Convenio de Coordinación en materia de transferencia de recursos, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Sonora   

Fecha de disposición03 Marzo 2008
Fecha de publicación03 Marzo 2008
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónTERCERA. Poder Ejecutivo

CONVENIO de Coordinación en materia de transferencia de recursos, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Sonora.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.

CONVENIO DE COORDINACION EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA "LA SECRETARIA", REPRESENTADA POR SU TITULAR EL C. DR. JOSE ANGEL CORDOVA VILLALOBOS, CON LA PARTICIPACION DE LA SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS, LIC. MA. EUGENIA DE LEON-MAY, Y DEL DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA FISICA, (DGDIF), ING. ARTURO PEREZ ESTRADA, Y POR LA OTRA, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE SONORA, AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA LA ENTIDAD FEDERATIVA, REPRESENTADO POR EL ING. EDUARDO BOURS CASTELO EN SU CARACTER DE GOBERNADOR DEL ESTADO, ASISTIDO POR EL ING. ROBERTO RUIBAL ASTIAZARAN, SECRETARIO DE GOBIERNO; EL C.P. ERNESTO VARGAS GAYTAN, SECRETARIO DE HACIENDA; EL DR. RAYMUNDO LOPEZ VUCOVICH, SECRETARIO DE SALUD PUBLICA Y PRESIDENTE EJECUTIVO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE SONORA Y EL C.P. GILBERTO INDA DURAN, SECRETARIO DE LA CONTRALORIA GENERAL, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

I. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias que con cargo a los presupuestos de las dependencias, se aprueben en el Presupuesto de Egresos, mismos que se otorgarán y ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables. Dichos subsidios deberán sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en ella se señalan.

II. Que LA SECRETARIA cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento.

DECLARACIONES

I. De LA SECRETARIA:

  1. Que es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal que cuenta con la competencia necesaria para celebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 26 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

  2. Que tiene entre otras facultades las de establecer y conducir la política nacional en materia de asistencia social, servicios médicos y salubridad general.

  3. Que su titular tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en los artículos 6o. y 7o. fracción XXII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y acredita su cargo mediante nombramiento de fecha 1 de diciembre de 2006, expedido por el Lic. Felipe Calderón Hinojosa, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

  4. Que la Subsecretaria de Administración y Finanzas cuenta con la competencia y legitimidad para intervenir en el presente instrumento con fundamento en el artículo 8 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y acredita su cargo mediante nombramiento de fecha 1 de diciembre de 2006, expedido por el Dr. José Angel Córdova Villalobos, Secretario de Salud.

  5. Que dentro de las funciones de la Dirección General de Desarrollo de la Infraestructura Física (DGDIF), se encuentran las de asesorar y apoyar técnica y normativamente, a los órganos desconcentrados y a los servicios estatales de salud e Institutos Nacionales de Salud en la elaboración de proyectos, ejecución de trabajos relacionados con obras, conservación y mantenimiento, en coordinación con la Dirección General de Calidad y Educación en Salud, cuando se trate de unidades de atención médica; coordinar y vincular las acciones de obras y conservación con unidades del sector salud, a nivel federal y estatal, a fin de unificar criterios normativos en el desarrollo de la infraestructura física en salud; de conformidad con lo establecido en el artículo 22 fracciones X y XI del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.

  6. Que para efectos del presente Convenio señala como domicilio el ubicado en la calle de Lieja número 7, 1er. piso, colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06696, en México, Distrito Federal.

    II. Declara LA ENTIDAD FEDERATIVA”:

  7. Que en términos de los artículos 40, 43 y 116 fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 21 de la Constitución Política del Estado de Sonora, es un Estado Libre y Soberano integrante de la Federación.

  8. Que concurre a la celebración del presente Convenio, a través del Gobernador de LA ENTIDAD FEDERATIVA, quien cuenta con competencia y legitimidad para ello en términos de lo establecido en los artículos 68, 79 fracción XVI y 82 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora, artículos 1, 2, 3, 9, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora; 35, 36 y 37 de la Ley de Planeación del Estado de Sonora; y demás disposiciones aplicables.

  9. Que los Secretarios de Gobierno, de Hacienda, de Salud Pública y Presidente Ejecutivo de los Servicios de Salud de Sonora y el Secretario de la Contraloría General, asisten a la suscripción del presente Convenio, de conformidad con los artículos 1, 3, 11, 12, 15, 23 inciso A fracción II, 24 inciso A fracción X, e inciso B fracción V, 26 inciso A fracción II, 28 inciso A fracción III, y 38 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora; artículos 6, fracción II y 9 fracción I de la Ley que Crea los Servicios de Salud de Sonora y demás disposiciones aplicables.

  10. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado en Comonfort y Paseo del Canal, Edificio Sonora, ala Norte del Centro de Gobierno de Hermosillo, Sonora, México.

    En virtud de lo anterior, y con fundamento en los artículos 26 y 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 26 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33 y 44 de la Ley de Planeación; 9 de la Ley General de Salud; 1o. de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1o. de la Ley de Obras y Servicios Relacionados con las Mismas; 74 y 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 174 y 175 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, los Lineamientos para informar sobre el ejercicio, destino y resultados obtenidos con recursos presupuestarios federales transferidos a las entidades federativas, a los municipios y a las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 27 de abril de 2007, así como en los 21, 68, 79 fracción XVI y 82 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora; artículos 1, 2, 3, 9, 11, 12, 15, 23 inciso A fracción II, 24 inciso A fracción X , e inciso B fracción V, 26 inciso A fracción II, 28 inciso A fracción III, y 38 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora; 35, 36 y 37 de la Ley de Planeación del Estado de Sonora; artículos 6, fracción II y 9 fracción I de la Ley que Crea los Servicios de Salud de Sonora y demás disposiciones legales aplicables, las partes celebran el presente Convenio al tenor de las siguientes:

    CLAUSULAS

    PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio y los anexos que forman parte del mismo, tienen por objeto transferir recursos presupuestarios federales a LA ENTIDAD FEDERATIVA para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 de la Ley General de Salud, que permitan a LA ENTIDAD FEDERATIVA fortalecer su infraestructura de servicios de salud, en particular para el desarrollo de la Infraestructura, equipamiento y puesta en operación de tres Unidades de Especialidades Médicas UNEMES en su modalidad de Centro de Atención Primaria en Adicciones (CAPA), en el Municipio de Hermosillo, y dos de Sobrepeso, Riesgo Cardiovascular y Diabetes Mellitus...

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