Convenio específico para el fortalecimiento de acciones de salud pública en las entidades federativas que celebran por una parte el Ejecutivo Federal y por la otra el Ejecutivo del Estado de Querétaro.

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b) “Construcción de taller de Reparación y Servicio de Motores a Gasolina, en el ICATEQ, San Juan del Río, Qro.”, en Sa n
Juan del Río, Qro., con recursos del Fondo PIEMS 2009, ejecutada a través del contrato de obra pública a precios unitarios
y tiempo determinado CAP-COPLP-057-2009, celebrado con el Ing. José Luis Sánchez Delg ado, toda vez que se detectaron
deficiencias en la calidad en los trabajos ejecutados, ya que en la estimación 5 se pagaron 248.08 m2 del concepto de clave
ATIP.43 “Firme de concreto F’c=250 kg/cm2 agregado máximo de 3/4” de 12 cm de espesor armado con varilla del No. 3 @
30 cm en ambos sentidos…” de precio unitario $259.62 (Doscientos cincuenta y nueve pesos 62/100 M.N.), observando que
el firme se encuentra fisurado en toda la superficie, aunado a que no se localizaron las pruebas de laboratorio respectivas,
por lo que no se pudo constatar que se cumpliera con las especificaciones contratadas y pagadas.
b) RECOMENDACIONES
1. Derivado de la revisión a la cuenta de Anticipo a Proveedores, se detectaron importes registrados en la cuenta contable
135-05-00-01-000 denominada “anticipo a contratistas” por la cantidad de $1,380,017.52 (Un millón trescientos oc henta mil
diecisiete pesos 52/100 M.N.), que durante el periodo de revisión no tuvieron movimientos y qu e el anexo 2.4 de su cuenta
pública indica que se originaron en el ejercicio 2001; por lo anterior se recomienda a la entidad fiscalizada realizar un
análisis y proceder a realizar lo necesario para la depuración de estas cuentas.
2. Derivado de la revisión selectiva al rubro de cuotas por pagar, se detectó que la fiscalizada realizó el entero de las
retenciones por supervisión de obra fuera del plazo señalado en el oficio No. SC/DERI/073/05 del 6 de diciembre de 200 5,
expedido por la Dirección de Auditoría de la Secretaría de la Contraloría; por lo que se recomienda a la fiscalizada en lo
subsecuente vigilar el correcto cumplimiento del entero de las retenciones y/o cuotas por pagar en tiempo, conforme la
normatividad en la materia.
3. Se recomienda a la entidad fiscalizada, específicamente al Presidente de la Junta de Gobierno, que realice la invitación a
un representante del sector organizado de la industria de la construcción en el Estado, para que forme parte de dicho
órgano colegiado.
4. Derivado de la revisión a la documentación pres entada por la Entidad fiscalizada correspondiente a la obra 2009-03017
“Construcción de un Aula Didáctica y Taller de Cómputo en la Secundaria General de Nueva Creación, en el Fracc. Villas de
Santiago, Qro.”, en Querétaro, Qro., con recursos del Fondo FAM Básico, ejecutada a través del contrato de o bra pública a
precios unitarios y tiempo determinado CAP-COPIR-013-2010, celebrado con el Arq. Juan Carlos Castañón Corona, se
detectó que en el taller de cómputo la instalación eléctrica, específicamente los contactos de piso y las salidas para Internet
en piso han sido destruidas, no tienen tapas ni cableado; por lo que se recomienda a la entidad fiscalizada, realizar las
acciones que correspondan y estén a su alcance para instruir a que la unidad administrativa correspondiente, la mantenga
en niveles adecuados de operación y funcionamiento.
5. Derivado de la revisión a la documentación pres entada por la Entidad fiscalizada correspondiente a la obra 2009-02025
“Construcción de Gimnasio Auditorio en la Secundaria General "Mahatma Gandhi", en la Col. Indeco, en San Juan del Río”,
en San Juan del Río, Qro., con recursos del Fondo FAM Básico, ejecutada a través del contrato de obra pública a precios
unitarios y tiempo determinado CAP-COPIR-048-2009, celebrado con la empresa Constructora NOVAL S.A. d e C.V., se
detectó que en la fachada principal, se está desprendiendo la pintura, visualizando un deficiente mantenimiento del edificio;
por lo que se recomienda a la entidad fiscalizada, realizar las acciones que correspondan y estén a su alcance para instruir
a que la unidad administrativa correspondiente, la mantenga en niveles adecuados de operación y funcionamiento
VI. Instrucción
En cumplimiento a lo señalado en el artículo 97 de la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro,
esta Entidad Superior de Fiscalización instruye a la Entidad Fiscalizada a efecto de que inicie los procesos administrativos
cuando procedan en los términos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Querétaro, y así
mismo, se lleven a cabo las correcciones en las irregularidades detectadas, con motivo de las observaciones p lasmadas en
el presente Informe.
Con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 44 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado d e Querétaro,
se instruye a la Entidad Fiscalizada, a que dentro de un plazo improrrogable de 45 días hábiles contados a p artir de la
notificación del presente, informe por escrito a esta Entidad Superior de Fiscalización del Estado referen te al seguimiento de
las acciones implementadas con motivo de las observaciones plasmadas en el presente, y en su caso, el fincamiento de
responsabilidad a que han sido merecedores los involucrados.
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VII. Conclusión
Por lo anteriormente expuesto y fundado, podemos concluir que la Situación Fi nanciera de la Entidad denominada Instituto
de Infraestructura Física Educativa del Estado de Querétaro (IIFEQ), correspondiente al período comprendido d el 01 de
julio al 31 de diciembre de 2010, se encuentra razonablemente correcta, en apego a las disposiciones legales aplicables, a
los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental y a las bases de registro de la Entidad, con excepción de las
observaciones que han quedado precisadas en el cuerpo del presente.
El presente Informe contiene el resultado de la fiscalización de la Entidad denominada Instituto de Infraestructura Física
Educativa del Estado de Querétaro (IIFEQ), respecto al periodo comprendido del 01 de julio al 31 de diciembre de 2010,
por la Entidad Superior de Fiscalización del Estado, cuyo contenido es responsabilidad de la misma.
ATENTAMENTE.
C.P.C. RAFAEL CASTILLO VANDENPEEREBOOM
AUDITOR SUPERIOR DEL ESTADO
Rúbrica
C E R T I F I C A C I Ó N
El Diputado Juan José Jiménez Yáñez, Primer Secretario de la Mesa Directiva de la LVI Legislatura del Estado de
Querétaro, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 131 fracción IV y 133 primer párrafo de la Ley Orgánica del
Poder Legislativo del Estado de Querétaro. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - C E R T I F I C A - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Que las presentes copias fotostáticas concuerdan fiel y exactamente con las originales de las que son deducidas, mismas
que obran en los archivos de esta Legislatura del Estado de Querétaro y que van en treinta y cuatro (34) fo jas útiles,
sirviendo para los efectos legales a que haya lugar. Es dada en la Ciudad de Santiago de Quer étaro, Qro., a los veintidós
días del mes de febrero del año dos mil doce.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
QUINCUAGÉSIMA SEXTA LEGISLATURA
DEL ESTADO DE QUERÉTARO.
MESA DIRECTIVA
DIP. JUAN JOSÉ JIMÉNEZ YÁÑEZ
PRIMER SECRETARIO
Rúbrica
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SECRETARÍA DE SALUD
CONVENIO ESPECIFICO PARA EL FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD PÚBLICA EN LAS
ENTIDADES FEDERATIVAS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR
CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ “LA
SECRETARÍA”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL DR. MAURICIO HERNÁNDEZ ÁVILA,
SUBSECRETARIO DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD, ASISTIDO POR EL DR. GUSTAVO
ADOLFO OLAIZ FERNÁNDEZ TITULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD; DR.
HUGO LÓPEZ-GATELL RAMÍREZ, DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE EPIDEMIOLOGÍA; DR. CARLOS
JOSÉ RODRÍGUEZ AJENJO, SECRETARIO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL CONTRA LAS
ADICCIONES; T.R. VIRGINIA GONZÁLEZ TORRES, SECRETARIA TÉCNICA DEL CONSEJO NACIONAL DE
SALUD MENTAL; ING. MYRIAM DE LOURDES ARABIAN COUTTOLENC, SECRETARIA TÉCNICA DEL
CONSEJO NACIONAL PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD; DR. ARTURO CERVANTES TREJO,
SECRETARIO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES; DRA.
PATRICIA ESTELA URIBE ZÚÑIGA, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE
GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA; DR. MIGUEL ÁNGEL LEZANA FERNÁNDEZ, DIRECTOR GENERAL
DEL CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES; DR. JOSÉ
ANTONIO IZAZOLA LICEA, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL
CONTROL DEL VIH/SIDA; Y DRA. VESTA LOUISE RICHARDSON LÓPEZ-COLLADA, DIRECTORA
GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA; Y POR LA
OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUERÉTARO, AL QUE EN LO
SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA ENTIDAD”, CON LA PARTICIPACION DEL DR. MARIO CESAR
GARCIA FEREGRINO EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD; EL DR. JESUS JAVIER
MAGALLANES CAMACHO, EN SU CARÁCTER DE COORDINADOR GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD
DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y EL LIC. JORGE LOPEZ PORTILLO TOSTADO, EN SU CARÁCTER DE
SECRETARIO DE PLANEACIÓN Y FINANZAS DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO, CONFORME A LOS
ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
A N T E C E D E N T E S
I. Con fecha 19 de enero de 2010, “LA SECRETARÍA” y “LA ENTIDAD” celebraron el Acuerdo Marco de
Coordinación en materia de transferencia de recursos federales, en lo sucesivo “EL ACUERDO
MARCO”, con objeto de fijar las bases y mecanismos generales a fin de facilitar la concurrencia, en
términos del artículo 9 de la Ley General de Salud, en la prestación de servicios en materia de salubridad
general, con calidad y calidez, conforme a los objetivos y metas señalados en el Programa Sectorial de
Salud 2007-2012, los cuales serían transferidos, mediante el Convenio Específico correspondiente.
II. Que de conformidad con lo establecido en la Cláusula Segunda de “EL ACUERDO MARCO”, los
Convenios Específicos serían suscritos por el Secretario de Salud del Estado, el Coordinador General de
Servicios de Salud y el Secretario de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado por parte de
“LA ENTIDAD”, y por el Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud por sí mismo, o asistido
por los titulares de las unidades administrativas y órganos desconcentrados que tiene adscritos, por parte
de “LA SECRETARIA”.
III. El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 prevé como premisa básica para el desarrollo integral del país,
al desarrollo humano sustentable y orienta la actuación gubernamental en torno a cinco ejes principales:
(i) Estado de derecho y seguridad, (ii) Economía competitiva y generadora de empleos, (iii) Igualdad de
oportunidades, (iv) Sustentabilidad ambiental, y (v) Democracia efectiva y política exterior responsable.
IV. El Programa Sectorial de Salud 2007-2012 plantea cinco objetivos en la atención de los retos de la salud
que enfrenta el país, a los cuales se han asociado metas estratégicas, líneas de acción y actividades que
corresponden a las prioridades del sector salud para contribuir al logro de los objetivos del Plan Nacional
de Desarrollo, y destaca, en materia de salud pública, la Estrategia 2 destinada a Fortalecer e integrar las
acciones de promoción de la salud, y prevención y control de enfermedades, la cual se concreta en 31
Programas de Acción Específicos, en lo sucesivo “LOS PROGRAMAS”.

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