Convenio de Coordinación y reasignación de recursos que celebran la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el Estado de Durango, para la construcción y modernización de carreteras y caminos rurales en dicha entidad federativa

Fecha de disposición19 Febrero 2007
Fecha de publicación19 Febrero 2007
EmisorSECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CONVENIO de Coordinación y reasignación de recursos que celebran la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el Estado de Durango, para la construcción y modernización de carreteras y caminos rurales en dicha entidad federativa.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

CONVENIO DE COORDINACION Y REASIGNACION DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA LA SCT, REPRESENTADA POR SU TITULAR PEDRO CERISOLA Y WEBER, ASISTIDO POR EL SUBSECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, JORGE FERNANDEZ VARELA Y EL DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO SCT DURANGO, CESAR FAUSTINO PERALTA SALOMON Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE DURANGO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA LA ENTIDAD FEDERATIVA, REPRESENTADO POR ISMAEL ALFREDO HERNANDEZ DERAS, EN SU CARACTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, ASISTIDO POR LOS CC. JOSE RICARDO LOPEZ PESCADOR, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO; JORGE HERRERA CALDERA, SECRETARIO DE FINANZAS Y DE ADMINISTRACION; GRACIELA MENDIOLA ORTIZ, SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y OBRAS PUBLICAS Y MARIA DE LOURDES NEVAREZ HERRERA, SECRETARIA DE CONTRALORIA Y MODERNIZACION ADMINISTRATIVA, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

I. Entre los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, está el contribuir al logro de los objetivos de comunicaciones y transportes.

II. El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006, dispone en el artículo 16, segundo párrafo, que las dependencias y entidades que requieran suscribir convenios de coordinación y reasignación, deberán apegarse al convenio modelo emitido por las secretarías de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y de la Función Pública (SFP), así como obtener la autorización presupuestaria de la SHCP.

III. Asimismo, el Decreto invocado dispone que los convenios a que se refiere el antecedente anterior los celebrará el Ejecutivo Federal, por conducto de los titulares de las dependencias que reasignen los recursos presupuestarios, o de las entidades paraestatales y de la respectiva dependencia coordinadora de sector con los gobiernos de las entidades federativas.

IV. La Dirección General de Programación y Presupuesto (DGPyP) "B de la SHCP mediante oficio número 312.A.-001845 de fecha 22 de diciembre de 2005 emitió su dictamen de suficiencia presupuestaria para que LA SCT reasigne recursos a LA ENTIDAD FEDERATIVA con cargo a su presupuesto autorizado.

DECLARACIONES

I.- Declara LA SCT:

  1. Que es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal que cuenta con la competencia necesaria para celebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

  2. Que en el ámbito de su competencia le corresponde formular y conducir las políticas y programas para el desarrollo del transporte y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del país; así como construir y conservar caminos y puentes federales, en cooperación con los gobiernos de las entidades federativas, con los municipios y los particulares, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

  3. Que su titular tiene las facultades suficientes y necesarias que le permitan suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en el artículo 4o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

    II. Declara LA ENTIDAD FEDERATIVA:

  4. Que en términos de los artículos 40, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es un Estado Libre y Soberano, que forma parte integrante de la Federación según los principios de la Ley Fundamental y lo establecido por la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango, y por la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Durango.

  5. Que concurre a la celebración del presente Convenio, a través del Gobernador de LA ENTIDAD FEDERATIVA, quien se encuentra facultado para ello en términos de lo establecido en los artículos 70, fracciones XXX y XXXI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango y 9 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Durango y demás disposiciones locales aplicables.

  6. Que de conformidad con los artículos 28, 29, 30, 31 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Durango, este Convenio es también suscrito por los secretarios General de Gobierno, de Finanzas y de Administración, de Comunicaciones y Obras Públicas y de Contraloría y Modernización Administrativa.

    En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33 y 44 de la Ley de Planeación; 5o. y 25 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 12, último párrafo, 14 y 16 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006; así como en los artículos 1, 13, 24, 27, 28, 59, 70, 71 y demás aplicables de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango y los artículos 1, 28, 29, 30, 31 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Durango y demás disposiciones legales aplicables, las partes celebran el presente Convenio al tenor de las siguientes:

    CLAUSULAS

    PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio y los anexos que forman parte del mismo, tienen por objeto reasignar recursos federales a LA ENTIDAD FEDERATIVA para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en materia de construcción y modernización de carreteras y caminos rurales en el Estado de Durango; transferir a aquélla responsabilidades; la aplicación que se dará a tales recursos; los compromisos que sobre el particular asumen LA ENTIDAD FEDERATIVA y el Ejecutivo Federal, y los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio.

    Los recursos que reasigna el Ejecutivo Federal a que se refiere la cláusula segunda del presente Convenio, se aplicarán al programa y hasta por el importe que a continuación se mencionan:

    PROGRAMA IMPORTE FEDERAL (millones de pesos)
    Camino Durango-Mazatlán Camino Zacatecas-Durango Camino Zacatecas-Durango Caminos Rurales Carretera Durango-Mezquital Camino Zacatecas-Durango Camino Zacatecas-Durango 15001,230.87 19210,612.09 1032340.47 15764,270.54 1180,479.12 $6975,759.68 25535,307.23
    TOTAL 84.7
    El programa a que se refiere el párrafo anterior se prevé en forma detallada en el Anexo 1, el cual forma parte integrante del presente instrumento

    Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente Convenio, las partes se sujetarán a lo previsto en este Convenio, a los anexos que forman parte integrante del mismo, así como a los Lineamientos para el ejercicio eficaz, transparente, ágil y eficiente de los recursos que transfieren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las Entidades Federativas mediante Convenios de Coordinación y Reasignación de Recursos para el Ejercicio Fiscal 2006, emitidos por la SHCP y la SFP.

    SEGUNDA.- REASIGNACION.- Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio, el Ejecutivo Federal reasignará a LA ENTIDAD FEDERATIVA recursos federales hasta por la cantidad de $84700,000.00 (ochenta y cuatro millones setecientos mil pesos 00/100 M.N.) con cargo al presupuesto de LA SCT, de acuerdo con los plazos y calendario establecidos que se precisan en el Anexo 2 de este Convenio. Dichos recursos, conforme a los artículos 12, último párrafo, y 14, fracción IX del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006, se radicarán a través de la Secretaría de Finanzas y de Administración de LA ENTIDAD FEDERATIVA, en la cuenta bancaria productiva específica que se establezca por LA ENTIDAD FEDERATIVA, previamente a la entrega de los recursos, en la institución de crédito bancaria que esta última determine, informando de ello a LA SCT.

    Los recursos federales que se reasignen en los términos de este Convenio no pierden su carácter federal.

    Con el objeto de que la distribución de los recursos reasignados a LA ENTIDAD FEDERATIVA sea transparente, y a efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 14 fracción II, y 16 tercer párrafo del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006, se deberán observar los criterios que aseguren transparencia en la distribución, aplicación y comprobación de los recursos por entidad federativa, y que a continuación se exponen:

    - LA ENTIDAD FEDERATIVA, por conducto de su dependencia ejecutora, deberá cumplir con los compromisos asumidos en el desarrollo de metas y ejercicio de recursos.

    - Se procederá a la difusión del presente Convenio, mediante su publicación en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico Oficial del Estado de Durango.

    - A través de las secretarías de Finanzas y Administración y de la de Contraloría y Modernización Administrativa de LA ENTIDAD FEDERATIVA, se atenderá el debido cumplimiento de las medidas de control en materia de distribución, aplicación y comprobación de los recursos reasignados, establecidas a nivel local y en el presente Convenio de Reasignación de Recursos.

    TERCERA.- OBJETIVOS, METAS E INDICADORES.- Los recursos que reasigna el Ejecutivo Federal a que se refiere la cláusula segunda del presente Convenio se aplicarán al programa a que se refiere la cláusula primera del mismo, el cual tendrá los objetivos, metas e indicadores que a continuación se mencionan:

    OBJETIVOS METAS INDICADORES
    Camino
    ...

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