Convenio marco de coordinación que celebran, el Poder Judicial del Estado de México, representado por el Doctor en Derecho Ricardo Alfredo Sodi Cuellar, Magistrado Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado de México; asistido por el Doctor en Derecho Enrique Victor Manuel Vega Gómez, Magistrado integrante del Consejo de la Judicatura; y la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos, representada por su Titular el Doctor Rodrigo Espeleta Aladro, asistido por el Maestro Arturo Ivan Barrera Pineda, Subsecretario de Justicia.

Jueves 24 de noviembre de 2022 Sección Primera Tomo: CCXIV No. 97
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Al margen logotipo, con una leyenda que dice: Poder Judicial del Estado de México y Escudo del Estado de México.
CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL PODER JUDICIAL DEL
ESTADO DE MÉXICO, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL DOCTOR EN DERECHO RICARDO ALFREDO
SODI CUELLAR, MAGISTRADO PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Y DEL CONSEJO DE
LA JUDICATURA DEL ESTADO DE MÉXICO; ASISTIDO POR EL DOCTOR EN DERECHO ENRIQUE VICTOR
MANUEL VEGA GÓMEZ, MAGISTRADO INTEGRANTE DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA; EN LO SUCESIVO
“EL PODER JUDICIAL” Y POR LA OTRA PARTE, LA SECRETARÍA DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS,
REPRESENTADA POR SU TITULAR EL MAESTRO EN CIENCIAS JURÍDICAS RODRIGO ESPELETA ALADRO,
ASISTIDO EN ESTE ACTO POR EL MAESTRO ARTURO IVÁN BARRERA PINEDA, SUBSECRETARIO DE
JUSTICIA; EN ADELANTE “LA SECRETARÍA” Y CUANDO ACTÚEN DE FORMA CONJUNTA, SE LES
DENOMINARÁ COMO “LAS PARTES” AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S:
De “EL PODER JUDICIAL”:
I.1 Es uno de los poderes públicos del Estado de México encargado de interpretar y aplicar las leyes en los
asuntos del orden civil, familiar, penal, de justicia para adolescentes, laboral, y de las demás materias del fuero
común y del orden federal, en los casos en que expresamente los ordenamientos legales le confieran
jurisdicción, de conformidad con los artículos 34, 88, primer párrafo, inciso a) de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de México; así como 1 y 2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de
México.
I.2 La administración, vigilancia y disciplina corresponde al Consejo de la Judicatura, en términos de los artículos
106 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, y 52 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial del Estado de México.
I.3 El Pleno del Tribunal Superior de Justicia eligió al Magistrado Doctor en Derecho Ricardo Alfredo Sodi Cuellar,
Presidente del mismo y del Consejo de la Judicatura del Estado de México, el siete de enero de dos mil veinte,
en acatamiento al artículo 40 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México.
I.4 El Magistrado Doctor en Derecho Ricardo Alfredo Sodi Cuellar, en su carácter de Presidente del Tribunal
Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado de México, cuenta con facultades para suscribir
el presente Convenio, de conformidad con los artículos 107, primer párrafo, fracción I de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de México; 42, fracciones XII y XIV, 53, fracción I y 64, fracción IV , de la
Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México.
I.5 Para todos los efectos legales relacionados con el presente Convenio, señala como su domicilio el ubicado en
calle Nicolás Bravo Norte, número 201, colonia Centro, código postal 50000, Toluca de Lerdo, Estado de
México.
De “LA SECRETARÍA”:
II.1 Es la Dependencia encargada de diseñar y coordinar la política jurídica y de acceso a la justicia del Poder
Ejecutivo, de planear, programar, dirigir, resolver, controlar y evaluar las funciones del Registro Civil, Mejora
Regulatoria, del Notariado, las relativas a la demarcación y conservación de los límites del Estado y sus
municipios, en coordinación con las autoridades competentes, de la función registral, legalizaciones y
apostillamiento, del Instituto de la Defensoría Pública, administración de la publicación del Periódico Oficial
"Gaceta del Gobierno", las relativas al recono cimiento, promoción, atención y defensa de los derechos
humanos desde el Poder Ejecutivo, de proporcionar información de los ordenamientos legales, coordinarse con
los responsables de las unidades de asuntos jurídicos de cada Dependencia de la Administración Pública
Estatal, en materia jurídica de las dependencias, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 78, de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 1, 2, 3, 6, 19, fracción XVIII, y 38 Ter, párrafo
primero, fracciones XV y XLVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, 1 y 2 del
Reglamento Interior de la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos.

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