Convenio de Coordinación en materia de transferencia de recursos, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Yucatán   

Fecha de disposición04 Marzo 2008
Fecha de publicación04 Marzo 2008
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CONVENIO de Coordinación en materia de transferencia de recursos, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Yucatán.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.

CONVENIO DE COORDINACION EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA "LA SECRETARIA", REPRESENTADA POR SU TITULAR EL C. DR. JOSE ANGEL CORDOVA VILLALOBOS, CON LA PARTICIPACION DE LA SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS, LIC. MA. EUGENIA DE LEON-MAY, Y DEL DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA FISICA, (DGDIF), ING. ARTURO PEREZ ESTRADA, Y POR LA OTRA, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATAN, REPRESENTADO POR EL C. PATRICIO JOSE PATRON LAVIADA, EN SU CALIDAD DE GOBERNADOR DEL ESTADO, ASISTIDO POR EL LIC. PEDRO FRANCISCO RIVAS GUTIERREZ, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO; LA C.P. ELSY DEL CARMEN MEZO PALMA, SECRETARIA DE HACIENDA, EL DR. JORGE LUIS SOSA MUÑOZ, SECRETARIO DE SALUD, Y EL C.P. JORGE ADRIAN CEBALLOS ANCONA, SECRETARIO DE LA CONTRALORIA GENERAL, AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA LA ENTIDAD FEDERATIVA, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias que con cargo a los presupuestos de las dependencias, se aprueben en el Presupuesto de Egresos, mismos que se otorgarán y ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables. Dichos subsidios deberán sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en ella se señalan. Que LA SECRETARIA cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento.DECLARACIONES

I. De LA SECRETARIA:

Que es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal que cuenta con la competencia necesaria para celebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 26 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Que tiene entre otras facultades las de establecer y conducir la política nacional en materia de asistencia social, servicios médicos y salubridad general. Que su titular tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en los artículos 6o. y 7o. fracción XXII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y acredita su cargo mediante nombramiento de fecha 1 de diciembre de 2006, expedido por el Lic. Felipe Calderón Hinojosa, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. Que la Subsecretaria de Administración y Finanzas cuenta con la competencia y legitimidad para intervenir en el presente instrumento con fundamento en el artículo 8 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y acredita su cargo mediante nombramiento de fecha 1 de diciembre de 2006, expedido por el Dr. José Angel Córdova Villalobos, Secretario de Salud. Que dentro de las funciones de la Dirección General de Desarrollo de la Infraestructura Física (DGDIF), se encuentran las de asesorar y apoyar técnica y normativamente, a los órganos desconcentrados y a los servicios estatales de salud e Institutos Nacionales de Salud en la elaboración de proyectos, ejecución de trabajos relacionados con obras, conservación y mantenimiento, en coordinación con la Dirección General de Calidad y Educación en Salud, cuando se trate de unidades de atención médica; coordinar y vincular las acciones de obras y conservación con unidades del sector salud, a nivel federal y estatal, a fin de unificar criterios normativos en el desarrollo de la infraestructura física en salud; de conformidad con lo establecido en el artículo 22 fracciones X y XI del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud. Que para efectos del presente Convenio señala como domicilio el ubicado en la calle de Lieja número 7, 1er. piso, colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06696, en México, Distrito Federal.II. Declara LA ENTIDAD FEDERATIVA.

Que en términos de los artículos 40, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 12 de la Constitución Política del Estado de Yucatán, es un Estado Libre y Soberano integrante de la Federación. Que concurre a la celebración del presente Convenio, a través del Gobernador de LA ENTIDAD FEDERATIVA, quien cuenta con competencia y legitimidad para ello en términos de lo establecido en los artículos 55 y 57 de la Constitución Política del Estado de Yucatán y 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Yucatán, y demás disposiciones locales aplicables, según lo dispuesto en los artículos 44 de la Constitución Política del Estado de Yucatán, y 1 y 6 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Yucatán. Que los Secretarios General de Gobierno, de Hacienda, de Salud y el Contralor del Ejecutivo Estatal, asisten a la suscripción del presente Convenio, de conformidad con los artículos 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Yucatán, quienes acreditan su cargo mediante los nombramientos expedidos por el Gobernador de LA ENTIDAD FEDERATIVA, mismos que en copia fotostática se adjuntan al presente para formar parte integrante de su contexto. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son contar con la infraestructura que ofrezca servicios ambulatorios para la detección temprana y atención oportuna de Adicciones, Infecciones de Transmisión Sexual y VIH/Sida, así como para la detección, atención y rehabilitación oportuna en salud mental, ofreciendo los servicios necesarios para su control óptimo y tratamiento efectivo. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado en el predio número 463 de la calle 72 entre 53 y 55, colonia Centro, de la ciudad de Mérida, Yucatán. En virtud de lo anterior, y con fundamento en los artículos 26 y 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 26 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33 y 44 de la Ley de Planeación; 9 de la Ley General de Salud; 1o. de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1o. de la Ley de Obras y Servicios Relacionados con las Mismas; 74 y 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 174 y 175 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, los Lineamientos para informar sobre el ejercicio, destino y resultados obtenidos con recursos presupuestarios federales transferidos a las entidades federativas, a los municipios y a las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 27 de abril de 2007, así como en los artículos 55 y 96 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Yucatán, y los artículos 3, 11, 27, 28 fracción IV, 31, 32, 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública y demás disposiciones legales aplicables, las partes celebran el presente Convenio al tenor de las siguientes:

CLAUSULAS

PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio y los anexos que forman parte del mismo, tienen por objeto transferir recursos presupuestarios federales a LA ENTIDAD FEDERATIVA para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 de la Ley General de Salud, que permitan a LA ENTIDAD FEDERATIVA fortalecer su infraestructura de servicios de salud, en...

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