Convenio de Coordinación que, en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública, celebran el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el Estado de Oaxaca, relativo al Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal (FASP) 2020.

Fecha de disposición22 Abril 2020
Fecha de publicación22 Abril 2020
EmisorSECRETARIA DE SEGURIDAD Y PROTECCION CIUDADANA
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SEGURIDAD.- Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE EN EL MARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, CELEBRAN POR UNA PARTE EL PODER EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "EL SECRETARIADO", REPRESENTADO POR SU TITULAR, EL C. LEONEL EFRAÍN COTA MONTAÑO, Y POR LA OTRA, EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA, EN LO SUCESIVO "LA ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA, EL C. ALEJANDRO ISMAEL MURAT HINOJOSA, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, EL C. HÉCTOR ANUAR MAFUD MAFUD; EL SECRETARIO DE FINANZAS, EL C. VICENTE MENDOZA TÉLLEZ GIRÓN Y EL SECRETARIO EJECUTIVO DEL SISTEMA ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EL C. JOSÉ MANUEL VERA SALINAS, A QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES" DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

DECLARACIONES

  1. DECLARA "EL SECRETARIADO", A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:

    I.1 Es un Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, operativo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con autonomía técnica, de gestión y presupuestal, de conformidad con los artículos 3, inciso C, fracción VII, 45 y 65 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; 17 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en lo subsecuente "Ley General"; y 1 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, concatenado con los artículos Octavo, Décimo Tercero y Décimo Cuarto transitorios del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018.

    I.2 De conformidad con los artículos 17, párrafo segundo de la "Ley General"; 30 Bis, fracción XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 5 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, su Titular fue designado como Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública por el C. Presidente de la República en su carácter de Presidente del Consejo Nacional de Seguridad Pública, el 16 de julio de 2019.

    I.3 Se encuentra facultado para suscribir el presente Convenio, en términos de lo dispuesto por los artículos 18, fracciones VII y XXV de la "Ley General", 5 y 8, fracción XII del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

    I.4 Para todos los efectos legales, señala como domicilio el ubicado en avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 12, Colonia Anzures, Alcaldía Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, Ciudad de México.

  2. DECLARA "LA ENTIDAD FEDERATIVA", A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:

    II.1 El Estado de Oaxaca, es un Estado Libre y Soberano, en todo lo concerniente a su régimen interior, forma parte integrante de la Federación, de conformidad con lo establecido por los artículos 40, 42, fracción I y 43, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 26, 27 y 29, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Oaxaca.

    II.2 El Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, Alejandro Ismael Murat Hinojosa, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación de conformidad por lo dispuesto en los artículos 39, Apartado B, fracciones I y II y 142 de la "Ley General"; 66, 79, fracciones XIX y XXVIII y 80, fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 2,6, párrafo primero y 9 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca; 44, fracciones IV y XVI de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Oaxaca.

    II.3 El Secretario General de Gobierno, Héctor Anuar Mafud Mafud, Secretario General de Gobierno, cuenta con las facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación de conformidad por lo dispuesto en los artículos 82 y 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 3 fracción I, 15 párrafo primero, 27, fracción I y 34 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado

    de Oaxaca.

    II.4 El Secretario de Finanzas, Vicente Mendoza Téllez Girón, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación de conformidad con lo dispuesto en los artículos 82 y 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 3o. fracción I, 15 párrafo primero y 27, fracción XII y 45 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca;

    II.5 El Secretario Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública, José Manuel Vera Salinas, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación de conformidad con lo dispuesto en los artículos 82 y 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 1, 3 fracción I, 15 párrafo primero y 34, fracción XLI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, así como los artículos 22 y 24 fracciones VI, XXIV y XXVI de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública.

    II.6 Cuenta con la disponibilidad presupuestaria para hacer frente a los compromisos materia del presente Convenio.

    II.7 Para todos los efectos legales relacionados con el presente Convenio, señala como su domicilio el ubicado en Palacio de Gobierno (Planta Alta), Plaza de la Constitución, entre calles de Carlos María Bustamante y Ricardo Flores Magón, colonia Centro, código postal 68000, Oaxaca de Juárez, Oaxaca.

  3. DECLARAN "LAS PARTES", A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES QUE:

    III.1 Se reconocen mutuamente la personalidad que ostentan.

    III.2 Celebran el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR