Convenio Específico de Coordinación para el otorgamiento de recursos federales que serán destinados a la modernización y vinculación del Registro Público de la Propiedad, que celebran la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y el Estado de México

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CONVENIO Específico de Coordinación para el otorgamiento de recursos federales que serán destinados a la modernización y vinculación del Registro Público de la Propiedad, que celebran la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y el Estado de México. CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE RECURSOS FEDERALES QUE SERÁN DESTINADOS A LA MODERNIZACIÓN DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO, REPRESENTADA POR EL LICENCIADO JORGE CARLOS RAMÍREZ MARÍN, SECRETARIO DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO, ASISTIDO POR EL LICENCIADO GUSTAVO CÁRDENAS MONROY, SUBSECRETARIO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y POR EL LICENCIADO HÉCTOR GUEVARA RAMÍREZ, COORDINADOR GENERAL DE MODERNIZACIÓN Y VINCULACIÓN REGISTRAL Y CATASTRAL, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ "LA SEDATU" Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO, REPRESENTADO POR EL DR. EN D. ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS, EN SU CARÁCTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, ASISTIDO POR EL MAESTRO EN CIENCIAS EFRÉN ROJAS DÁVILA, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA EFECTOS DE ESTE CONVENIO SE LES DENOMINARÁ "EL GOBIERNO DEL ESTADO", CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES MENCIONARÁ COMO "LAS PARTES", DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. En el Plan de Desarrollo del Estado de México 20112017 se identifican como temas centrales de la política social: (i) el combate a la pobreza, marginación y desigualdad; (ii) el fortalecimiento del núcleo social y el mejoramiento de la calidad de vida, así como (iii) la atención de los grupos más vulnerables, estableciéndose como línea de acción principal el que todos los mexiquenses tengan acceso a un buen nivel de vida y mayor igualdad de oportunidades.

    Lo anterior se logrará gracias al fortalecimiento económico que deberá generar empleos bien remunerados, en un entorno de seguridad apegado al estado de derecho. Esta visión se sustenta sobre tres pilares: un gobierno solidario que garantice la equidad de oportunidades para lograr el progreso social, un Estado progresista que establece condiciones de desarrollo económico, y una sociedad protegida que vela por la integridad física y patrimonial de sus ciudadanos.

    Por tal motivo, en aras de mejorar la calidad de vida de los mexiquenses a través de la transformación positiva de su entorno, es que el Instituto de la Función Registral del Estado de México se fortalecerá para elevar la calidad y eficiencia de los servicios que presta, reforzando y mejorando los procedimientos administrativos, sistemas de información y la tecnología con la que dispone actualmente, lo cual ayudará a reducir costos de gestión y tiempos de respuesta, dando mayor certeza y seguridad jurídica al patrimonio de los mexiquenses con respecto a la propiedad inmobiliaria.

  2. El artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la obligación del Estado de organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional, que se encuentra reglamentado en la Ley de Planeación, ordenamiento que en su artículo 28 establece que las acciones contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo, así como en los Programas que de él emanen, deberán especificar las acciones que serán objeto de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas.

    Por su parte, el artículo 33 de la Ley de Planeación determina que el Ejecutivo Federal podrá convenir con los gobiernos de las entidades federativas, satisfaciendo las formalidades que en cada caso procedan, la coordinación que se requiera a efecto de que dichos gobiernos participen en la Planeación Nacional del Desarrollo, y coadyuven, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, a la consecución de los objetivos de la planeación nacional y para que las acciones a realizarse por la Federación y los Estados se planeen de manera conjunta.

  3. Atendiendo que "La modernización y homologación de los registros públicos de la propiedad y los catastros municipales y rurales, así como la obligatoriedad de registrar públicamente las propiedades inmuebles, son fundamentales para ofrecer la certidumbre jurídica que necesitan las familias en aspectos relevantes como potenciar el valor de su patrimonio, garantizar que pueda ser heredado o se pueda transmitir su dominio sin conflicto y acceder a fuentes formales de financiamiento que pueda apoyar su mejor calidad de vida".

  4. El Gobierno de la República está trabajando conjuntamente con los gobiernos estatales, a fin de realizar las adecuaciones jurídicas para desarrollar la plataforma tecnológica que permita homologar los registros públicos de la propiedad y los catastros, mediante la aplicación ordenada y transparente de los recursos que las entidades federativas podrán ejercer en términos de sus propios presupuestos de egresos aprobados adminiculado con el marco de la coordinación hacendaria, conforme con lo dispuesto por la fracción IV del artículo 47 de la Ley de Coordinación Fiscal, donde se deduce que los recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas se destinarán, entre otros fines, "A la modernización de los registros públicos de la propiedad y del comercio locales, en el marco de la coordinación para homologar los registros públicos; así como para modernización de los catastros, con el objeto de brindar certeza jurídica y actualizar los valores de los bienes y hacer más eficiente la recaudación de contribuciones...".

  5. De conformidad al segundo párrafo del transitorio quinto del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal que establece que "...Las menciones contenidas en otras leyes, reglamentos y en general en cualquier disposición, respecto de las Secretarías cuyas funciones se reforman por virtud de este Decreto, se entenderán referidas a las dependencias que, respectivamente, adquieren tales funciones...", aunado al contenido de la Ley General de Asentamientos Humanos que señala en su artículo 41 "la Secretaría, suscribirá acuerdos de coordinación con las entidades de la Administración Pública Federal, las entidades federativas y los municipios y, en su caso, convenios de concertación con los sectores social y privado, en los que se especificarán:", fracción VII "Los compromisos para la modernización de procedimientos y trámites administrativos en materia de desarrollo urbano, catastro y Registro Público de la Propiedad, así como para la producción y titulación de vivienda".

  6. De acuerdo al artículo 17 del Reglamento Interior de la "SEDATU", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de abril de 2013, la Coordinación General de Modernización y Vinculación Registral y Catastral, en lo sucesivo "LA COORDINACIÓN", estableció esta unidad adscrita a la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial (LA SUBSECRETARÍA), como responsable de la instrumentación de programas, estrategias, lineamientos y normas técnicas que contribuyan a garantizar la seguridad jurídica de los derechos registrados así como de conformar una plataforma jurídica, operativa y tecnológica, estandarizada y homologada, para los registros públicos de la propiedad del país y las instituciones catastrales, siendo la única instancia facultada para autorizar los apoyos a los Proyectos de Modernización de los Registros Públicos de la Propiedad y los Catastros en las entidades federativas y municipios, coordinar, controlar, dar seguimiento y participar en la evaluación de los Programas de Modernización Registral y Catastral apoyados con recursos federales, así como desarrollar programas, proyectos, estudios, acciones de asistencia técnica y capacitación para los Registros Públicos de la Propiedad y los Catastros en materia de Modernización y Vinculación.

  7. El Programa de Modernización y Vinculación de los Registros Públicos de la Propiedad y Catastros, en lo sucesivo "EL PROGRAMA", está orientado a modernizar los registros públicos de la propiedad estatales; estandarizar sus procesos e iniciar la homologación de la función registral a nivel nacional, desarrollando a las instituciones registrales para que brinden absoluta seguridad jurídica al tráfico inmobiliario en el país, conforme al Modelo Integral de los Registros Públicos de la Propiedad

    aprobado a nivel nacional.

  8. El 25 de abril de 2013, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, emitió "Los Lineamientos para Informar sobre los recursos federales transferidos a las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, y de operación de los Recursos del Ramo General 33", por el que se obliga a la Federación, las entidades federativas, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político administrativos de sus demarcaciones territoriales a administrar los recursos económicos con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados, estando obligados a informar sobre el ejercicio, destino y resultados obtenidos respecto de los recursos públicos federales que les sean transferidos, de conformidad con los lineamientos y mediante el sistema de información establecida para tal fin.

  9. Con fecha 28 de junio de 2013, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los Lineamientos para la aplicación de Recursos del Programa de Modernización y Vinculación de los Registros Públicos de la Propiedad y Catastros, para el Ejercicio Fiscal de 2013 en lo sucesivo "LOS LINEAMIENTOS", estableciendo en su numeral 4.1 la creación de un Comité de Evaluación, en lo sucesivo "EL COMITÉ", presidido por el Subsecretario de Ordenamiento Territorial, el Coordinador General de Modernización y Vinculación Registral y Catastral, el Director General de Ordenamiento Territorial y de Atención de Zonas de Riesgo, por "LA SEDATU", un representante...

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