Convenio de Coordinación para el Programa de Registro e Identificación de Población, que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Zacatecas.

Fecha de publicación20 Julio 2022
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
CONVENIO de Coordinación para el Programa de Registro e Identificación de Población, que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Zacatecas
CONVENIO de Coordinación para el Programa de Registro e Identificación de Población, que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Zacatecas. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.
CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA EL PROGRAMA DE REGISTRO E IDENTIFICACIÓN DE POBLACIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, EN ADELANTE "GOBERNACIÓN", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR ALEJANDRO DE JESÚS ENCINAS RODRÍGUEZ, SUBSECRETARIO DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN CON LA PARTICIPACIÓN DE ROCÍO JUANA GONZÁLEZ HIGUERA, JEFA DE LA UNIDAD DE POLÍTICA MIGRATORIA, REGISTRO E IDENTIDAD DE PERSONAS Y POR JORGE LEONEL WHEATLEY FERNÁNDEZ, DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO NACIONAL DE POBLACIÓN E IDENTIDAD, Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, EN ADELANTE "EL GOBIERNO DEL ESTADO", POR CONDUCTO DE GABRIELA EVANGELINA PINEDO MORALES, SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO, CON LA PARTICIPACIÓN DE RICARDO OLIVARES SÁNCHEZ, SECRETARIO DE FINANZAS; HUMBELINA ELIZABETH LÓPEZ LOERA, SECRETARIA DE LA FUNCIÓN PUBLICA; RICARDO HUMBERTO HERNÁNDEZ LEÓN, COORDINADOR GENERAL JURÍDICO; Y REY DAVID CORTÉS NORIEGA, DIRECTOR DEL REGISTRO CIVIL DE LA COORDINACIÓN GENERAL JURÍDICA A QUIENES AL ACTUAR CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
La Ley de Planeación establece en sus artículos 33 y 34 fracción V la facultad que el Ejecutivo Federal convenga con los Gobiernos de las Entidades Federativas, la coordinación que se requiera, a efecto de que éstos participen en la planeación nacional del desarrollo; también, la ejecución de las acciones que deban realizarse en cada entidad federativa y que competan a ambos órdenes de Gobierno, considerando en todo caso la participación que corresponda a los municipios.
"LAS PARTES" celebraron el 28 de julio 1997 y el 25 de noviembre de 2002, los Acuerdos de Coordinación para la Modernización Integral del Registro Civil del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, y el 26 de noviembre de 2019 se suscribió el Convenio de Coordinación para el Programa de Registro e Identificación de Población, vigente hasta el 12 de septiembre de 2021, todos ellos, tendientes a sistematizar y optimizar la operación de los Registros Civiles para obtener información de manera confiable, homogénea y oportuna, que permita certificar la identidad de las personas y al mismo tiempo, coadyuvar a elevar la calidad en la prestación de los servicios que el Registro Civil proporciona a la sociedad, y la integración y conformación del Registro Nacional de Población. El Programa presupuestario Pp U001 "Modernización Integral del Registro Civil", tiene sus orígenes en estos Acuerdos, no obstante, el Pp E012 "Registro e Identificación de Población" creado en 1996 para implementar la creación y expedición de la Clave Única de Registro de Población se fusionó en el año 2016 con el Pp U001 "Modernización Integral del Registro Civil", resultando registrados ambos programas presupuestarios bajo el nombre de "E012 Registro e Identificación de Población".
Asimismo el 05 de enero de 2015, "LAS PARTES" suscribieron el Convenio de Coordinación y Colaboración con el objeto de establecer los mecanismos y acciones para implementar la consulta e impresión de actas del registro del estado civil de las personas en línea a través de las oficialías y juzgados del Registro Civil, el cual permitió establecer un formato único para la expedición y certificación del registro de los hechos y actos del estado civil, así como interoperabilidad mediante la conexión interestatal entre las bases de datos de los registros civiles del país con la Base de Datos Nacional de Registro Civil a cargo de "GOBERNACIÓN".
Con fecha 11 de octubre de 2018 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, en lo sucesivo DOF, los Lineamientos de Operación del Programa Presupuestario E012 Registro e Identificación de Población; establece en el Octavo Componente, Apartado A, Fortalecimiento del Registro Civil que se podrán asignar recursos a las entidades federativas para el desarrollo de las vertientes del componente Fortalecimiento del
Registro Civil, mediante la suscripción de instrumentos jurídicos, con estricto apego a la normatividad que corresponda.
El Plan Nacional de Desarrollo 20192024 considera el pleno respeto a los derechos humanos y establece que el Gobierno de México fortalecerá las capacidades institucionales que permitan construir las bases para la creación de un Documento Único de Identificación Nacional biometrizado, lo cual garantizará el derecho a la Identidad establecido en el artículo cuarto la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En materia registral, los artículos 85, 86 y 91 de la Ley General de Población en lo sucesivo LGP establecen que es atribución de "GOBERNACIÓN" registrar y acreditar fehacientemente la identidad de las personas, para lo cual asignará la Clave Única de Registro de Población, en lo sucesivo CURP, que servirá para registrar e identificar de manera individual a cada una de las personas que integran la población del país y de las personas mexicanas que residen en el exterior.
Asimismo, los artículos 93 y 94 de la LGP, establecen que las autoridades de la federación, de los estados y de los municipios, serán auxiliares de "GOBERNACIÓN" en las funciones que a ésta correspondan en materia de registro de población, y que las autoridades locales contribuirán a la integración del Registro Nacional de Población, estableciéndose que "GOBERNACIÓN" celebrará con ellas convenios con el propósito de adoptar las normas, métodos y procedimientos técnicos del Registro Nacional de Población, recabar la información relativa a los nacimientos, discapacidad y defunciones de las personas a fin de integrar y mantener permanentemente actualizado el Registro Nacional de Población, e incluir en el acta correspondiente la CURP al registrar el nacimiento de las personas.
Por su parte, el Consejo Nacional de Funcionarios del Registro Civil, en lo sucesivo "CONAFREC", es el órgano de coordinación y vinculación nacional de todos los Registros Civiles del país, cuyas directrices y resoluciones serán de observancia para "LAS PARTES" que cuenten con atribuciones y obligaciones en materia de registro de población.
El Registro Civil constituye la institución fundamental para garantizar el derecho a la identidad la cual está constituida por el nombre, la nacionalidad y la filiación, reconociendo así el derecho a contar con una identidad legal y personalidad jurídica mediante el registro de nacimiento. A través de la coordinación interinstitucional e intersectorial, se logra tanto la vinculación con los Registros Civiles del país, como la asignación, adopción y uso de la CURP.
El Gobierno de México se ha comprometido, en el marco de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Organización de las Naciones Unidas, a proporcionar para el año 2030, acceso a una identidad jurídica para todos, en particular mediante el registro de nacimientos.
Por otra parte, mediante sesión extraordinaria de 4 de marzo de 2022, el Comité de Asignación y Distribución de Recursos para el Ejercicio Fiscal 2022, determinó procedente llevar a cabo las acciones administrativas y jurídicas necesarias para la suscripción - dentro del primer trimestre del año- de los Convenios para el Programa de Registro e Identificación de Población con diversas entidades Federativas; entre ellas, el Estado Libre y Soberano de Zacatecas.
Por lo que, con la finalidad lograr el fortalecimiento del Registro Civil respecto del Programa de Registro e Identificación de Población, a través de la modernización y mejora de los servicios que brinda la institución registral en la entidad, "LAS PARTES" manifiestan su interés en celebrar el presente Convenio de Coordinación, al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I. "GOBERNACIÓN" declara que:
I.1. Es una dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., 2o., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en lo sucesivo LOAPF y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de...

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