Convenio Marco de Concertación de Acciones que celebran la Secretaría de Gobernación y la Asociación Nacional del Notariado Mexicano Asociación Civil

Fecha de disposición12 Diciembre 2006
Fecha de publicación12 Diciembre 2006
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CONVENIO Marco de Concertación de Acciones que celebran la Secretaría de Gobernación y la Asociación Nacional del Notariado Mexicano Asociación Civil.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.

CONVENIO MARCO DE CONCERTACION DE ACCIONES QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL GOBIERNO FEDERAL, A TRAVES DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “LA SECRETARIA, REPRESENTADA POR SU TITULAR EL C. LIC. CARLOS MARIA ABASCAL CARRANZA, ASISTIDO POR EL SUBSECRETARIO DE ASUNTOS JURIDICOS Y DERECHOS HUMANOS, C. LIC. PABLO MUÑOZ Y ROJAS Y EL DIRECTOR GENERAL DE COMPILACION Y CONSULTA DEL ORDEN JURIDICO NACIONAL, C. DR. EDUARDO CASTELLANOS HERNANDEZ Y POR OTRA PARTE LA ASOCIACION NACIONAL DEL NOTARIADO MEXICANO ASOCIACION CIVIL, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA ASOCIACION", REPRESENTADA POR SU PRESIDENTE, EL LIC. DAVID FIGUEROA MARQUEZ, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE ORGANIZACION, LIC. CARLOS ALEJANDRO DURAN LOERA, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

DECLARACIONES

DE LA SECRETARIA:

1.1.- Es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 2, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal;

1.2.- En cumplimiento del artículo 20 de la Ley de Planeación, el Ejecutivo Federal promoverá la participación de las organizaciones sociales e instituciones académicas, profesionales y de investigación en el ámbito del Sistema Nacional de Planeación Democrática;

1.3.- Conforme al artículo 27 fracción XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal tiene la facultad de contribuir en lo que corresponda al Ejecutivo de la Unión, a dar sustento a la Unidad Nacional, a preservar la cohesión social y a fortalecer las instituciones de gobierno y según la fracción XVII, fomentar el desarrollo político, contribuir al fortalecimiento de las instituciones democráticas; promover la activa participación ciudadana y favorecer las condiciones que permitan la construcción de acuerdos políticos y consensos sociales para que, en los términos de la Constitución y de las leyes, se mantengan las condiciones de gobernabilidad democrática;

1.4. Que el artículo 5o. fracción XXXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, faculta a su titular a suscribir acuerdos y convenios de coordinación con carácter no delegable que le confieren otras disposiciones legales y reglamentarias;

1.5. Que el artículo 22 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación en su fracción III establece la atribución de la Dirección General de Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional en el sentido de Sistematizar la información de naturaleza jurídica que envíen las entidades federativas en el marco de los acuerdos de coordinación respectivos y en los términos de la normatividad aplicable; y, en su fracción XI, la de Administrar y dirigir la base de datos relativa al registro nacional de avisos de testamento de conformidad con los convenios y demás disposiciones jurídicas aplicables;

1.6. El Subsecretario de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos y el Director General de Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional, cuentan con atribuciones para participar en los términos del presente instrumento, de conformidad con los artículos 6 fracciones IX y XII, 9 fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación;

1.7. Tiene interés en llevar a cabo el objeto del presente Convenio de Colaboración Interinstitucional;

1.8. Cuenta con los elementos necesarios para cumplir con el objeto del presente instrumento, y

1.9. Señala como domicilio para todos los efectos legales del presente Convenio, el ubicado en Bucareli número 99, colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06600, México, Distrito Federal.

De LA ASOCIACION

2.1 Por escritura número 42,907, de fecha 19 de noviembre de 1955, otorgada en la Notaría No. 17 del Distrito Federal, ante su entonces titular el señor licenciado Miguel Angel Gómez Yánez, cuyo primer testimonio quedó inscrito en el Registro Público de la Propiedad de esta ciudad, bajo la partida número 110, a fojas 261, libro 11 de Sociedad y Asociaciones Civiles, Sección Cuarta, se constituyó la ASOCIACION NACIONAL DEL NOTARIADO MEXICANO, A.C.;

2.2 Que dentro de su objeto social y de conformidad con la...

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