Convenio Específico en materia de transferencia de recursos que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Guerrero

Fecha de disposición07 Noviembre 2008
Fecha de publicación07 Noviembre 2008
MateriaDerecho Fiscal
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónTERCERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. CONVENIO ESPECIFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA "LA SECRETARIA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA LIC. MARIA EUGENIA DE LEON GARCIA, SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS, ASISTIDA POR EL ING. ARTURO PEREZ ESTRADA, DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA FISICA (DGDIF); Y POR LA OTRA PARTE EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL C.P. CARLOS ALVAREZ REYES, EN SU CARACTER DE SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMINISTRACION Y EL DR. LUIS RODRIGO BARRERA RIOS, EN SU CARACTER DE SECRETARIO DE SALUD Y TITULAR DE LOS SERVICIOS ESTATALES DE SALUD, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. Con fecha 29 de febrero de 2008, "LA ENTIDAD" y "LA SECRETARIA" celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", con objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a "LA ENTIDAD" para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 de la Ley General de Salud.

  2. Que de conformidad con lo establecido en la cláusula segunda de "EL ACUERDO MARCO", los Convenios específicos serían suscritos atendiendo al ámbito de competencia que cada uno de ellos determine por "LA ENTIDAD" el Secretario de Finanzas y Administración y el Secretario de Salud y Titular de los Servicios Estatales de Salud; y por "LA SECRETARIA", la Subsecretaría de Administración y Finanzas, la Subsecretaría de Innovación y Calidad, la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, por sí mismas, o asistidas por las Unidades Administrativas y/o órganos desconcentrados que cada una tiene adscritas.

    DECLARACIONES

  3. De "LA SECRETARIA":

    1. Que la Lic. María Eugenia de León García, en su carácter de Subsecretaria de Administración y Finanzas, tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en los artículos 8 fracción XVI y 11 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a "EL ACUERDO MARCO".

    2. Que dentro de las funciones de la Dirección General de Desarrollo de la Infraestructura Física (DGDIF), se encuentran las de asesorar y apoyar técnica y normativamente, a los órganos desconcentrados y a los Servicios Estatales de Salud e Institutos Nacionales de Salud en la elaboración de proyectos, ejecución de trabajos relacionados con obras, conservación y mantenimiento, en coordinación con la Dirección General de Calidad y Educación en Salud, cuando se trate de unidades de atención médica; así como coordinar y vincular las acciones de obra y conservación con unidades del sector salud, a nivel federal y estatal, a fin de unificar criterios normativos en el desarrollo de la infraestructura física en salud; de conformidad con lo establecido en el artículo 22 fracciones X y XI del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.

    3. Que cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento.

    4. Que para efectos del presente Convenio señala como domicilio el ubicado en la calle de Paseo de la Reforma número 10, piso 29, colonia Tabacalera, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06030, en

    México, Distrito Federal.

  4. Declara "LA ENTIDAD".

    1. Que el Secretario de Finanzas y Administración, asiste a la suscripción del presente Convenio, de conformidad con los artículos 18, fracción III, 22, fracciones XVII, XVIII, y XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a "EL ACUERDO MARCO".

    2. Que el Secretario de Salud Estatal y Titular de los Servicios Estatales de Salud, asiste a la suscripción del presente Convenio, de conformidad con los artículos 18 fracción VIII, 27, fracciones I, III, VI y XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a "EL ACUERDO MARCO".

    3. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son la de implementar y fortalecer los servicios de atención médica, a través de acciones de Infraestructura Física en Salud para elevar la calidad en los servicios de salud, como son los siguientes:

      Obra Nueva por Sustitución del Hospital General de Chilpancingo de los Bravo, Municipio de Chilpancingo de los Bravo

      Sustitución por Obra Nueva del Hospital General de Renacimiento 60 Camas, Municipio de Acapulco de Juárez

      Fortalecimiento del Hospital General de 60 Camas de Ometepec, Municipio de Ometepec

      Hospital Civil de Coyuca de Benítez, Municipio de Coyuca de Benítez

      Construcción y Equipamiento de la Unidad de Especialidades Médicas UNEME en su modalidad de Centro de Atención Primaria en Adicciones (CAPA), Municipio de San Marcos

    4. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado en la avenida Ruffo Figueroa número 6, colonia Burócratas, código postal 39090, de la ciudad de Chilpancingo, capital del Estado de Guerrero.

      Una vez expuesto lo anterior y toda vez que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias que con cargo a los presupuestos de las dependencias, se aprueben en el Presupuesto de Egresos, mismos que se otorgarán y ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables. Dichos subsidios y transferencias deberán sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en ella se señalan, las partes celebran el presente Convenio al tenor de las siguientes:

      CLAUSULAS

      PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio Específico y los anexos que forman parte del mismo, tienen por objeto de transferir recursos presupuestales a "LA ENTIDAD" para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 de la Ley General de Salud, que permitan a "LA ENTIDAD" el desarrollo de la infraestructura en salud, a fin de fortalecer la oferta de servicios en particular para el desarrollo de la Infraestructura y/o equipamiento de las siguientes unidades de atención médica: Sustitución por Obra Nueva del Hospital General de Chilpancingo de los Bravo 60 Camas, Municipio de Chilpancingo de los Bravo; Sustitución por Obra Nueva del Hospital General de Renacimiento 60 Camas, Municipio de Acapulco de Juárez; Fortalecimiento del Hospital General de Ometepec 60 Camas, Municipio de Ometepec; Sustitución por Obra Nueva del Hospital Civil de Coyuca de Benítez, Municipio de Coyuca de Benítez; Construcción y Equipamiento de la Unidad de Especialidades Médicas UNEME en su modalidad de Centro de Atención Primaria en Adicciones (CAPA), Municipio de San Marcos, en el Estado de Guerrero, de conformidad con los

      Anexos Técnicos 1 y 2, los cuales debidamente firmados por las instancias que celebran el presente instrumento, en los que se describen: la aplicación que se dará a tales recursos; precisar los compromisos que sobre el particular asumen "LA ENTIDAD" y el Ejecutivo Federal; y los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio.

      Los recursos presupuestales que transfiere "LA SECRETARIA" se aplicarán al concepto y hasta por los importes que a continuación se mencionan:

      CONCEPTO "Fortalecer la Oferta de Servicios de Salud" IMPORTE TOTAL: $141'700,000.00 (ciento cuarenta y un millones setecientos mil pesos 00/100 M.N.)
      Hospital General de Chilpancingo de los Bravo, Municipio de Chilpancingo de los Bravo Por un monto de: $45'000,000.00 (cuarenta y cinco millones de pesos 00/100 M.N.)
      Hospital General de Renacimiento, Municipio de Acapulco de Juárez Por un
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