Segundo Convenio modificatorio al Convenio de Coordinación y reasignación de recursos, que celebran la Secretaría de Turismo y el Estado de Querétaro Arteaga
Emisor | Secretaría de Turismo |
SEGUNDO Convenio modificatorio al Convenio de Coordinación y reasignación de recursos, que celebran la Secretaría de Turismo y el Estado de Querétaro Arteaga.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Turismo.
SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACION Y REASIGNACION DE RECURSOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE TURISMO A LA QUE EN ADELANTE SE DENOMINARA SECTUR , REPRESENTADA POR SU TITULAR EL LIC. RODOLFO ELIZONDO TORRES, CON LA INTERVENCION CONJUNTA DEL SUBSECRETARIO DE OPERACION TURISTICA, LIC. FRANCISCO MADRID FLORES Y DEL DIRECTOR GENERAL DE PROGRAMAS REGIONALES, LIC. GUILLERMO TARRATS GAVIDIA; Y POR LA OTRA PARTE EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUERETARO ARTEAGA AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA LA ENTIDAD FEDERATIVA , REPRESENTADO POR EL LIC. FRANCISCO GARRIDO PATRON, EN SU CARACTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, LIC. JOSE ALFREDO BOTELLO MONTES, EL SECRETARIO DE PLANEACION Y FINANZAS, ING. JUAN MANUEL ALCOCER GAMBA, EL SECRETARIO DE TURISMO, LIC. MANUEL GONZALEZ VALLE, Y EL SECRETARIO DE LA CONTRALORIA, LIC. RICARDO DEL RIO TREJO, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y LAS CLAUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
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Entre los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, está el de contribuir al logro de los objetivos sectoriales de turismo.
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El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2004, dispone en su artículo 14 que las dependencias y entidades paraestatales que requieran suscribir convenios de reasignación, deberán apegarse al convenio modelo que emitan las secretarías de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y de la Función Pública (SFP) y obtener la autorización presupuestaria de la SHCP.
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Asimismo, el Decreto invocado dispone que los convenios a que se refiere el párrafo anterior los celebrará el Ejecutivo Federal, por conducto de los titulares de las dependencias que reasignen los recursos presupuestarios, o de las entidades paraestatales y de la respectiva dependencia coordinadora de sector con los gobiernos de las entidades federativas.
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Con fecha 15 de abril de 2004, el Ejecutivo Federal, por conducto de SECTUR y la ENTIDAD FEDERATIVA celebraron el Convenio de Coordinación y Reasignación de Recursos, en adelante EL CONVENIO , con objeto de …reasignar recursos federales a la ENTIDAD FEDERATIVA para coordinar la participación del Ejecutivo Federal y de la ENTIDAD FEDERATIVA en materia de promoción y desarrollo turístico, transferir a ésta responsabilidades, determinar la aportación de la ENTIDAD FEDERATIVA para el ejercicio fiscal 2004; la aplicación que se dará a tales recursos; los compromisos que sobre el particular asumen la ENTIDAD FEDERATIVA y el Ejecutivo Federal, y los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio .
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EL CONVENIO quedó sujeto y condicionado al dictamen de suficiencia presupuestaria emitido por la Dirección General de Programación y Presupuesto Sectorial B de la SHCP, para que SECTUR reasignara recursos a la ENTIDAD FEDERATIVA con cargo a su presupuesto autorizado.
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El 7 de junio de 2004, SECTUR y la ENTIDAD FEDERATIVA suscribieron un primer convenio modificatorio a EL CONVENIO para modificar sus cláusulas primera y segunda, así como los Anexos 1, 2, 3 y 4, a fin de que se aportaran recursos adicionales a los previstos en EL CONVENIO .
Con motivo del primer convenio modificatorio, quedó establecido que los recursos reasignados por el Ejecutivo Federal y las aportaciones de la ENTIDAD FEDERATIVA se aplicarían a los programas y hasta por los importes que a continuación se mencionan:
PROGRAMAS IMPORTE PROYECTOS DE PROMOCION $500,000.00 PROYECTOS DE DESARROLLO $10 650,000.00 En ese sentido, el Ejecutivo Federal reasignó a la ENTIDAD FEDERATIVA recursos federales para promoción turística hasta por la cantidad de $250,000.00 (doscientos...
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