Convenio Específico de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran el Instituto Nacional de Antropología e Historia y la Ciudad de México.

Fecha de publicación22 Junio 2023
EmisorSECRETARIA DE CULTURA
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo
CONVENIO Específico de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran el Instituto Nacional de Antropología e Historia y la Ciudad de México
CONVENIO Específico de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran el Instituto Nacional de Antropología e Historia y la Ciudad de México. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- CULTURA.- Secretaría de Cultura.- Instituto Nacional de Antropología e Historia.
CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE REASIGNACIÓN DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGÍA E HISTORIA, REPRESENTADO POR SU TITULAR EL ANTROP. DIEGO PRIETO HERNÁNDEZ, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL INSTITUTO", QUIEN SE ENCUENTRA ASISTIDO POR EL SECRETARIO ADMINISTRATIVO, EL ANTROP. PEDRO VELÁZQUEZ BELTRÁN, LA COORDINADORA NACIONAL DE MONUMENTOS HISTÓRICOS, LA MTRA. VALERIA VALERO PIÉ, EL COORDINADOR NACIONAL DE CENTROS INAH, EL ARQ. RENÉ ALVARADO LÓPEZ; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ LA "ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADA POR LA DRA. CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, EN SU CARÁCTER DE JEFA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, ASISTIDA EN ESTE ACTO POR EL LIC. MARTÍ BATRES GUADARRAMA, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO; LA LIC. LUZ ELENA GONZÁLEZ ESCOBAR, SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, EN ADELANTE "LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS"; ASIMISMO COMPARECEN LA SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN ADELANTE "LA SOBSE", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR, EL M. EN I. JESÚS ANTONIO ESTEVA MEDINA; LA SECRETARÍA DE CULTURA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR, LA C. CLAUDIA STELLA CURIEL DE ICAZA Y LA SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA GENERAL, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR, EL MTRO. JUAN JOSÉ SERRANO MENDOZA; A QUIENES CUANDO INTERVENGAN CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. Los sismos de septiembre de 2017, febrero de 2018 y septiembre de 2020, lamentablemente afectaron considerablemente el patrimonio cultural del país en todos sus aspectos, por ello es de vital importancia hacer frente a la problemática y tomar acciones para la restauración, rehabilitación y mantenimiento para la prevención y conservación de bienes culturales, históricos, arquitectónicos y artísticos que dan identidad y son parte del patrimonio cultural de las comunidades afectadas por los sismos.
II. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en el artículo 83, segundo párrafo, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que requieran suscribir convenios de reasignación, deberán apegarse al modelo de convenio emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en lo subsecuente la "SHCP" y la Secretaría de la Función Pública, en lo sucesivo la "SFP", así como obtener la autorización presupuestaria de la "SHCP".
III. La Dirección General de Programación y Presupuesto "C", en lo subsecuente la "DGPyP C" de la "SHCP", emitió su dictamen de suficiencia presupuestaria para que "EL INSTITUTO" reasigne recursos a la "ENTIDAD FEDERATIVA" con cargo a su presupuesto autorizado.
IV. "EL INSTITUTO" y la "ENTIDAD FEDERATIVA" suscribieron un Convenio de Colaboración y Coordinación, en adelante "CONVENIO MARCO", con el objeto de establecer los compromisos y las bases generales entre "LAS PARTES", que permitan a la "ENTIDAD FEDERATIVA" llevar a cabo la planeación y ejecución de los trabajos de protección, recuperación, reconstrucción, restauración, rehabilitación y conservación del patrimonio histórico y arqueológico afectado por los sismos a los que se hizo mención en el Antecedente "I" en la "ENTIDAD FEDERATIVA".
V. En la cláusula cuarta del Convenio señalado en el numeral anterior, se estableció que para el cumplimiento del objeto del "CONVENIO MARCO" se celebrarán convenios específicos para la transferencia de recursos públicos federales por parte de "EL INSTITUTO" a la "ENTIDAD FEDERATIVA" de conformidad con las disposiciones previstas en la Ley Federal de Presupuesto yResponsabilidad Hacendaria, en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, y en las demás disposiciones jurídicas aplicables en la materia, y con sujeción a la disponibilidad presupuestaria de "EL INSTITUTO".
Asimismo, en la cláusula antes referida se estableció que, en los convenios específicos, o bien, en sus anexos, se deberán estipular, entre otros aspectos, la forma y términos para la transferencia, aplicación, destino, seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia de los recursos públicos federales que reciba la "ENTIDAD FEDERATIVA", en donde se detallarán con precisión las acciones requeridas; los calendarios de ejecución; el catálogo de conceptos, entre otros aspectos.
DECLARACIONES
l. Declara "EL INSTITUTO" por conducto de sus representantes que:
1. Es un Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Cultura del Ejecutivo Federal, con personalidad jurídica propia, que cuenta con la competencia necesaria para celebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 1o. de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia, el Reglamento de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia, y 2, apartado B, fracción I, del Reglamento Interior de la Secrertaría de Cultura.
2. En el ámbito de su competencia le corresponde entre otros la investigación científica sobre Antropología e Historia relacionada principalmente con la población del país y con la conservación y restauración del patrimonio cultural arqueológico e histórico, así como el paleontológico; la protección, conservación, restauración y recuperación de este patrimonio, y la promoción y difusión de las materias y actividades que son su competencia.
3. Su Director General, el Antrop. Diego Prieto Hernández, cuenta con facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en el artículo 7o, fracciones I y XI, de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia.
4. El Antrop. Pedro Velázquez Beltrán, en su carácter de Secretario Administrativo, firma el presente instrumento de conformidad con el poder que le fue otorgado por su Titular, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 7º, fracción II, de su Ley Orgánica, mediante la escritura pública número 48,320, de fecha 1º de abril de dos mil diecinueve ante la fe del Lic. Francisco de Icaza Dufour, Notario Público número 111 de la Ciudad de México, facultades que a la fecha no le han sido revocadas ni modificadas en forma alguna, así como la facultad prevista en el artículo 17, fracción IX del Reglamento de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia.
5. La Mtra. Valeria Valero Pié, Coordinadora Nacional de Monumentos Históricos, cuenta con facultades suficientes y necesarias para suscribir el presente instrumento, de conformidad con el nombramiento de fecha 16 de febrero de 2019, expedido a su favor por el Lic. Omar Monroy Rodríguez, Titular de la Unidad de Administración y Finanzas de la Secretaría de Cultura del Poder Ejecutivo Federal, según se desprende de lo previsto en los artículos 3, fracción X, 18 y 26 del Reglamento de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia.
6. El Arq. René Alvarado López, Coordinador Nacional de Centros INAH, cuenta con facultades suficientes y necesarias para susbribir el presente instrumento, de conformidad con el nombramiento de fecha 1 de mayo de 2020, expedido a su favor por el Antrop. Diego Prieto Hernández, Director General de "EL INSTITUTO", según se desprende de lo previsto en los artículos 3, fracción V, 18 y 21 del Reglamento de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia.
7. Para todos los efectos legales relacionados con este Convenio, señala como su domicilio el ubicado en la calle Córdoba número 45, Colonia Roma, Alcaldía Cuauhtémoc, Código Postal 06700, en la Ciudad de México.
II. Declara la "ENTIDAD FEDERATIVA" por conducto de sus representantes que:
1. Es una entidad integrante de la Federación, sede...

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