Decreto Número 293.- Por el que se aprueba el Convenio Amistoso para la Precisión y Reconocimiento de Límites Territoriales, suscrito por los Ayuntamientos de Tenango del Valle y Coatepec Harinas

19 de agosto de 2014
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Página 33
ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS,
Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de México, a sus habitantes
sabed:
Que la Legislatura del Estado, ha tenido
.
a bien aprobar lo siguiente:
DECRETO NÚMERO 293
LA H. "LVIII" LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.
Con fundamento en lo que establece el artículo 61 fracción XXV de la Constitución Política
del Estado Libre y Soberano de México, se aprueba el Convenio Amistoso para la Precisión y Reconocimiento de
Límites Territoriales, celebrado por lós Ayuntamientos de Tenango del Valle y Coatepec Harinas, Estado de México,
el 12 de junio de 2014.
ARTÍCULO SEGUNDO.
Los Ayuntamientos de Tenango del Valle y Coatepec Harinas, Estado de México,
respectivamente, están de acuerdo en realizar trabajos conjuntos de amojonamiento y señalización sobre la línea
limítrofe, en un 50% cada uno, en los puntos estratégicos que señalen, por conducto de los representantes que
designen para tal efecto.
ARTÍCULO TERCERO.
Los Ayuntamientos de Tenango del Valle y Coatepec Harinas, México. convienen en
respetar las restricciones sobre el uso del suelo a lo largo de la franja limítrofe que une los territorios de los Municipios
respectivos, siendo de cuatro metros de derecho de vía por cada lado.
TRANSITORIOS
PRIMERO.
Publíquese el presente Decreto en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".
SEGUNDO.
Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del
Gobierno".
TERCERO.
Hágase del conocimiento el presente Decreto al Instituto Nacional Electoral, así como al Instituto Electoral
del Estado de México, para los efectos legales conducentes.
Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado, haciendo que se publique y se cumpla.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los catorce
días del mes de agosto del año dos mil catorce.- Presidente.- Dip. Alfonso Guillermo Bravo Álvarez Malo.-
Secretarios.- Dip. Alberto Hernández Meneses.- Dip. María Teresa Garza Martínez.- Dip. Norberto Morales Poblete.-
Rúbricas.
Por tanto, mando se publique, circule, observe y se le dé el debido cumplimiento.
Toluca de Lerdo, Méx., a 19 de agosto de 2014.
EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MÉXICO
DR. ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS
(RÚBRICA).
EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
JOSÉ S. MANZUR QUIROGA
(RÚBRICA).

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