Convenio Específico en materia de transferencia de recursos, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Puebla

Fecha de disposición07 Julio 2009
Fecha de publicación07 Julio 2009
MateriaDerecho Fiscal
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. CONVENIO ESPECIFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA "LA SECRETARIA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA LIC. LAURA MARTINEZ AMPUDIA, SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS, ASISTIDA POR EL ING. JESUS GUAJARDO BRIONES, DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA FISICA (DGDIF), Y POR LA OTRA PARTE EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA ENTIDAD", POR CONDUCTO DEL ING. GERARDO MARIA PEREZ SALAZAR, EN SU CARACTER DE SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMINISTRACION; EL DR. RAFAEL ANTONIO MARIN Y LOPEZ, EN SU CARACTER DE SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO "SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE PUEBLA"; Y EL ING. JOSE JAVIER GARCIA RAMIREZ, EN SU CARACTER DE SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y OBRAS PUBLICAS, QUIENES, CUANDO ACTUEN EN FORMA CONJUNTA, SE LES DENOMINARA "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. En febrero de 2008, "LA ENTIDAD" y "LA SECRETARIA" celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", con objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a "LA ENTIDAD" para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 de la Ley General de Salud.

  2. Que de conformidad con lo establecido en la Cláusula Segunda de "EL ACUERDO MARCO", los Convenios Específicos serían suscritos atendiendo al ámbito de competencia que cada uno de ellos determine por "LA ENTIDAD" el Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud del Estado; y por "LA SECRETARIA", la Subsecretaría de Administración y Finanzas, la Subsecretaría de Innovación y Calidad, la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgo Sanitarios, por sí mismas, o asistidas por las Unidades Administrativas y/o órganos desconcentrados que cada una tiene adscritas.

    DECLARACIONES

  3. De "LA SECRETARIA":

    1. Que la Lic. Laura Martínez Ampudia, en su carácter de Subsecretaria de Administración y Finanzas, cuenta con las facultades para suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en los artículos 8 fracción XVI y 11 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, cargo que se acredita con la copia del nombramiento que se adjunta al presente instrumento.

    2. Que dentro de las funciones de la Dirección General de Desarrollo de la Infraestructura Física (DGDIF), se encuentran las de asesorar y apoyar técnica y normativamente, a los órganos desconcentrados y a los servicios estatales de salud e Institutos Nacionales de Salud en la elaboración de proyectos, ejecución de trabajos relacionados con obras, conservación y mantenimiento, en coordinación con la Dirección General de Calidad y Educación en Salud, cuando se trate de unidades de atención médica; así como coordinar y vincular las acciones de obra y conservación con unidades del sector salud, a nivel federal y estatal, a fin de unificar criterios normativos en el desarrollo de la infraestructura física en salud; de conformidad con lo establecido en el artículo 22 fracciones X y XI del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.

    3. Que de conformidad con lo previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2009, cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente para hacer frente a los

      compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento.

    4. Que para efectos del presente convenio señala como domicilio el ubicado en la Calle de Lieja número 7, 1er piso, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06696, en México, Distrito Federal.

  4. Declara "LA ENTIDAD":

    1. Que en términos de los artículos 40, 42 y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, es un Estado Libre y Soberano integrante de la Federación.

    2. Que el Secretario de Finanzas y Administración, asiste a la suscripción del presente Convenio, de conformidad con los artículos 82 y 83 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, 15 fracción II y 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, 1, 6 y 8 del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Administración, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a "EL ACUERDO MARCO".

    3. Que el Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud del Estado de Puebla, asiste a la suscripción del presente Convenio, de conformidad con los artículos 82 y 83 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; artículos 15 fracción IX, 37, 41 y 50 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; 17 de la Ley de Entidades Paraestatales, 2, 4, 5, 8 y 15 del Decreto de creación del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud del Estado de Puebla y 1, 5 fracción II, 7, 8, 10 y 11 de su Reglamento Interior, cargo que se acredita con la copia del nombramiento que se adjunta al presente instrumento.

    4. Que el Secretario de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, asiste a la suscripción del presente Convenio de conformidad por lo dispuesto en los artículos 82 y 83 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; y los artículos 1, 7 y 8 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a "EL ACUERDO MARCO".

    5. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son la de implementar y fortalecer los servicios de atención médica, a través de acciones de Infraestructura Física en Salud para elevar la calidad en los servicios de salud, como son los siguientes:

      Sustitución del Hospital General de 45 Camas, en el Municipio de Izúcar de Matamoros

      Sustitución del Hospital General de 30 Camas, en el Municipio de Cuetzalan del Progreso

      Hospital de 60 Camas San Pedro Cholula, en el Municipio de Cholula

    6. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado en Calle 5 Poniente número 1322, código postal 72000, Puebla, Puebla.

  5. De "LAS PARTES":

    1. Que se reconocen la personalidad, así como la capacidad jurídica con que se ostentan para suscribir el presente instrumento y que en su formalización no media error, dolo, mala fe, ni cualquier otro vicio que afecte el consentimiento con el que suscriben.

    Una vez expuesto lo anterior y toda vez que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias que con cargo a los presupuestos de las dependencias, se aprueben en el Presupuesto de Egresos, mismos que se otorgarán y ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables. Dichos subsidios y transferencias deberán sujetarse a la normatividad federal aplicable y a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en ella se señalan, las partes celebran el presente Convenio al tenor de las siguientes:

    CLAUSULAS

    PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio Específico y los anexos que forman parte del mismo, tienen por objeto de transferir recursos presupuestales a "LA ENTIDAD" para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 de la Ley General de Salud, que permitan a "LA ENTIDAD" el desarrollo de la infraestructura en salud, a fin de fortalecer la oferta de servicios para el desarrollo de la Infraestructura y/o equipamiento de los siguientes proyectos: Sustitución del Hospital General de 45 Camas, en el Municipio de Izúcar de Matamoros; Sustitución del Hospital General de 30 Camas, en el Municipio de Cuetzalan del Progreso; Hospital de 60 Camas de San Pedro Cholula, en el Municipio de Cholula, en el Estado de Puebla, de conformidad con los Anexos Técnicos...

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