Convenio Específico de Adhesión para el otorgamiento del subsidio para el fortalecimiento del desempeño en materia de seguridad pública a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y, en su caso, a las entidades federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la función (FORTASEG), para el ejercicio fiscal 2020, que celebran el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el Estado de Jalisco y los municipios de Chapala, El Salto, Guadalajara, Lagos de Moreno, Ocotlán, Puerto Vallarta, San Juan de los Lagos, Tala, San Pedro Tlaquepaque, Tepatitlán de Morelos, Tlajomulco de Zúñiga, Tonalá, Zapopan y Zapotlán El Grande.

Fecha de disposición20 Abril 2020
Fecha de publicación20 Abril 2020
EmisorSECRETARIA DE SEGURIDAD Y PROTECCION CIUDADANA
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SEGURIDAD.- Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. CONVENIO ESPECÍFICO DE ADHESIÓN, EN LO SUCESIVO "CONVENIO" PARA EL OTORGAMIENTO DEL "SUBSIDIO PARA EL FORTALECIMIENTO DEL DESEMPEÑO EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA A LOS MUNICIPIOS Y DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y, EN SU CASO, A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE EJERZAN DE MANERA DIRECTA O COORDINADA LA FUNCIÓN", EN LO SUCESIVO "FORTASEG", QUE CELEBRAN EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "EL SECRETARIADO", REPRESENTADO POR SU TITULAR, EL C. LEONEL EFRAÍN COTA MONTAÑO; EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO, EN LO SUCESIVO "LA ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL C. ENRIQUE ALFARO RAMÍREZ, ASISTIDO POR EL SECRETARIO EJECUTIVO DEL CONSEJO ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EL C. AGUSTÍN DE JESÚS RENTERÍA GODÍNEZ, Y LOS MUNICIPIOS DE CHAPALA, EL SALTO, GUADALAJARA, LAGOS DE MORENO, OCOTLÁN, PUERTO VALLARTA, SAN JUAN DE LOS LAGOS, TALA, SAN PEDRO TLAQUEPAQUE, TEPATITLÁN DE MORELOS, TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA, TONALÁ, ZAPOPAN Y ZAPOTLÁN EL GRANDE, EN LO SUCESIVO "LOS BENEFICIARIOS", REPRESENTADOS POR SUS PRESIDENTES MUNICIPALES CONSTITUCIONALES, LOS CC. MOISES ALEJANDRO ANAYA AGUILAR, RICARDO ZAID SANTILLÁN CORTÉS, ISMAEL DEL TORO CASTRO, TECUTLI JOSÉ GUADALUPE GÓMEZ VILLALOBOS, PAULO GABRIEL HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, ARTURO DÁVALOS PEÑA, JESUS UBALDO MEDINA BRISEÑO, ENRIQUE GABRIEL BUENROSTRO AHUED, MARÍA ELENA LIMÓN GARCÍA, MARÍA ELENA DE ANDA GUTIÉRREZ, SALVADOR ZAMORA ZAMORA, JUAN ANTONIO GONZÁLEZ MORA, JESÚS PABLO LEMUS NAVARRO Y J. JESÚS GUERRERO ZÚÑIGA, RESPECTIVAMENTE, A QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES" DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

DECLARACIONES

I. DECLARA "EL SECRETARIADO", A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:

I.1 Es un Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, operativo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con autonomía técnica, de gestión y presupuestal, de conformidad con los artículos 3, inciso C, fracción VII, 45 y 65 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; 17 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en lo subsecuente "LEY GENERAL" y 1 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, concatenado con los artículos Octavo, Décimo Tercero y Décimo Cuarto transitorios del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018.

I.2 Su Titular fue designado como Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública por el C. Presidente de la República en su carácter de Presidente del Consejo Nacional de Seguridad Pública, el 16 de julio de 2019, de conformidad con los artículos 17, párrafo segundo de la "LEY GENERAL"; 30 Bis, fracción XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 5 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

I.3 Está facultado para suscribir el presente "CONVENIO" de acuerdo a lo preceptuado por los artículos 18, fracciones VII y XXV de la "LEY GENERAL"; 9, párrafo cuarto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020, en lo subsecuente "PRESUPUESTO DE EGRESOS", y 5 y 8, fracción XII del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, así como 20, de los "Lineamientos para el otorgamiento del subsidio para el fortalecimiento del desempeño en materia de seguridad pública a los municipios y demarcaciones territoriales de la ciudad de México y, en su caso, a las entidades federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la función para el ejercicio fiscal 2020", publicados en el diario oficial de la Federación el 23 de enero de 2020, en lo sucesivo "LOS LINEAMIENTOS".

I.4 Para todos los efectos legales relacionados con este "CONVENIO", señala como domicilio el ubicado en Avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 12, Colonia Anzures, Alcaldía Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, Ciudad de México.

II. DECLARA "LA ENTIDAD FEDERATIVA", A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:

II.1 En términos de los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 1 y 2 de la Constitución Política del Estado de Jalisco, es parte integrante de la Federación, libre y soberana en todo lo concerniente a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular.

II.2 Asumió el cargo de Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Jalisco, a partir del 06 de diciembre de 2018; por lo que cuenta con facultades para celebrar el presente "CONVENIO", en términos de los artículos 36 y 50, fracciones XVIII y XIX de la Constitución Política del Estado de Jalisco; 2 y 4, fracciones I, II y XI y 18, fracción VII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, y demás disposiciones aplicables.

II.3 Para todos los efectos legales relacionados con este "CONVENIO", señala como su domicilio el ubicado en Avenida Ramón Corona, número 31, colonia Centro, código postal 44100, en la Ciudad de Guadalajara, Jalisco.

III. DECLARAN "LOS BENEFICIARIOS", A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES QUE:

III.1 Son entidades administrativas con personalidad jurídica y patrimonio propios, con fundamento en los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 73 y 86 de la Constitución Política del Estado de Jalisco; y 1, 2, 3 y 10 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.

III.2 Las Presidentas y los Presidentes Municipales Constitucionales de Chapala, El Salto, Guadalajara, Lagos de Moreno, Ocotlán, Puerto Vallarta, San Juan de los Lagos, Tala, San Pedro Tlaquepaque, Tepatitlán de Morelos, Tlajomulco de Zúñiga, Tonalá, Zapopan y Zapotlán El Grande, respectivamente, cuentan con facultades para celebrar el presente "CONVENIO", en términos de los artículos 47, fracciones IV y XIV, 48, fracción VI y 68 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, 86 del Reglamento Interior del Ayuntamiento, y demás disposiciones aplicables.

III.3 Cuentan con la disponibilidad presupuestaria para hacer frente a los compromisos materia del presente "CONVENIO".

III.4 Para todos los efectos legales relacionados con este "CONVENIO", señalan como sus domicilios los ubicados, respectivamente, en:

MUNICIPIO:
DOMICILIO:
Chapala
Chapala, Jalisco, CP 45900, Avenida Madero No. 202 Colonia Centro
El Salto
Presidencia Municipal, Ramón Corona número 1, Colonia Centro, Código Postal 45681, El Salto.
Guadalajara
Presidencia Municipal, Avenida Hidalgo número 400, Zona Centro, Código Postal 44100, Guadalajara.
Lagos de Moreno
Presidencia Municipal, Juárez esquina Francisco González de León sin número, Zona Centro, Código Postal 47400, Lagos de Moreno.
Ocotlán
Hidalgo número 65, Colonia Centro, Código Postal 47800, Ocotlán.
Puerto Vallarta
Presidencia Municipal, Independencia número 123, Colonia Centro, Código Postal 48300, Puerto Vallarta.
San Juan de Los Lagos
Simon Hernández 1, Centro, 47000 San Juan de los Lagos, Jal.
San Pedro Tlaquepaque
Presidencia Municipal, Independencia número 58, Centro, Código Postal 45500, Tlaquepaque.
Tala
Ramón Corona 5, Centro, 45300 Tala, Jal.
Tepatitlán de Morelos
Presidencia Municipal Hidalgo número 45, Colonia Centro, Código Postal 47600, Tepatitlán de Morelos
Tlajomulco de Zúñiga
Presidencia Municipal, Calle La Higuera número 70, Colonia Centro, Código Postal 45640, Tlajomulco de Zúñiga.

Tonalá,
Presidencia Municipal, Hidalgo número 21, Zona Centro Código Postal 45400, Tonalá.
Zapopan
Presidencia Municipal Avenida Hidalgo número 151, Centro Código Postal.45100, Zapopan.
Zapotlán El Grande
Presidencia Municipal, Avenida Cristóbal Colón número 62, Colonia Centro, Código Postal 49000, Ciudad Guzmán, Zapotlán el Grande.

IV. DECLARAN "LAS PARTES", A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES QUE:

IV.1 Se reconocen mutuamente la personalidad que ostentan.

IV.2 Celebran el presente "CONVENIO" de acuerdo con el marco jurídico aplicable, adhiriéndose a las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA.- OBJETO Y NATURALEZA DE LOS RECURSOS. El presente "CONVENIO" tiene por objeto que "EL SECRETARIADO" transfiera recursos presupuestarios federales del "FORTASEG" a "LOS BENEFICIARIOS", por conducto de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas de "LA ENTIDAD FEDERATIVA", con la finalidad de fortalecer el desempeño...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR