Convenio de Coordinación y Colaboración para la creación y funcionamiento de los Centros de Operación Estratégica, que celebran el Estado de Puebla y la Procuraduría General de la República

Fecha de disposición21 Enero 2011
Fecha de publicación21 Enero 2011
EmisorPROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Procuraduría General de la República. CONVENIO DE COORDINACION Y COLABORACION PARA LA CREACION Y FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE OPERACION ESTRATEGICA, EN LO SUCESIVO "COE", QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "EL ESTADO", REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR, EL LICENCIADO MARIO P. MARIN TORRES, ASISTIDO POR EL PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO, LICENCIADO RODOLFO IGOR ARCHUNDIA SIERRA, Y POR LA OTRA, LA PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA PROCURADURIA", REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL LICENCIADO ARTURO CHAVEZ CHAVEZ, ASISTIDO POR LA TITULAR DE LA DELEGACION EN EL ESTADO DE PUEBLA, LICENCIADA IMELDA CALVILLO TELLO; INSTITUCIONES A LAS CUALES, ACTUANDO EN FORMA CONJUNTA, SE LES DENOMINARA "LAS PARTES"; CONVENIO QUE SE CELEBRA AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES:

  1. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece, en su artículo 21, que la investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a las Policías, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquél en el ejercicio de esta función, labor que tiene como propósito primordial mantener el Estado de Derecho, y garantizar así el respeto de las garantías individuales de los gobernados.

    Asimismo, la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y Municipios, que comprende la prevención de los delitos, su investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que la Constitución señala.

  2. La Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública establece que las instancias, instrumentos, políticas, servicios y acciones previstas en la citada Ley, tienden al cumplimiento, entre otros objetivos, de una adecuada procuración y administración de justicia, mediante los mecanismos de coordinación establecidos, entre otras instancias, por la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia.

  3. El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 establece como estrategia, dentro del Eje 1, Estado de Derecho y Seguridad, Objetivo 5, Estrategia 5.1 fortalecer la coordinación y cooperación entre los tres órdenes de gobierno para combatir la delincuencia.

  4. El Programa Sectorial de Procuración de Justicia 2007-2012, derivado del Plan Nacional de Desarrollo mencionado en el punto anterior, define las políticas, objetivos, estrategias y líneas de acción, así como los mecanismos de evaluación y seguimiento de metas, mediante los cuales se fortalecerán los esquemas de coordinación y colaboración para la realización de acciones conjuntas de los tres órdenes de gobierno en el combate a la delincuencia común y organizada.

  5. El Plan Estatal de Desarrollo Para el Estado de Puebla 2005-2011, precisa como estrategia, dentro del Eje 1, Puebla, Estado de Derecho y Justicia, Objetivo 2, estrategia 2.1 "El establecimiento de procesos de coordinación interinstitucional".

  6. La Conferencia Nacional de Procuración de Justicia, en la XIV Sesión Ordinaria celebrada los días 2 y 3 de diciembre de 2003, en la Ciudad de Tampico, Tamaulipas, acordó la creación de las Unidades Mixtas de Atención al Narcomenudeo (UMAN), conformadas por autoridades de la Federación, Estados y Municipios y cuya instalación se sujetaría al índice de criminalidad que se registraba en cada región del país.

  7. Con fecha veintitrés de septiembre de 2004 se firmó un Convenio de Coordinación para la Creación y el Funcionamiento de las Unidades Mixtas de Atención al Narcomenudeo (UMAN), entre el Gobierno del Estado de Puebla, representado por el entonces Gobernador del Estado y la Procuraduría General de la República, cuyo objeto fue establecer las bases y lineamientos de coordinación para la colaboración técnica y operativa.

  8. Las Unidades Mixtas de Atención al Narcomenudeo (UMAN) permitieron, en las regiones del país en

    las que fueron instaladas, realizar investigaciones conjuntas entre autoridades de los tres órdenes de gobierno, lo que contribuyó sustancialmente a la...

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