Convenio marco de coordinación y colaboración en materia de protección civil, para la operación y actualización del instrumento denominado Atlas de Riesgos, que celebran por una parte el Estado de Querétaro y por la otra el Municipio de Querétaro.

3 de octubre de 2014 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 11809
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE GOBIERNO
UNIDAD ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL QUERÉTARO
CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN Y COLABORACIÓN EN MATERIA DE PROTECCIÓN CIVIL,
PARA LA OPERACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL INSTRUMENTO DENOMINADO ATLAS DE RIESGOS,
QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL ESTADO DE QUERÉTARO, A QUIEN EN LO S UCESIVO SE
DENOMINARÁ “EL ESTADO”, REPRESENTADO POR EL LIC. JORGE LÓPEZ PORT ILLO TOSTADO,
SECRETARIO DE GOBIERNO, CON LA PARTICIPACIÓN DEL C. JOSÉ GERARDO QUIRARTE PEREZ,
DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL DEL ESTADO; Y POR OTRA
PARTE EL MUNICIPIO DE QUERÉTARO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL
MUNICIPIO”, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL LIC. ROBERTO LOYOLA VERA, PRESIDENTE
MUNICIPAL, EL LIC. SÓCRATES ALEJANDRO VALDEZ ROSALES, SÍNDICO MUNICIPAL, CON LA
PARTICIPACIÓN DEL LIC. MAURICIO ORTIZ PROAL, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO Y EL DR.
AMADEO LUGO PÉREZ, DIRECTOR DE LA UNIDAD MUNICIPAL DE PROTECCIÓN CIVIL, A QUIENES EN
SU CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES
ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
A N T E C E D E N T E S
PRIMERO. El Plan Querétaro 2009-2015, en su eje de desarrollo Seguridad y Estado de Derecho, establece en
materia de Protección Civil, la necesidad de generación y aprovechamiento de información confiable y
oportuna a fin de prevenir y reducir daños causados por los diversos elementos que componen los
Fenómenos Perturbadores.
SEGUNDO. Con base en lo anterior “EL ESTADO”, desea celebrar con los municipios que lo conforman, un
Convenio Marco de Coordinación y Colaboración en materia de Protección Civil mediante el cual se genere,
comparta y transmita información georeferenciada que sirva de base para crear los Atlas Municipales de Riesgo
y enriquecer el Atlas Estatal, así como de establecer las reglas que normen la co ordinación efectiva entre “EL
ESTADO” y “EL MUNICIPIO”, en el marco de la cooperación interinstitucional y de sus respectivas
atribuciones constitucionales.
TERCERO. Es objetivo del Sistema Nacional de Protección Civil, proteger a las personas y a la sociedad ante la
eventualidad de un desastre, provocado por agentes naturales o antropogénicos, a través de acciones que
reduzcan o eliminen la pérdida de vidas, la afectación de la planta productiva, la destrucción de bienes
materiales y el daño a la naturaleza, así como la interrupción de las funciones esenciales de la sociedad.
CUARTO. La Ley General de Protección Civil en su artículo 22 establece que las políticas, lineamientos y
acciones de coordinación entre la federación, las entidades federativas, los municipios y las delegaciones, se
llevarán a cabo mediante la suscripción de convenios de coordinación, en los términos de la normatividad
aplicable, o con base en los acuerdos y resoluciones que se tomen en el Consejo Nacional y en las demás
instancias de coordinación, con pleno respeto de la autonomía de las entidades federativas y de los municipios.
QUINTO. Por lo que la Ley mencionada en el párrafo que antecede en su Artículo 19, párrafo segundo y
tercero de la fracción XXII establece que: El Atlas de Riesgo se integra con la información a nivel nacional,
estatal, del Distrito Federal, municipal y delegacional. Consta de bases de datos, sistemas de información
geográfica y herramientas para el análisis y la simulación de escenarios, así como la estimación de pérdidas por
desastres. Por la naturaleza dinámica del riesgo, deberá mantenerse como un instrumento de actualización
permanente. Y que los atlas de riesgo constituyen el marco de referencia para la elaboración de políticas y
programas en todas las etapas de la Gestión Integral del Riesgo;
SEXTO. La Ley de Protección Civil del Estado de Querétaro en su artículo 18 fracción VII, establece que la
elaboración y resguardo del Atlas Estatal de Riesgos y su actualización permanente; así mismo en el art ículo

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