Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos, que celebran la Secretaría de Turismo y el Gobierno del Distrito Federal   

Fecha de disposición10 Agosto 2007
Fecha de publicación10 Agosto 2007
EmisorSECRETARIA DE TURISMO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CONVENIO de Coordinación en materia de reasignación de recursos, que celebran la Secretaría de Turismo y el Gobierno del Distrito Federal.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Turismo.

CONVENIO DE COORDINACION EN MATERIA DE REASIGNACION DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE TURISMO, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA SECTUR, REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL LIC. RODOLFO ELIZONDO TORRES, CON LA INTERVENCION CONJUNTA DEL SUBSECRETARIO DE OPERACION TURISTICA, EL LIC. FRANCISCO MADRID FLORES, Y DEL DIRECTOR GENERAL DE PROGRAMAS REGIONALES, EL LIC. JUAN CARLOS ARNAU AVILA, Y POR LA OTRA PARTE EL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA EL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, REPRESENTADO POR EL LIC. MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, EN SU CARACTER DE JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, LIC. JOSE ANGEL AVILA PEREZ, EL SECRETARIO DE FINANZAS, LIC. MARIO M. DELGADO CARRILLO, LA SECRETARIA DE TURISMO, LIC. MARIA ALEJANDRA BARRALES MAGDALENO, Y LA CONTRALORA GENERAL, DRA. BEATRIZ CASTELAN GARCIA, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

I. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en el artículo 83, segundo párrafo, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que requieran suscribir convenios de reasignación, deberán apegarse al modelo de convenio emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como obtener la autorización presupuestaria de la SHCP.

II. El presente convenio está sujeto y quedará condicionado al dictamen de suficiencia presupuestaria que emita la Dirección General de Programación y Presupuesto Sectorial B de la SHCP, en lo sucesivo DGPyP B, para que SECTUR reasigne recursos al GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL con cargo a su presupuesto autorizado, por lo que en su oportunidad se anexará una fotocopia del oficio correspondiente para que forme parte integrante de este convenio.

DECLARACIONES

  1. De la SECTUR:

    1. Que es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal que cuenta con la competencia necesaria para celebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 26 y 42 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    2. Que en el ámbito de su competencia le corresponde formular y conducir la política de desarrollo de la actividad turística nacional; determinar los mecanismos necesarios para la creación, conservación, mejoramiento, protección, promoción y aprovechamiento de los recursos y atractivos turísticos nacionales, preservando el equilibrio ecológico y social de los lugares de que se trate; así como fortalecer el patrimonio histórico y cultural de cada región del país.

    3. Que el Secretario de Turismo, Rodolfo Elizondo Torres cuenta con las facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en el artículo 5, fracciones XVI y XVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo.

    4. Que el C. Subsecretario de Operación Turística, Francisco Madrid Flores, cuenta con las facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en los artículos 6, fracciones VI, VIII y X, y 7, fracciones I, IV y VI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo.

    5. Que el C. Director General de Programas Regionales, Juan Carlos Arnáu Avila, cuenta con las facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en los artículos 12, fracción X, y 16, fracciones III, IV y V, del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo.

    6. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado en Av. Presidente Masaryk número 172, colonia Chapultepec Morales, Delegación Miguel Hidalgo, código postal 11587, México, D.F.

  2. Del GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL:

    1. Es una Entidad Federativa con personalidad jurídica y patrimonio propio, sede de los Poderes de la Unión y Capital de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 44 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2 y 11 fracción I del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y 8 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.

    2. Concurre a la celebración del presente Convenio a través del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, Lic. Marcelo Luis Ebrard Casaubón, quien se encuentra facultado para ello en términos de lo establecido en los artículos 122 párrafo cuarto, apartado C Base Segunda de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8o. fracción II, 52 y 67 fracción XXV del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; y 5o. y 12 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, y demás disposiciones locales aplicables.

    3. Entre sus dependencias se encuentran: A) la Secretaría de Gobierno, representada por el Lic. José Angel Avila Pérez, a quien corresponde conducir las relaciones del Jefe de Gobierno con los Poderes de la Unión e impulsar la formulación de convenios en los que se concerte la voluntad política de los Gobiernos del Distrito Federal que inciden en la Zona Metropolitana; B) La Secretaría de Finanzas, representada por el Lic. Mario M. Delgado Carrillo, a quien corresponde el despacho de las materias relativas a la programación, presupuestación y evaluación del gasto público del Distrito Federal; C) La Secretaría de Turismo, representada por la Lic. María Alejandra Barrales Magdaleno, a quien corresponde el despacho de las materias relativas al desarrollo y regulación de la actividad económica en el sector turismo en el ámbito del Distrito Federal; y D) La Contraloría General, representada por la Dra. Beatriz Castelán García, a quien corresponde el despacho de las materias relativas al control y evaluación de la gestión pública de la Administración Pública del Distrito Federal; de conformidad con lo dispuesto por los artículos 2o. párrafo segundo, 15 fracciones I, VIII, XI y XV, 16 fracción IV, 23, 30, 32 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.

    4. Comparecen a la suscripción del presente los CC. Lic. José Angel Avila Pérez, Lic. Mario M. Delgado Carrillo, Lic. María Alejandra Barrales Magdaleno y Dra. Beatriz Castelán García, en su calidad de Secretarios de Gobierno, de Finanzas, de Turismo y Contralora General, respectivamente; quienes en el ámbito de sus respectivas competencias han determinado la viabilidad jurídica, técnica y financiera de los compromisos que asume el Gobierno del Distrito Federal en el presente Convenio de Coordinación.

    5. La Secretaría de Turismo será la dependencia encargada de dar seguimiento al cumplimiento de los compromisos que en este instrumento asume el Gobierno del Distrito Federal.

    6. La titular de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, mediante oficio número CJSL/604/2007 sancionó el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 35 fracción XXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.

    7. El titular de la Secretaría de Gobierno, por oficio número SG/04020/07 emite su opinión favorable en cuanto a las acciones de concertación entre el Gobierno Federal y el Gobierno del Distrito Federal para llevar a cabo el objeto del presente instrumento legal.

    8. Que sus prioridades para alcanzar los...

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