Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión para el otorgamiento de subsidios a las entidades federativas a través de sus Comisiones Locales de Búsqueda para realizar acciones de búsqueda de personas, en el marco de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Jalisco.

Fecha de publicación04 Noviembre 2022
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo
CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión para el otorgamiento de subsidios a las entidades federativas a través de sus Comisiones Locales de Búsqueda para realizar acciones de búsqueda de personas, en el marco de la Ley General en Ma
CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación y Adhesión para el otorgamiento de subsidios a las entidades federativas a través de sus Comisiones Locales de Búsqueda para realizar acciones de búsqueda de personas, en el marco de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Jalisco. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Comisión Nacional de Búsqueda.
CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS A TRAVÉS DE SUS COMISIONES LOCALES DE BÚSQUEDA PARA REALIZAR ACCIONES DE BÚSQUEDA DE PERSONAS, EN EL MARCO DE LA LEY GENERAL EN MATERIA DE DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS, DESAPARICIÓN COMETIDA POR PARTICULARES Y DEL SISTEMA NACIONAL DE BÚSQUEDA DE PERSONAS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, POR CONDUCTO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE BÚSQUEDA DE PERSONAS, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR KARLA IRASEMA QUINTANA OSUNA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA CNBP"; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL GOBERNADOR DEL ESTADO, ENRIQUE ALFARO RAMÍREZ; EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, JUAN ENRIQUE IBARRA PEDROZA; EL SECRETARIO DE LA HACIENDA PÚBLICA, JUAN PARTIDA MORALES, Y EL ENCARGADO DE DESPACHO DE LA COMISIÓN DE BÚSQUEDA DE PERSONAS DEL ESTADO DE JALISCO, VÍCTOR HUGO ÁVILA BARRIENTOS, EN LO SUCESIVO LA "ENTIDAD FEDERATIVA", EN SU CARÁCTER DE BENEFICIARIA DEL SUBSIDIO; Y A QUIENES ACTUANDO CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES"; DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
Con fecha 18 de enero de 2022, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el "Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para el otorgamiento de subsidios a las Entidades Federativas a través de sus Comisiones Locales de Búsqueda para realizar acciones de búsqueda de personas, en el marco de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas para el Ejercicio Fiscal 2022"; así como el "Acuerdo por el que se modifican los Lineamientos para el otorgamiento de subsidios a las entidades federativas a través de sus Comisiones Locales de Búsqueda para realizar Acciones de Búsqueda de Personas, en el Marco de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas para el Ejercicio Fiscal 2022", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de junio de 2022, "Lineamientos", cuyo objeto es establecer los requisitos, procedimientos y disposiciones para el otorgamiento, administración, ejercicio, seguimiento y evaluación de los recursos de los subsidios a los que podrán acceder las Comisiones Locales de Búsqueda de las entidades federativas constituidas legalmente, en el marco de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, para implementar proyectos que contribuyan a las acciones de búsqueda y localización de Personas Desaparecidas o No Localizadas.
Con fecha 18 de marzo de 2022, fue celebrado el Convenio de Coordinación y Adhesión para el otorgamiento de subsidios a las entidades federativas a través de sus Comisiones Locales de Búsqueda para realizar acciones de búsqueda de personas, en el marco de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, que celebraron por una parte la Secretaría de Gobernación, por conducto de la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas y el Gobierno del Estado de Jalisco.
Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2022, correspondiente al Ramo 04 Gobernación, subsidios y subvenciones, prevé una asignación de $603,781,613.00 (Seiscientos tres millones setecientos ochenta y un mil seiscientos trece pesos 00/100 Moneda Nacional), para el otorgamiento de subsidios a las entidades federativas para realizar acciones de búsqueda en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, de los cuales a la fecha, queda pendiente la asignación de la cantidad de $111,571,618.98 (Ciento once millones quinientos setenta y un mil seiscientos dieciocho pesos 98/100 M.N.), por concepto de la bolsa de recursos concursables.
Mediante oficio número SGG/SDH/COBUPEJ/1375/2022, de fecha 27 de julio de 2022, el Gobierno del Estado de Jalisco, solicitó a "LA CNBP" celebrar el presente instrumento jurídico.
Con oficio número SEGOB/CNBP/2353/2022, de fecha 12 de agosto de 2022, "LA CNBP" autorizó la procedencia de la solicitud de acceso al recurso concursable, lo anterior, con fundamento en los artículos 21, 22, 23 y 24 de los "Lineamientos", y en términos de la Cláusula Vigésima del Convenio de Coordinación y Adhesión.
Por lo que, resulta necesario utilizar la totalidad de los recursos destinados para el otorgamiento de subsidios a las entidades federativas para realizar acciones de búsqueda en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares.
DECLARACIONES
I. "LA CNBP" declara que:
I.1. En virtud de que el presente Convenio Modificatorio se deriva del Convenio de Coordinación y Adhesión, las Declaraciones manifestadas en dicho instrumento permanecen vigentes, con excepción de las expresadas en el presente Convenio Modificatorio, por lo que se tienen por reproducidas y ratificadas en su integridad como si a la letra se insertaran en el Convenio de Coordinación y Adhesión de referencia.
I.2. Las documentales, justificativas y comprobatorias que acreditan y sustentan la...

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