Convenio Específico en materia de transferencia de recursos, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Nuevo León

Fecha de disposición21 Abril 2009
Fecha de publicación21 Abril 2009
MateriaDerecho Fiscal
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. CONVENIO ESPECIFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA "LA SECRETARIA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA LIC. LAURA MARTINEZ AMPUDIA, SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS, ASISTIDA POR EL ING. JESUS GUAJARDO BRIONES, DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA FISICA (DGDIF), Y POR LA OTRA PARTE EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NUEVO LEON, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL LIC. RUBEN EDUARDO MARTINEZ DONDE, SECRETARIO DE FINANZAS Y TESORERO GENERAL DEL ESTADO Y EL DR. GILBERTO MONTIEL AMOROSO, DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD DE NUEVO LEON, ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. En febrero de 2008, "LA ENTIDAD" y "LA SECRETARIA" celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", con objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a "LA ENTIDAD" para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 de la Ley General de Salud.

  2. Que de conformidad con lo establecido en la Cláusula Segunda de "EL ACUERDO MARCO", los Convenios Específicos serían suscritos atendiendo al ámbito de competencia que cada uno de ellos determine por "LA ENTIDAD" el Secretario de Finanzas y Tesorero General del Estado y el Director General de Servicios de Salud de Nuevo León, Organismo Público Descentralizado; y por "LA SECRETARIA", la Subsecretaría de Administración y Finanzas, la Subsecretaría de Innovación y Calidad, la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgo Sanitarios, por si mismas, o asistidas por las Unidades Administrativas y/o órganos desconcentrados que cada una tiene adscritas.

    DECLARACIONES

  3. De "LA SECRETARIA":

    1. Que la Lic. Laura Martínez Ampudia, en su carácter de Subsecretaria de Administración y Finanzas, cuenta con las facultades para suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en los artículos 8 fracción XVI y 11 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, cargo que se acredita con la copia del nombramiento que se adjunta al presente instrumento.

    2. Que dentro de las funciones de la Dirección General de Desarrollo de la Infraestructura Física (DGDIF), se encuentran las de asesorar y apoyar técnica y normativamente, a los órganos desconcentrados y a los servicios estatales de salud e Institutos Nacionales de Salud en la elaboración de proyectos, ejecución de trabajos relacionados con obras, conservación y mantenimiento, en coordinación con la Dirección General de Calidad y Educación en Salud, cuando se trate de unidades de atención médica; así como coordinar y vincular las acciones de obra y conservación con unidades del sector salud, a nivel federal y estatal, a fin de unificar criterios normativos en el desarrollo de la infraestructura física en salud; de conformidad con lo establecido en el artículo 22 fracciones X y XI del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.

    3. Que de conformidad con lo previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2009, cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento.

    4. Que para efectos del presente convenio señala como domicilio el ubicado en la Calle de Lieja número 7, 1er. piso, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06696, en México,

    Distrito Federal.

  4. Declara "LA ENTIDAD":

    1. Que el Secretario de Finanzas y Tesorero General del Estado, asiste a la suscripción del presente Convenio, de conformidad con los artículos 18 fracción, IV, y 24 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a "EL ACUERDO MARCO".

    2. Que el Director General de Servicios de Salud de Nuevo León, Organismo Público Descentralizado, asiste a la suscripción del presente Convenio, de conformidad con los artículos 35 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León; 2 fracciones I, IV, VI y VII, 9 fracciones I y XII de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado, Servicios de Salud de Nuevo León, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a "EL ACUERDO MARCO".

    3. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son la de implementar y fortalecer los servicios de atención médica, a través de acciones de Infraestructura Física en Salud para elevar la calidad en los servicios de salud, como son los siguientes:

      - Conclusión del Hospital Regional Materno Infantil, en el Municipio de Guadalupe

      - Conservación y Mantenimiento del Hospital de Linares, en el Municipio de Linares

      - Centro de Estabilización en Santiago, en el Municipio de Santiago

      - CESSA de Peña Guerra, en el Municipio de San Nicolás

      - Equipamiento y Fortalecimiento del Hospital Inteligente Universitario "Dr. José Eluterio González" UANL

    4. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado en la Calle Matamoros Número 520 Oriente, 4o. Piso en el Centro de la Ciudad de Monterrey, Nuevo León.

      Una vez expuesto lo anterior y toda vez que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias que con cargo a los presupuestos de las dependencias, se aprueben en el Presupuesto de Egresos, mismos que se otorgarán y ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables. Dichos subsidios y transferencias deberán sujetarse a la normatividad federal aplicable y a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en ella se señalan, las partes celebran el presente Convenio al tenor de las siguientes:

      CLAUSULAS

      PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio Específico y los anexos que forman parte del mismo, tienen por objeto de transferir recursos presupuestales a "LA ENTIDAD" para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 de la Ley General de Salud, que permitan a "LA ENTIDAD" el desarrollo de la infraestructura en salud, a fin de fortalecer la oferta de servicios para el desarrollo de la Infraestructura y/o Equipamiento de los siguientes proyectos: Conclusión del Hospital Regional Materno Infantil, en el Municipio de Guadalupe; Conservación y Mantenimiento del Hospital de Linares, en el Municipio de Linares; Centro de Estabilización en Santiago, en el Municipio de Santiago; CESSA de Peña Guerra, en el Municipio de San Nicolás; Equipamiento y Fortalecimiento del Hospital Inteligente Universitario "Dr. José Eluterio González" UANL, en el Estado de Nuevo León, de conformidad con los Anexos Técnicos 1 y 2, los cuales debidamente firmados por las instancias que celebran el presente instrumento, se integran a su contexto, en los que se describen: la aplicación que se dará a tales recursos; los compromisos que sobre el particular asumen "LA ENTIDAD" y el Ejecutivo Federal; y los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio.

      Los recursos presupuestales que transfiere "LA SECRETARIA" se aplicarán al concepto y hasta por los importes que a continuación se mencionan:

      CONCEPTO "Fortalecer la Oferta de Servicios de Salud" IMPORTE TOTAL $156'367,649 (ciento cincuenta y seis millones trescientos sesenta y siete mil seiscientos cuarenta y nueve pesos 00/100 M.N.)
      Conclusión del Hospital Regional Materno Infantil, en el Municipio de Guadalupe Por un monto de: $68,089,659 (sesenta y ocho millones ochenta y nueve mil seiscientos cincuenta y nueve pesos 00/100 M.N.)
      Conservación y Mantenimiento del Hospital de Linares, en el Municipio de Linares Por un monto de: $38,130,209 (treinta y ocho millones ciento treinta mil doscientos nueve pesos 00/100 M.N.)
      Centro de Estabilización en Santiago, en el Municipio de Santiago Por un monto de: $23,604,415 (veintitrés millones seiscientos cuatro mil cuatrocientos quince pesos 00/100 M.N.)
      CESSA de Peña Guerra, en el Municipio de San Nicolás Por un monto de: $1,543,366 (un millón quinientos cuarenta y tres mil trescientos sesenta y seis pesos 00/100 M.N.)
      Equipamiento y Fortalecimiento del Hospital
      ...

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