Convenio de Coordinación para llevar a cabo la operación del Programa de la Reforma Educativa, que celebran la Secretaría de Educación Pública y el Estado de Zacatecas.

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CONVENIO de Coordinación para llevar a cabo la operación del Programa de la Reforma Educativa, que celebran la Secretaría de Educación Pública y el Estado de Zacatecas. CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "LA SEP", REPRESENTADA POR EL MTRO. JAVIER TREVIÑO CANTÚ, SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN BÁSICA, ASISTIDO POR EL LIC. ENRIQUE PERDIGÓN LABRADOR, COORDINADOR DEL PROGRAMA DE LA REFORMA EDUCATIVA Y, POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, EN LO SUCESIVO "EL GOBIERNO DEL ESTADO", REPRESENTADO POR LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN, DRA. GEMA ALEJANDRINA MERCADO SÁNCHEZ, Y POR EL SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN BÁSICA Y NORMAL PROFR. JOSÉ MANUEL MALDONADO ROMERO, A QUIENES EN CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

ANTECEDENTES

  1. Con fecha 29 de diciembre de 2016, "LA SEP" publicó en el Diario Oficial de la Federación, el "ACUERDO número 27/12/16 por el que se emiten los Lineamientos de Operación del Programa de la Reforma Educativa", en lo sucesivo los "Lineamientos", en los que se establece como objetivo general del Programa de la Reforma Educativa, en lo sucesivo "PROGRAMA", contribuir a la disminución del rezago en las condiciones físicas, de equipamiento y de uso de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones, en lo sucesivo TIC, así como al fortalecimiento de la autonomía de gestión escolar, para mejorar las condiciones de operación y prestación del servicio educativo con calidad, equidad e inclusión en Escuelas públicas de educación básica y como objetivos específicos:

    · Mejorar las condiciones de infraestructura y equipamiento de las Escuelas públicas de educación básica, poniendo a disposición de la Comunidad escolar apoyos económicos que le permitan atender sus necesidades cotidianas de operación y desarrollar sus capacidades, a fin de coadyuvar en la prestación de un servicio educativo con calidad y equidad.

    · Fortalecer la autonomía de gestión de las Escuelas públicas de educación básica, implementando acciones para la toma de decisiones en favor de la calidad y la equidad del servicio educativo.

    · Apoyar a las Supervisiones escolares de zona con recursos que contribuyan a fortalecer sus funciones de apoyo y asesoría a las Escuelas públicas de educación básica.

    · Instalar y dar mantenimiento a Sistemas de bebederos escolares que provean suministro continuo de agua potable en escuelas públicas de educación básica, de acuerdo a las disposiciones que emita el INIFED.

    · Contribuir a la mejora de condiciones de infraestructura física de Escuelas públicas de educación básica, con alta prioridad de atención, a través del FDE.

    · Generar conocimiento que permita optimizar los esfuerzos y recursos enfocados al desarrollo de la autonomía de gestión escolar, a través de la evaluación del impacto de las acciones de fortalecimiento de la autonomía de gestión emprendidas por la SEP.

    · Promover el uso y aprovechamiento de las TIC a fin de contribuir al desarrollo de Habilidades digitales y el Pensamiento computacional en alumnos(as) y docentes de las Escuelas públicas de educación básica.

  2. En términos de lo establecido en el numeral 2.6. de los "Lineamientos", los recursos del "PROGRAMA" serán administrados a través del Fideicomiso Público de Administración y Pago que para dichos efectos fue constituido, que garantice su aplicación, comprobación y rendición de cuentas, en adelante el "Fideicomiso", para lo cual "LA SEP" transferirá los recursos federales a dicho fideicomiso para que éste, a su vez, realice lo propio hacia los beneficiarios del "PROGRAMA".

  3. Los "Lineamientos", contienen un glosario que será aplicable para efectos de interpretación de los conceptos establecidos en el presente convenio.

    DECLARACIONES

  4. De "LA SEP":

    I.1.- Que de conformidad con los artículos 2o., fracción I, 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Centralizada que tiene a su cargo la función social educativa, sin perjuicio de la concurrencia de las entidades federativas y los municipios.

    I.2.- Que el Mtro. Javier Treviño Cantú, Subsecretario de Educación Básica, suscribe el presente convenio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2005, y el "ACUERDO número 01/01/17 por el que se delegan facultades a los subsecretarios de la Secretaría de Educación Pública", publicado en el mismo órgano informativo el 25 de enero de 2017.

    I.3.- Que cuenta con los recursos financieros suficientes y con la autorización para su erogación, para llevar a cabo la suscripción del presente instrumento con cargo al patrimonio del "Fideicomiso".

    I.4.- Que para los efectos del presente convenio señala como su domicilio el ubicado en la calle de República de Argentina No. 28, primer piso, oficina 2005, Colonia Centro Histórico, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06020, en la Ciudad de México.

  5. De "EL GOBIERNO DEL ESTADO":

    II.1.- El Estado de Zacatecas, es una entidad libre y soberana que forma parte integrante de la Federación, de conformidad con lo establecido en los artículos 40 y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 1 y 2 de la Constitución Política del Estado de Zacatecas.

    II.2.- La Dra. Gema Alejandrina Mercado Sánchez, acredita su personalidad como Secretaria de Educación, con el nombramiento expedido a su favor como tal, por el Gobernador del Estado de Zacatecas, C.P. Alejandro Tello Cristerna, de fecha 12 de septiembre de 2016.

    II.3.- La Dra. Gema Alejandrina Mercado Sánchez, en su carácter de Secretaria de Educación de Gobierno del Estado de Zacatecas, se encuentra facultada y comparece a la celebración del presente convenio, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 72, 82 fracción XXVII, 84 y 86 de la Constitución Política del Estado de Zacatecas; 2, 12, 13, 25 fracción IX y 34, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas; 8 y 10 fracción V, del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación, publicado en el Periódico Oficial, Órgano Informativo del Gobierno del Estado de Zacatecas el 11 de septiembre de 2013.

    II.4.- Asiste a la Titular de la Secretaría de Educación, el Profr. José Manuel Maldonado Romero, Subsecretario de Educación Básica y Normal, quien está facultado para ello, en términos de lo dispuesto en los artículos 21 fracción I y 26 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación, publicado en el Periódico Oficial, Órgano Informativo del Gobierno del Estado de Zacatecas el 11 de septiembre de 2013.

    II.5.- Que es su interés suscribir y dar cabal cumplimiento al objeto de este convenio, con el fin de participar en el desarrollo y operación del "PROGRAMA" ajustándose a lo establecido por los "Lineamientos", los cuales son de su conocimiento.

    II.6.- Que cuenta con los recursos humanos, materiales y financieros para dar cumplimiento a los compromisos que adquiere mediante el presente convenio.

    II.7.- Que le resulta de alta prioridad tener una participación activa en la operación del "PROGRAMA", ya que promueve el mejoramiento de la calidad educativa en los planteles de educación básica en la entidad, y aprovechando la experiencia adquirida tiene interés en colaborar con "LA SEP", para que dentro de un marco de coordinación, se optimice la operación del "PROGRAMA".

    II.8.- Que para los efectos del presente convenio señala como su domicilio el ubicado en Lateral López Portillo No. 305, Fraccionamiento Dependencias Federales, Código Postal 98618, en la ciudad de Guadalupe, Estado de Zacatecas.

    En cumplimiento a sus atribuciones y con el objeto de llevar a cabo la operación del "PROGRAMA", de conformidad con lo establecido en los "Lineamientos", ambas partes suscriben este convenio de conformidad con las siguientes:

    CLÁUSULAS

    PRIMERA.- Objeto: Es objeto de este convenio, establecer las bases de coordinación entre "LA SEP" y "EL GOBIERNO DEL ESTADO", mediante el cual unirán su experiencia, esfuerzos y recursos para llevar a cabo la operación del "PROGRAMA" en la...

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