN ADELANTE LA "REESG") DEL ESTADO DE SINALOA, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES (EN ADELANTE LA "SCT"), POR CONDUCTO DE LA COORDINACIÓN DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN Y EL CONOCIMIENTO (EN ADELANTE LA "CSIC"), REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR, LA MTRA. MÓNICA ASPE BERNAL, Y POR LA OTRA EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SINALOA (EN ADELANTE EL "EJECUTIVO ESTATAL"), REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL MTRO. KARIM PECHIR ESPINOSA DE LOS MONTEROS, EN SU CARÁCTER DE TITULAR DE LA SECRETARÍA DE INNOVACIÓN GUBERNAMENTAL, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ CONJUNTAMENTE COMO LAS "PARTES", DE ACUERDO A LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

ANTECEDENTES

  1. Con fecha 20 de noviembre de 2012, las partes celebraron un convenio marco de coordinación con el objeto de coordinar esfuerzos en el desarrollo de proyectos relacionados con el uso y aprovechamiento de las tecnologías de la información y de comunicaciones ("TIC") en materia de conectividad, contenidos y sistemas.

  2. Con fecha 22 de noviembre de 2012, las partes celebraron un convenio específico de coordinación con el objeto de coordinar acciones para el establecimiento, puesta en marcha y operación de la red estatal de educación, salud y gobierno ("REESG") del Ejecutivo Estatal, así como su interconexión e interoperabilidad con la Red Nacional de Impulso a la Banda Ancha (Red NIBA), el acceso a internet y el uso de la banda de frecuencias de 3300, de conformidad con las definiciones contenidas en su cláusula segunda.

    En dicho convenio específico, en el segundo párrafo de la cláusula quinta, se estableció:

    El presente instrumento tendrá una vigencia inicial de dos años, la cual podrá prorrogarse, previo convenio por escrito que al efecto formalicen las partes.

    Asimismo, en el primer párrafo de la cláusula décima se pactó lo siguiente:

    Si las partes de mutuo acuerdo tuvieran necesidad de modificar o adicionar lo establecido en el presente convenio, celebrarán un convenio por escrito en el que se consignen las modificaciones o adiciones que correspondan, las cuales formarán parte integral del presente instrumento.

  3. El 11 de junio de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 6o., 7o., 27, 28, 73, 78, 94 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones, de conformidad con el cual se reformó el artículo 6o. constitucional para establecer que el Estado garantizará el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e internet, y que el Estado garantizará a la población su integración a la sociedad de la información y el conocimiento, mediante una política de inclusión digital universal con metas anuales y sexenales.

    Asimismo, el artículo décimo cuarto transitorio del citado Decreto refiere que en la política de inclusión digital universal, el Gobierno Federal incluirá objetivos y metas en materia de infraestructura, accesibilidad y conectividad, tecnologías de la información y comunicación, y habilidades digitales, así como los programas de gobierno digital, gobierno y datos abiertos, fomento a la inversión pública y privada en aplicaciones de telesalud, telemedicina y expediente clínico electrónico y desarrollo de aplicaciones, sistemas y contenidos digitales, entre otros aspectos, para que por lo menos el 70 por ciento de todos los hogares y el 85 por ciento de todas las micros, pequeñas y medianas empresas a nivel nacional, cuenten con accesos con una velocidad real para descarga de información de conformidad con el promedio registrado en los países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos; y asimismo, elaborará políticas de radiodifusión y telecomunicaciones tendientes a garantizar el acceso a internet de banda ancha en las instalaciones de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, mientras que las entidades federativas harán lo propio en el ámbito de su competencia.

  4. El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, dentro de sus cinco metas nacionales contempla, como meta IV, un "México Próspero, que promueva el crecimiento sostenido de la productividad en un clima de estabilidad económica y mediante la generación de igualdad de oportunidades. Lo anterior considerando que

    una infraestructura adecuada y el acceso a insumos estratégicos fomentan la competencia y permiten mayores flujos de capital y conocimiento hacia individuos y empresas con el mayor potencial para aprovecharlo...".

    En el numeral VI "Objetivos, Estrategias y líneas de acción", VI.A "Estrategias y líneas de acción transversales, Gobierno Cercano y Moderno", el Ejecutivo plantea establecer "una Estrategia Digital Nacional para fomentar la adopción y el desarrollo de las tecnologías de la información y la comunicación, e impulsar un gobierno eficaz que inserte a México en la Sociedad del Conocimiento".

    En el objetivo 4.5 "Democratizar el acceso a servicios de telecomunicaciones", se prevé la estrategia 4.5.1 "Impulsar el desarrollo e innovación tecnológica de las telecomunicaciones que amplíe la cobertura y accesibilidad para impulsar mejores servicios y promover la competencia, buscando la reducción de costos y la eficiencia de las comunicaciones", mediante las siguientes líneas de acción:

    · Crear una red nacional de centros comunitarios de capacitación y educación digital.

    · Promover mayor oferta de los servicios de telecomunicaciones, así como la inversión privada en el sector, con el que se puedan ofrecer servicios electrónicos avanzados que mejoren el valor agregado de las actividades productivas.

    · Crear un programa de banda ancha que establezca los sitios a conectar cada año, así como la estrategia para conectar a las instituciones de investigación, educación, salud y gobierno que así lo requieran, en las zonas metropolitanas que cuentan con puntos de presencia del servicio de la Red Nacional de Impulso a la Banda Ancha (Red NIBA).

    · Continuar y ampliar la Campaña Nacional de Inclusión Digital.

    · Aumentar el uso del Internet mediante el desarrollo de nuevas redes de fibra óptica que permitan extender la cobertura a lo largo del territorio nacional.

    · Desarrollar e implementar la infraestructura espacial de banda ancha, incorporando nuevas tecnologías satelitales y propiciando la construcción de capacidades nacionales para las siguientes generaciones satelitales.

  5. El Programa Sectorial de Comunicaciones y Transportes 2013-2018 establece como objetivo 4 "Ampliar la cobertura y el acceso a mejores servicios de comunicaciones en condiciones de competencia". En particular, la estrategia 4.3 establece el objetivo de "Incentivar la cobertura de las TIC, para detonar un desarrollo más equitativo de toda la población y reducir las brechas". Para lograrlo se definen diversas líneas de acción, entre la que destaca la 4.3.2 que propone "Fortalecer la red nacional de centros comunitarios de capacitación y educación digital".

  6. El Programa para un Gobierno Cercano y Moderno 2013-2018 señala como objetivo 5 "Establecer una Estrategia Digital Nacional que acelere la inserción de México en la SIC", objetivo que busca impactar, entre otros aspectos, en la calidad de los servicios de salud, en la innovación y transformación de la gestión gubernamental, en la educación y la generación de habilidades digitales en la población, en el desarrollo del ecosistema de economía digital y en el fortalecimiento de los mecanismos de seguridad ciudadana. Esto se pretende lograr mediante el uso de las TIC, lo cual permitirá la modernización del gobierno y la mejora de los servicios y bienes públicos. Lo anterior supone contar con habilitadores digitales como la conectividad, asequibilidad, inclusión y alfabetización digital, la interoperabilidad y el uso de datos abiertos, así como con el marco jurídico adecuado para tales efectos.

  7. La Estrategia Digital Nacional, como plan de acción que el Gobierno de la República implementará durante los próximos 5 años para fomentar la adopción y el desarrollo de las TIC e insertar a México en la SIC, plantea los desafíos que México enfrenta en el contexto digital y la manera en la que se les hará frente, a través de cinco grandes objetivos: transformación gubernamental, economía digital, educación de calidad, salud universal y efectiva, y seguridad ciudadana. Para alcanzar estos objetivos, se plantearon cinco habilitadores transversales que son las condiciones necesarias para alcanzar las metas de la estrategia.

    En particular, el habilitador 2 "Inclusión y Habilidades Digitales", señala que la inclusión y el desarrollo de habilidades digitales se relacionan con la necesidad de que todos los sectores sociales puedan aprovechar y utilizar las TIC de manera cotidiana, además de contar con el acceso a los servicios de telecomunicaciones.

  8. El 14 de julio de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se expiden la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano; y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia de telecomunicaciones y radiodifusión.

    De conformidad con las fracciones III y IV del artículo 9 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, corresponde a la SCT planear, fijar...

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