Convenio de Colaboración administrativa para el establecimiento y operación de una oficina municipal de enlace, que suscriben la Secretaría de Relaciones Exteriores y el Ayuntamiento de Papantla de Olarte, Ver

Fecha de disposición09 Agosto 2006
Fecha de publicación09 Agosto 2006
EmisorSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CONVENIO de Colaboración administrativa para el establecimiento y operación de una oficina municipal de enlace, que suscriben la Secretaría de Relaciones Exteriores y el Ayuntamiento de Papantla de Olarte, Ver.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Relaciones Exteriores.

CONVENIO DE COLABORACION ADMINISTRATIVA PARA EL ESTABLECIMIENTO Y OPERACION DE UNA OFICINA DE ENLACE MUNICIPAL CON LA SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES QUE SUSCRIBE LA SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA LA SECRETARIA, REPRESENTADA POR EL DR. LUIS ERNESTO DERBEZ BAUTISTA EN SU CARACTER DE TITULAR DEL RAMO, ASISTIDO POR LA LIC. MONICA RUIZ HUERTA, OFICIAL MAYOR, Y POR EL ING. JESUS MARIO GARZA GUEVARA, DIRECTOR GENERAL DE DELEGACIONES, Y POR OTRA PARTE EL H. AYUNTAMIENTO DE PAPANTLA DE OLARTE, VERACRUZ, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA EL AYUNTAMIENTO, REPRESENTADO POR EL PRESIDENTE MUNICIPAL, C. MARTIN RIZO LOPEZ, EL SINDICO UNICO Y APODERADO LEGAL, DR. JORGE HUMBERTO ANIBAL GUZMAN F. ACOSTA, EL LIC. JOSE ANTONIO VICENCIO TOLEDO, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, Y EL TESORERO MUNICIPAL, LIC. Y C.P. JOSE CARLOS FERNANDEZ FERNANDEZ, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES CONSIDERANDOS, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:

CONSIDERANDO

Que una de las líneas prioritarias de la estrategia de modernización administrativa es el análisis, revisión, adecuación y congruencia permanentes entre funciones, facultades y estructuras con el fin de favorecer a la ciudadanía al acercar los servicios públicos a sus localidades;

Que con el objeto de procurar a los habitantes del Municipio la prestación adecuada, eficaz y expedita de los servicios que ofrece LA SECRETARIA, es conveniente desconcentrar algunas de sus funciones a fin de facilitar el acceso a los particulares a dichos servicios, a través de oficinas administrativas receptoras de documentos, entrega de pasaportes ordinarios y otros servicios, denominadas OFICINAS DE ENLACE ESTATALES Y MUNICIPALES;

Que en términos de lo dispuesto por el artículo 9 del Reglamento para la operación de oficinas estatales y municipales de enlace con la Secretaría de Relaciones Exteriores, con el objeto de dar inicio a la operación de una OFICINA DE ENLACE ESTATAL O MUNICIPAL es necesario suscribir el presente Convenio conforme a las siguientes:

DECLARACIONES

I. DECLARA EL REPRESENTANTE DE LA SECRETARIA QUE:

I.1. LA SECRETARIA es una Dependencia del Poder Ejecutivo Federal, que se rige por los artículos 26 y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

I.2. En su carácter de Secretario de Relaciones Exteriores, tiene las facultades suficientes y necesarias que le permiten celebrar el presente instrumento de conformidad con el artículo 7o. fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, en vigor.

I.3. El Reglamento de Pasaportes publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de enero de 2002, establece en su artículo 1o., que LA SECRETARIA es la dependencia facultada para la expedición de pasaportes mexicanos.

I.4. El artículo 9 del Reglamento de Pasaportes, establece que LA SECRETARIA expide pasaportes y podrá habilitar unidades móviles u oficina de enlace para su tramitación.

I.5. De conformidad con el artículo 36 fracción VI del Reglamento Interior de LA SECRETARIA, corresponde a la Dirección General de Delegaciones proponer la creación de nuevas oficinas de enlace, su desaparición o modificación.

I.6. El artículo 21 del Reglamento en cita, faculta a la Dirección General de Protección y Asuntos Consulares, a elaborar programas de protección y prestar el apoyo a las Delegaciones en el interior de la República en el manejo de casos de protección.

I.7. El artículo 34 del Reglamento Interior de LA SECRETARIA, establece que corresponde la Dirección General de Asuntos Jurídicos, expedir certificados de nacionalidad mexicana y declaratorias de nacionalidad mexicana por nacimiento, así como otorgar los permisos correspondientes para la constitución de sociedades mexicanas civiles o mercantiles y para reformar sus estatutos, por lo que se refiere al cambio de denominación o razón social.

I.8. El artículo 39 del Reglamento Interior en comento, establece las funciones que corresponde llevar a cabo a las Delegaciones de LA SECRETARIA.

I.9. Señala como su domicilio el ubicado en Ricardo Flores Magón número (2), Tlatelolco, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06995, México, D.F., el cual consigna para los fines y efectos legales del presente Convenio.

II. DECLARA EL REPRESENTANTE DE EL AYUNTAMIENTO QUE:

II.1. El Municipio de Papantla de Olarte, Veracruz de Ignacio de la Llave, es una entidad con personalidad jurídica y patrimonio propios, conforme al artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de los artículos 68 y 71 de la Constitución Política del Estado de...

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