Convenio Específico para el fortalecimiento de acciones de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de México

Fecha de disposición05 Enero 2011
Fecha de publicación05 Enero 2011
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CONVENIO Específico para el fortalecimiento de acciones de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de México. CONVENIO ESPECIFICO PARA EL FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD PUBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA "LA SECRETARIA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL DR. MAURICIO HERNANDEZ AVILA, SUBSECRETARIO DE PREVENCION Y PROMOCION DE LA SALUD, ASISTIDO POR DR. CARLOS SANTOS BURGOA ZARNECKI, TITULAR DE LA DIRECCION GENERAL DE PROMOCION DE LA SALUD; DR. CARLOS JOSE RODRIGUEZ AJENJO, SECRETARIO TECNICO DEL CONSEJO NACIONAL CONTRA LAS ADICCIONES; T.R. VIRGINIA GONZALEZ TORRES, SECRETARIA TECNICA DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL; DR. JOSE JAVIER OSORIO SALCIDO, SECRETARIO TECNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD; DR. PABLO ANTONIO KURI MORALES, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA Y CONTROL DE ENFERMEDADES; DRA. VESTA LOUISE RICHARDSON LOPEZ-COLLADA, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA; DRA. PATRICIA ESTELA URIBE ZUÑIGA, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GENERO Y SALUD REPRODUCTIVA; DR. JORGE ALEJANDRO SAAVEDRA LOPEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCION Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA; Y DR. ARTURO CERVANTES TREJO, DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCION DE ACCIDENTES, Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MEXICO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA ENTIDAD", POR CONDUCTO DEL DR. LUIS VIDEGARAY CASO EN SU CARACTER DE SECRETARIO DE FINANZAS Y DRA. MARIA ELENA BARRERA TAPIA SECRETARIA DE SALUD Y DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE SALUD, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. Con fecha 29 de febrero de 2008, "LA SECRETARIA" y "LA ENTIDAD" celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación en materia de transferencia de recursos federales, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", con objeto de fijar las bases y mecanismos generales a fin de facilitar la concurrencia, en los términos del artículo 9 de la Ley General de Salud, en la prestación de servicios en materia de salubridad general, con calidad y calidez, conforme a los objetivos y metas señalados en el Programa Sectorial de Salud 2007-2012, los cuales serían transferidos, mediante el Convenio Específico correspondiente.

  2. Que de conformidad con lo establecido en la Cláusula Segunda de "EL ACUERDO MARCO", los Convenios Específicos serían suscritos por el Secretario de Finanzas y la Secretaria de Salud por parte de "LA ENTIDAD", y por el Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud por sí mismo, o asistido por los titulares de las unidades administrativas y órganos desconcentrados que tiene adscritos, por parte de "LA SECRETARIA".

  3. El Programa Sectorial de Salud 2007-2012 plantea cinco objetivos en la atención de los retos de la salud que enfrenta el país, a los cuales se han asociado metas estratégicas, líneas de acción y actividades que corresponden a las prioridades del sector salud para contribuir al logro de los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo, y destaca, en materia de salud pública, la Estrategia 2 destinada a Fortalecer e integrar las acciones de promoción de la salud, y prevención y control de enfermedades, la cual se concreta en 31 programas de acción nacionales, en lo sucesivo "LOS PROGRAMAS".

    DECLARACIONES

  4. DE "LA SECRETARIA":

    1. Que el Dr. Mauricio Hernández Avila, en su carácter de Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente Convenio Específico, según se desprende de lo previsto en el artículo 8, fracción XVI y 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a "EL ACUERDO MARCO".

    2. Que a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, entre otras atribuciones, le corresponde, proponer al Secretario de Salud, establecer, coordinar, dirigir, supervisar y evaluar las políticas y estrategias en materia de prevención y promoción de la salud y control de enfermedades, así como en materia de salud mental, discapacidad, accidentes y de las adicciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.

    3. Que la Dirección General de Promoción de la Salud, los secretariados técnicos de los Consejos Nacionales contra las Adicciones, del Consejo Nacional de Salud Mental y del Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad y el Centro Nacional para la Prevención de Accidentes son unidades

      administrativas dependientes de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, Literal B, fracción XII, XVII, XIX, XX, XXI, 28, 33, 35, 35 Bis 1 y 35 Bis 2 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; y que el Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva; el Centro Nacional de Vigilancia Epidemiológica y Control de Enfermedades, el Centro Nacional para la Prevención y Control del VIH/SIDA y el Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, son órganos desconcentrados de la Secretaría de Salud, de conformidad con lo establecido en los artículos 2, literal "C" fracción II, VII, VIII, IX, 36, 37, 38 40, 45, 46 y 47 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, adscritos administrativamente a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, cuyos titulares se encuentran plenamente facultados para suscribir el presente Convenio.

    4. Que cada una de las unidades administrativas y órganos desconcentrados adscritos a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud cuentan con la disponibilidad presupuestal correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento.

    5. Que para los efectos legales del presente Convenio Específico señala como domicilio el ubicado en la calle de Lieja número 7, colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06600, en la Ciudad de México, Distrito Federal.

    6. Que los titulares de las unidades administrativas y órganos desconcentrados adscritos a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud acreditan su cargo mediante el nombramiento respectivo, cuyas constancias en copia fotostática simple se agregan como Anexo 1 al presente instrumento para formar parte integrante de su contexto.

  5. DE "LA ENTIDAD":

    1. Que la Secretaría de Finanzas es una Dependencia del Poder Ejecutivo, de acuerdo a lo establecido en los artículos 78 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 3 y 19 fracción II de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, y su titular fue designado por el C. Gobernador Constitucional del Estado de México, Lic. Enrique Peña Nieto, según consta en el nombramiento expedido en fecha 16 de septiembre de 2005 y cuenta con facultades para suscribir el presente convenio, en términos de los artículos 17, 23 y 24 fracciones XXVII, XXXI y LV de la ley mencionada; 40, 42 y 43 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios y 78 de su Reglamento; 6 y 7 fracciones IV y XXXVII del Reglamento Interior de de la Secretaría de Finanzas y demás disposiciones aplicables.

    2. Que la Secretaría de Salud es una dependencia del Poder Ejecutivo conforme a lo dispuesto por los artículos 3 y 19 fracción III de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, y el Instituto de Salud del Estado de México, es un Organismo Público Descentralizado con personalidad jurídica y patrimonios propios en los términos del artículo 2.5 del Código Administrativo del Estado de México, y su Titular fue designada por el C. Gobernador Constitucional del Estado de México, Licenciado Enrique Peña Nieto, según consta en los nombramientos expedidos en fecha 16 de septiembre de 2005 y cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio Específico, en términos de los artículos 17, 25 y 26 fracciones X y XXIX de la Ley mencionada; 2.4 del Código Administrativo del Estado de México; 40, 42 y 43 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios y 78 de su Reglamento; 294 fracciones VIII y IX del Reglamento de Salud del Estado de México, así como de la cláusula segunda de "EL ACUERDO MARCO" y demás disposiciones aplicables.

    3. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son promover, coordinar y supervisar la política en materia de asistencia de social, apoyar los programas de servicios de salud, atención médica social, prevención de enfermedades y poner en vigor las medidas necesarias para luchar contra las enfermedades transmisibles, no transmisibles y otros daños a la salud, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.4 del Código Administrativo del Estado de México y en los artículos 1, 2, 9 y 13 de la Ley General de Salud.

    4. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado en avenida Independencia Oriente No. 1009, colonia Reforma y Ferrocarriles Nacionales, Toluca Estado de México, código postal 50070, R.F.C. ISE870331CR6, Toluca, Estado de México.

      Una vez expuesto lo anterior y toda vez que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias que con cargo a los presupuestos de las dependencias, se aprueben en el Presupuesto de Egresos, mismos que se otorgarán y ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables. Dichos subsidios y transferencias deberán sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad...

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