Convenio específico en materia de transferencia de recursos federales con el carácter de subsidios, que celebran el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, a través del Dr. Alejandro Ernesto Svarch Pérez, comisionado federal para la protección contra riesgos sanitarios, asistido por la C. Anahi Guadalupe Orozco, Secretaria General de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y, el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de México, representado por el M.A.P. Rodrigo Jarque Lira, en su carácter de Secretario de Finanzas, el Mtro. Francisco Javier Fernández Clamont, en su carácter de Secretario de Salud y Director General del Instituto de Salud del Estado de México, con la asistencia del Coordinador de Regulación Sanitaria, Lic. Santiago Ramos Millán Pineda.

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PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE SALUD
Al margen Escudo del Estado de México.
CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES CON EL
CARÁCTER DE SUBSIDIOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO
DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ “LA SECRETARÍA”, A
TRAVÉS DEL DR. ALEJANDRO ERNESTO SVARCH PÉREZ, COMISIONADO FEDERAL PARA LA
PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, ASISTIDO POR LA C. ANAHI GUADALUPE OROZCO,
SECRETARIA GENERAL DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS
SANITARIOS Y, POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO, AL QUE EN
LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA ENTIDAD”, REPRESENTADO EL M.A.P. RODRIGO JARQUE LIRA, EN
SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE FINANZAS, EL MTRO. FRANCISCO JAVIER FERNÁNDEZ CLAMONT, EN
SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE SALUD DEL
ESTADO DE MÉXICO, CON LA ASISTENCIA DEL COORDINADOR DE REGULACIÓN SANITARIA, LIC.
SANTIAGO RAMOS MILLÁN PINEDA, A QUIENES SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES” CUANDO ACTÚEN
DE FORMA CONJUNTA, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS
SIGUIENTES:
A N T E C E D E N T E S
I. Con fecha 8 de diciembre de 2011, “LA SECRETARÍA” y “LA ENTIDAD” celebraron el Acuerdo Marco de
Coordinación, en lo sucesivo “EL ACUERDO MARCO”, con objeto de facilitar la concurrencia en la
prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bas es y mecanismos
generales a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico
correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a “LA ENTIDAD”, para coordinar su
participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 de la Ley General de Salud.
II. De conformidad con lo estipulado en la Cláusula Segunda de “EL ACUERDO MARCO”, los instrumentos
consensuales específicos que “LAS PARTES” suscriban para el desarrollo de las acciones previstas en el
mismo, serán formalizados por, “LA ENTIDAD”, el Secretario de Salud y Director General del Instituto de
Salud del Estado de México, el Secretario de Finanzas, con la participación del Coordinador de Regulación
Sanitaria del Estado de México; en tanto que por “LA SECRETARÍA”, se suscribirá, entre otros servidores
públicos, por el Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, asistido por la Secretaria
General de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
III. En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley General de Salud, el 27 de junio de 2003, el
Ejecutivo Federal por conducto de “LA SECRETARÍA” y “LA ENTIDAD” suscribieron el Acuerdo de
Coordinación, que tiene por objeto establecer los términos y condiciones en que se dará la coordinación entre
“LA SECRETARÍA” y “LA ENTIDAD” para el ejercicio de facultades en materia de control y fomento
sanitario que les corresponde ejercer.
DECLARACIONES
I. “LA SECRETARÍA” declara que:
I.1 La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios es un órgano desconcentrado, por
el que ejerce las atribuciones que la Ley General de Salud, la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal y demás ordenamientos aplicables le confieren en materia de regulación, control y
fomento sanitario; el cual cuenta con autonomía técnica, administrativa y operativa, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 17 bis y 17 bis 1 de la Ley General de Salud; así como 1 y 3 del
Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
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I.2 Dentro de las atribuciones que ejerce por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra
Riesgos Sanitarios, se encuentran las de efectuar la evaluación de riesgos a la salud en las materias
de su competencia; instrumentar la política nacional de protección contra riesgos sanitarios en materia
de medicamentos, insumos para la salud y sustancias tóxicas o peligrosas para la salud; ejercer el
control y la vigilancia sanitaria de los productos señalados, de las actividades relacionadas con éstos y
de los establecimientos destinados al proceso de dichos productos; evaluar, expedir o revocar las
autorizaciones de los productos citados y de los actos de autoridad que para la regulación, en el
control y fomento sanitario se establecen o deriven de la Ley General de Salud, así como imponer
sanciones y aplicar medidas de seguridad, en las materias de su competencia, de conformidad con lo
previsto por el artículo 17 bis de la Ley General de Salud y 3, fracciones I, VII y X del Reglamento de la
Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
I.3 El Dr. Alejandro Ernesto Svarch Pérez, fue designado Comisionado Federal para la Protección contra
Riesgos Sanitarios, mediante nombramiento de fecha 17 de febrero de 2021, expedido por el
Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Lic. Andrés Manuel López Obrador, y tiene la
competencia y legitimidad para suscribir el presente Convenio Específico, de conformidad con lo
previsto en los artículos 2, inciso C, fracción X, 36 y 38, fracción V del Reglamento Interior de la
Secretaría de Salud; 10, fracciones XVI y XVII del Reglamento de la Comisión Federal para la
Protección contra Riesgos Sanitarios.
I.4 La C, Anahi Guadalupe Orozco, Secretaria General de la Comisión Federal para la Protección contra
Riesgos Sanitarios, participa en la suscripción del presente Convenio Específico, en términos del
artículo 19, fracción XV del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos
Sanitarios.
I.5 Cuenta con la disponibilidad de recursos para hacer frente a los compromisos derivados de la
suscripción del presente instrumento jurídico, en términos del ofic io No. DGPyP-0214-2022, emitido
por el Director General de Programación y Presupuesto de la Unidad de Administración y Finanzas de
la Secretaría de Salud, relacionado con el Oficio No. 801.1.-05, emitido por la Subsecretaría de
Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por el que se autoriza a favor de la Comisión
Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, un Acuerdo de Ministración de Recursos
(Acuerdo de Ministración), para que dicho órgano desconcentrado efectúe los procedimientos de
contratación, transferencias a entidades federativas y pagos a proveedores de bienes y servicios, entre
los que se contemplan los recursos a transferir con motivo del presente Convenio Específico.
I.6 Para todos los efectos jurídicos relacionados con este Convenio Específico señala como su domicilio
el ubicado en calle Oklahoma mero 14, colonia Nápoles, demarcación territorial Benito Juárez,
código postal 03810, en la Ciudad de México.
II. “LA ENTIDAD” declara que:
II.1 El M.A.P. Rodrigo Jarque Lira, fue designado por el Gobernador Constitucional del Estado de México,
mediante nombramiento de fecha 16 de septiembre de 2017, Secretario de Finanzas y, por tanto tiene
la competencia y legitimidad para suscribir el presente Convenio Específico, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 6 y 7, fracción V, del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas.
II.2 El Mtro. Francisco Javier Fernández Clamont, fue designado por el Gobernador Constitucional del
Estado de México, mediante nombramiento de fecha 6 de mayo de 2021, Secretario de Salud y
Director General del Instituto de Salud del Estado de México y, por tanto tiene la competencia y
legitimidad para suscribir el presente Convenio Específico, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 5 y 6, fracciones II, XIII y XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud y el artículo
294, fracciones VIII y X, del Reglamento de Salud del Estado de México.
II.3 El Lic. Santiago Ramos Millán Pineda, fue designado como Coordinador de Regulación Sanitaria del
Estado de México, mediante nombramiento de fecha 28 de marzo de 2018 y, por tanto, participa en la
suscripción del presente instrumento jurídico, de conformidad con el artículo 13 fracción VI, del
Reglamento Interno del Instituto de Salud del Estado de México.
II.4 Dentro de las funciones del Coordinador de Regulación Sanitaria del Estado de Méx ico, se encuentran
las de ejercer el control, vigilancia y fomento sanitarios de competencia estatal y las que realiza el
Instituto de manera concurrente con el Ejecutivo Federal, de conformidad con lo establecido en el
artículo 21, fracción I, del Reglamento Interno del Instituto de Salud del Estado de México.
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II.5 Entre sus prioridades, en materia de salud, se encuentra el fortalecimiento de la ejecución y desarrollo
del programa y proyectos federales de protección contra riesgos sanitarios, así como de la Red
Nacional de Laboratorios.
II.6 Para todos los efectos jurídicos relacionados con este Convenio Específico señala como su domicilio
el ubicado en Avenida Independencia Oriente, número 1009, colonia Reforma y Ferrocarriles
Nacionales, código postal 50070, en la Ciudad de Toluca, Estado de México.
III. La “UNIDAD EJECUTORA” declara que:
III.1 De conformidad con “EL ACUERDO MARCO”, el Mtro. Francisco Javier Fernández Clamont, titular
del Instituto de Salud del Estado de México, tiene la competencia y legitimidad para suscribir el
presente Convenio Específico en su carácter de “UNIDAD EJECUTORA”, según con lo previsto en
los artículos 45 y 47 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, cargo que
queda debidamente acreditado con el nombramiento de fecha 6 de mayo de 2021.
Una vez expuesto lo anterior y toda vez que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone
en sus artículos 74 y 75, que los titulares de las dependencias y entidades, con cargo a cuyos presupuestos se
autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables, en el ámbito de sus competencias, de que
éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplic ables, y que dichos subsidios y
transferencias deberán sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y
temporalidad que en dicho ordenamiento se señalan, celebran el presente Convenio Específico, al tenor de las
siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO.- El presente Convenio Específico y sus Anexos 1, 2, 3, 4 y 5, que firmados por “LAS
PARTES”, forman parte integrante del mismo, tienen por objeto transferir recursos federales a LA ENTIDAD”, con el
carácter de subsidios, que le permitan, en términos de los artículos 9o., 13, 17 bis, 18 párrafo segundo y 19 de la Ley
General de Salud, coordinar su participación con el Ejecutivo Federal durante el ejercicio fiscal 2022, a fin de
fortalecer la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de Protección contra Riesgos Sanitarios, así
como de la Red Nacional de Laboratorios, de conformidad con los Anexos del presente instrumento jurídico.
Para efecto de lo anterior, “LAS PARTES” convienen en sujetarse expresamente a las estipulaciones de “EL
ACUERDO MARCO”, cuyo contenido se tiene por reproducido en el presente Convenio Específico como si a la letra
se insertasen, así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
SEGUNDA. TRANSFERENCIA.- Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio Específico, “LA
SECRETARÍA”, por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, transferirá a “LA
ENTIDAD”, con el carácter de subsidios, recursos federales que se aplicarán exclusivamente al ejercicio de las
acciones contenidas en los programas institucionales y por los importes que se indican a continuación:
PROGRAMA
INSTITUCIONAL
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
IMPORTE
“Consolidar la
Operación de las Áreas
de Protección contra
Riesgos Sanitarios”
(Regulación y Fomento
Sanitarios)
Ramo 12
$4,949,674.00
(CUATRO MILLONES
NOVECIENTOS
CUARENTA Y NUEVE MIL
SEISCIENTOS SETENTA Y
CUATRO PESOS 00/100
M.N.)
“Consolidar la Red
Nacional de
Laboratorios de Salud
Pública”
(Laboratorio Estatal de
Salud Pública)
Ramo 12
$1,393,059.00
(UN MILLON
TRESCIENTOS NOVENTA
Y TRES MIL CINCUENTA Y
NUEVE PESOS 00/100
M.N.)

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