Convenio Específico de Adhesión para el otorgamiento del subsidio a los municipios y, en su caso, a los estados, cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente con los municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la seguridad pública en sus demarcaciones territoriales (SUBSEMUN), que celebran el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el Gobierno del Distrito Federal y las demarcaciones territoriales de Benito Juárez, Cuajimalpa de Morelos, Xochimilco, Álvaro Obregón, Azcapotzalco, Coyoacán, Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero, Iztacalco, Iztapalapa, La Magdalena Contreras, Miguel Hidalgo, Milpa Alta, Tláhuac, Tlalpan y Venustiano Carranza

Fecha de disposición27 Julio 2015
Fecha de publicación27 Julio 2015
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

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CONVENIO Específico de Adhesión para el otorgamiento del subsidio a los municipios y, en su caso, a los estados, cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente con los municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la seguridad pública en sus demarcaciones territoriales (SUBSEMUN), que celebran el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el Gobierno del Distrito Federal y las demarcaciones territoriales de Benito Juárez, Cuajimalpa de Morelos, Xochimilco, Álvaro Obregón, Azcapotzalco, Coyoacán, Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero, Iztacalco, Iztapalapa, La Magdalena Contreras, Miguel Hidalgo, Milpa Alta, Tláhuac, Tlalpan y Venustiano Carranza. CONVENIO ESPECÍFICO DE ADHESIÓN, EN LO SUCESIVO "CONVENIO" PARA EL OTORGAMIENTO DEL "SUBSIDIO A LOS MUNICIPIOS Y, EN SU CASO, A LOS ESTADOS, CUANDO TENGAN A SU CARGO LA FUNCIÓN O LA EJERZAN COORDINADAMENTE CON LOS MUNICIPIOS, ASÍ COMO AL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL PARA LA SEGURIDAD PÚBLICA EN SUS DEMARCACIONES TERRITORIALES", EN LO SUCESIVO "SUBSEMUN", QUE CELEBRAN EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "EL SECRETARIADO", REPRESENTADO POR SU TITULAR, EL C. JORGE CARLOS HURTADO VALDEZ; EL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, EN LO SUCESIVO "EL DISTRITO FEDERAL", REPRESENTADO POR EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, EL C. MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, EL C. HÉCTOR SERRANO CORTÉS; EL SECRETARIO DE FINANZAS, EL C. EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA; EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA, EL C. HIRAM ALMEIDA ESTRADA, Y LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES, EN LO SUCESIVO "LAS DEMARCACIONES" DE BENITO JUÁREZ, CUAJIMALPA DE MORELOS, XOCHIMILCO, ÁLVARO OBREGÓN, AZCAPOTZALCO, COYOACÁN, CUAUHTÉMOC, GUSTAVO A. MADERO, IZTACALCO, IZTAPALAPA, LA MAGDALENA CONTRERAS, MIGUEL HIDALGO, MILPA ALTA, TLÁHUAC, TLALPAN Y VENUSTIANO CARRANZA, REPRESENTADAS LAS TRES PRIMERAS POR LOS CC. ADRIÁN RUBALCAVA SUÁREZ Y MIGUEL ÁNGEL CÁMARA ARANGO, RESPECTIVAMENTE, EN SU CARÁCTER DE JEFES DELEGACIONALES, Y LAS SUBSECUENTES POR LOS CC. JESÚS GARCÍA LANDERO, RUBÉN MARTÍNEZ RODRÍGUEZ, RICARDO AMEZCUA GALÁN, SALVADOR FRAUSTO NAVARRO, EDUARDO LIMA GÓMEZ, ISIDRO CORRO ORTIZ, AURELIO ALFREDO REYES GARCÍA, CAROLINA SANTANA NIEVES, FÉLIX ARTURO MEDINA PADILLA, HUMBERTO MORGAN COLÓN, MIGUEL ÁNGEL ESTRADA GARAVILLA, ALFREDO ROMERO ADORNO, MIGUEL ÁNGEL GUERRERO LÓPEZ Y MAXIMINO LÓPEZ AGUIRRE, RESPECTIVAMENTE, EN SUPLENCIA Y POR AUSENCIA DE LOS JEFES DELEGACIONALES, A QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LOS PARTICIPANTES" DE CONFORMIDAD CON EL MARCO LEGAL, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

MARCO LEGAL

"LOS PARTICIPANTES" protestaron cumplir y hacer cumplir en el ámbito de sus respectivas competencias, lo dispuesto por los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como 7 y 8 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2015, en lo sucesivo, "PRESUPUESTO DE EGRESOS", y las demás disposiciones jurídicas aplicables al presente "CONVENIO", razón por la cual se obligan a él como si estuviera inserto a la letra en este documento, con todos los efectos legales y administrativos conducentes.

DECLARACIONES

  1. DECLARA "EL SECRETARIADO", A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:

    I.1 Es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, operativo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con autonomía técnica, de gestión y presupuestal, de conformidad con los artículos 17 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en lo subsecuente "LEY GENERAL"; 2, apartado C, fracción XI y 120 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y 1 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

    I.2 Su Titular fue designado como Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública por el C. Presidente de la República en su carácter de Presidente del Consejo Nacional de Seguridad Pública, ratificado por el Senado de la República el 29 de abril de 2014, de conformidad con los artículos 17, párrafo segundo de la "LEY GENERAL"; 27, párrafo último de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 5 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

    I.3 Está facultado para suscribir el presente "CONVENIO" de acuerdo a lo preceptuado por los artículos 18, fracciones VII y XXV de la "LEY GENERAL"; 8, párrafo sexto del "PRESUPUESTO DE EGRESOS"; 69, párrafo segundo, y 70, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, 5 y 8, fracción XII del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, así como la regla Vigésima Primera, fracción I, de las Reglas para el otorgamiento del Subsidio a los Municipios y, en su caso, a los Estados, cuando tengan a su cargo la

    función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la seguridad pública en sus demarcaciones territoriales", vigentes para el presente ejercicio fiscal, en lo sucesivo "LAS REGLAS".

    I.4 Para todos los efectos legales relacionados con este "CONVENIO", señala como domicilio el ubicado en Avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 12, Colonia Nueva Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, México, Distrito Federal.

    I.5 Para efectos de operación, funcionamiento y seguimiento del "SUBSEMUN" designa a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento, sita en: avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 1, colonia Nueva Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, México, Distrito Federal.

  2. DECLARA "EL DISTRITO FEDERAL", A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:

    II.1 Asumió el cargo de Jefe de Gobierno del Distrito Federal, a partir del 5 de diciembre de 2012; por lo que cuenta con facultades para celebrar el "CONVENIO"; en términos de los artículos 122, apartado C, Base Segunda, fracción II, incisos a) y f) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8o., fracción II y 67, fracción XXV del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; y 12 y 20 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y demás disposiciones aplicables.

    II.2 Es parte integrante del Estado Mexicano, con personalidad jurídica y patrimonio propios, constituido como gobierno republicano, representativo y popular, como lo preceptúan los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 44 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 2o., 3o. y 7o. del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

    II.3 El Secretario de Gobierno, el Secretario de Finanzas y el Secretario de Seguridad Pública, están debidamente facultados para celebrar el presente "CONVENIO", de conformidad con los artículos 15, fracciones I, VIII y X, 16, fracción IV, 23, fracciones III y XXV y 30, fracción VI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, y 26, fracción XVI del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.

    II.4 Cuentan con la disponibilidad presupuestaria para hacer frente a los compromisos materia del "CONVENIO".

    II.5 Para todos los efectos legales relacionados con el "CONVENIO", señala como su domicilio el ubicado en Plaza de la Constitución No. 2 esquina 5 de Febrero, 1er piso, Deleg. Cuauhtémoc, C.P. 06068, Col. Centro Histórico, México, D.F.

    II.6 Para efectos de operación, funcionamiento y seguimiento del "SUBSEMUN" designa a la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, a través de la Directora de Presupuesto, la C. María del Carmen Ramírez Jasso sita en: Izazaga 89, noveno piso, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06080.

  3. DECLARAN "LAS DEMARCACIONES", A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES QUE:

    III.1 Son Órganos Políticos Administrativos y Desconcentrados del Gobierno del Distrito Federal, con autonomía funcional en acciones de gobierno y de participación ciudadana en materia de prevención del delito, con fundamento en los artículos 122, apartado C, Base Tercera, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 12, fracción III, 87, último párrafo, 104, 105 y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1o, 2o, párrafo tercero, 10, 37, 38 y 39, fracciones XLV, y LXXVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1o., 3o., fracción III, 120 y 121 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.

    III.2 Los CC. Adrián Rubalcava Suárez y Miguel Ángel Cámara Arango, Jefes Delegacionales de Benito Juárez, Cuajimalpa de Morelos y Xochimilco, respectivamente, y los CC. Jesús García Landero, Rubén Martínez Rodríguez, Ricardo Amezcua Galán, Salvador Frausto Navarro, Eduardo Lima Gómez, Isidro Corro Ortiz, Aurelio Alfredo Reyes García, Carolina Santana Nieves, Félix Arturo Medina Padilla, Humberto Morgan Colón, Miguel Ángel Estrada Garavilla, Alfredo Romero Adorno, Miguel Ángel Guerrero López y Maximino López Aguirre, en suplencia y por ausencia de los Jefes Delegacionales de Álvaro Obregón, Azcapotzalco, Coyoacán, Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero, Iztacalco, Iztapalapa, La Magdalena Contreras, Miguel Hidalgo, Milpa Alta, Tláhuac, Tlalpan y Venustiano Carranza, respectivamente, cuentan con facultades para celebrar el presente "CONVENIO", en términos de los artículos 12, fracción III, 112, último párrafo, y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 39, fracciones XIV, XV, XLV y LXXVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, 25, 122 y 122 Bis del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y demás...

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