Convenio de Coordinación para la ejecución del Programa de Consolidación de Reservas Urbanas para el ejercicio fiscal 2014 respecto del proyecto denominado Cumbres del Sur Etapa III, que celebran la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y el Instituto de Vivienda del Municipio de Culiacán en el Estado de Sinaloa

Fecha de disposición26 Enero 2016
Fecha de publicación26 Enero 2016
EmisorSECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.- Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda. PROGRAMA DE CONSOLIDACIÓN DE RESERVAS URBANAS

CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE CONSOLIDACIÓN DE RESERVAS URBANAS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014, EN ADELANTE "PCRU"; QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA, REPRESENTADA POR SU TITULAR, MAESTRO RODRIGO ALEJANDRO NIETO ENRÍQUEZ, QUIEN SE ASISTE POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO URBANO, SUELO Y VIVIENDA, REPRESENTADA POR SU TITULAR, DOCTOR JORGE LEÓN WOLPERT KURI, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ "LA SEDATU"; Y POR LA OTRA, EL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL MUNICIPIO DE CULIACÁN, EN EL ESTADO DE SINALOA; REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SU DIRECTOR GENERAL C. JUAN GABRIEL BALLARDO VALDÉZ; ASISTIDO EN ESTE ACTO POR EL; A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA INSTANCIA EJECUTORA" Y CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", MISMAS QUE SE SUJETAN AL TENOR DE LOS SIGUIENTES CONSIDERANDOS, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

CONSIDERANDOS

  1. Que los programas presupuestarios del Ramo Administrativo 15 "Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano", entre ellos, el Programa de Consolidación de Reservas Urbanas, se aplicarán en las entidades federativas en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables, de conformidad con los criterios de política pública establecidos por los Programas Nacionales de Desarrollo Urbano y Vivienda y tomando en consideración los criterios propuestos por las entidades federativas.

  2. Que el 30 de diciembre de 2013, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación, las Reglas de Operación del Programa de Consolidación de Reservas Urbanas, en lo subsecuente enunciadas como las "Reglas de Operación".

  3. Q.ue en el artículo 19 de las "Reglas de Operación" antes citadas, se establece la figura de la "Instancia Ejecutora" cuyas obligaciones se precisan para su entendimiento y consideración en dicho cuerpo regulatorio.

  4. Que el ejercicio y aplicación de los recursos del Programa está a cargo de la "Instancia Ejecutora" quien tendrá ese derecho, grosso modo, una vez aprobado el Proyecto que presente y suscrito este Convenio con la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda y una vez acreditada la aportación comprometida.

  5. Que el 7 abril de 2014 fue publicado en la página institucional de la SEDATU, el Manual de Operación de las "Reglas de Operación" como un instrumento cuyo propósito consiste en detallar actividades y desglosar los procedimientos consignados en las Reglas de Operación del "PCRU" a fin de promover certeza jurídica, aportando mayores elementos de decisión a las Instancias participantes, detallando aspectos de utilidad para las Instancias Ejecutoras, así como facilitando al público en general una mayor comprensión de las citadas Reglas" para "ofrecer transparencia y objetividad a los actores involucrados en su implementación".

  6. Que en el apartado 4.4.1 del Manual de Operación se establece que el modelo de Convenio contenido en el Anexo 3 de las Reglas de Operación, deberá tomarse como referencia para el diseño del presente instrumento jurídico.

  7. Que el artículo 45 de las "Reglas de Operación" prevé que previo a la suscripción de este Convenio deberá contarse con el Oficio de Autorización Técnica expedido por la Instancia Coordinadora.

  8. Que el mes de octubre del año en curso, la Instancia Coordinadora emitió el Oficio de Autorización Técnica con los datos generales del Proyecto denominado "Cumbres del Sur Etapa III", con domicilio en calle Boulevard Lomas de San Isidro sin número, Fraccionamiento Lomas de San Isidro, en la ciudad de Culiacán, Estado de Sinaloa, C.P. 80197; ubicado en el perímetro de contención urbana (PCU) U2 y coordenadas

    X=24.7619917° N; Y= 107.3960261° E; con superficie del predio de 27,527.67 metros cuadrados; promovido por el Instituto de Vivienda del Municipio de Culiacán, en el Estado de Sinaloa; con domicilio en calle Juan José Ríos número 399 esquina con calle Juan M. Banderas, colonia Almada, en la ciudad de Culiacán, Estado de Sinaloa, C.P. 80019.

    DECLARACIONES

  9. Declara la "SEDATU":

    I.1. Que es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, conforme a los artículos 1o., 2o. Fracción I, y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    I.2. Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, tiene entre sus atribuciones, la de planear y proyectar la adecuada distribución de la población y la ordenación territorial de los centros de población, ciudades y zonas metropolitanas, bajo criterios de desarrollo sustentable, conjuntamente con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal competentes.

    I.3. Que el Ejecutivo Federal a través de la "SEDATU", ha instrumentado el Programa de Consolidación de Reservas Urbanas para el ejercicio fiscal 2014, y conforme a lo establecido en las Reglas de Operación publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2013, tiene como objetivo general, contribuir al pleno desarrollo de las ciudades mexicanas, mediante la reducción del costo final de adquisición de la vivienda social orientada a la población con ingresos de hasta 5 SMGV a través de un apoyo presupuestario al suelo.

    I.4. Que mediante oficio número 307-A.- 4715, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, comunicó a la "SEDATU", el monto de los recursos autorizados al Programa de Consolidación de Reservas Urbanas, conforme a lo establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014.

    I.5. Que la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, es una unidad administrativa de la SEDATU de conformidad en el artículo 2o., apartado A, Fracción I, inciso b, de conformidad con el Reglamento Interior de la "SEDATU".

    I.6. Que su representante cuenta con las atribuciones para celebrar el presente instrumento jurídico en los términos señalados en el artículo 7 Fracción X, del Reglamento Interior de la "SEDATU".

    I.7. Que la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda es la "Instancia Normativa" del "PCRU" y forma parte del Comité de Validación Central, conforme a los apartados 3.7.1, 3.7.2 y 3.8 de sus Reglas de Operación 2014, y tiene las responsabilidades que se enuncian en los citados numerales.

    I.8. Que la Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda, en lo sucesivo la "Instancia Coordinadora" es una unidad administrativa de la "SEDATU" y cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación, en los términos prescritos en los artículos 2, apartado A, Fracción IV, inciso f y 23 Fracción VI de su Reglamento Interior.

    I.9. Que para los efectos del presente Convenio de Coordinación, se señala como domicilio el ubicado en Av. Paseo de la Reforma No. 333, Colonia Cuauhtémoc, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06500 en la Ciudad de México, Distrito Federal.

  10. Declara el INSTITUTO DE VIVIENDA DEL MUNICIPIO DE CULIACÁN EN EL ESTADO DE SINALOA:

    II.1 Que es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Municipal de Culiacán, en el Estado de Sinaloa; con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con lo establecido en los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 110 y 125 fracción V de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, 88 de la Ley del Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa.

    II.2 Que su representante, se encuentra facultado para la celebración del presente Convenio, según como lo acredita en el poder con la escritura pública número 4,934, volumen XVII de fecha 13 de febrero de 2014, protocolizada por el Licenciado Ismael Arenas Espinoza, notario público número

    162 en el estado, con ejercicio y residencia en esta municipalidad.

    TESTIMONIO PRIMERO DE LA ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO (5,048) CINCO MIL CUARENTA y OCHO. VOLUMEN (XVIII) DECIMOCTAVO, DE FECHA (30) TREINTA DE SEPTIEMBRE DEL AÑO (2014) DOS MIL CATORCE.

    ACTO JURÍDICO QUE CONSIGNA del Acta de SESIÓN EXTRAORDINARIA DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL MUNICIPIO DE CULlACÁN, de fecha 11 de julio del año 2014, en la que entre otros acuerdos, se aprobó la autorización al C. JUAN GABRIEL BALLARDO VALDEZ, para que celebre y suscriba en nombre y representación del referido Instituto, todos los convenios y contratos que sean necesarios para la ejecución de programas de vivienda municipales, incluyendo los traslativos de dominio.

    Que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 26, Fracciones I y II del Reglamento del Instituto de Vivienda del Municipio de Culiacán, Sinaloa, son objetivos del Instituto, entre otros, el promover y realizar programas de vivienda para que las familias en condiciones de pobreza extrema puedan adquirir, mejorar o construir su vivienda, así como establecer, en coordinación con las dependencias municipales competentes, en el marco del Plan Municipal de Desarrollo, las políticas de inversión pública en materia de vivienda.

    II.3 Que el Director General del Instituto de Vivienda del Municipio de Culiacán, en el Estado de Sinaloa, C. Juan Gabriel Ballardo Valdez, se encuentra asistido por el

    II.4 Que para efectos del presente convenio, señala como su domicilio el ubicado en calle Juan José Ríos número 399 esquina con calle Juan M. Banderas, colonia Almada, en la ciudad de Culiacán, Estado de Jalisco, C.P. 80019.

  11. Declaran conjuntamente "LAS PARTES":

    III.1. Que para la implementación del presente instrumento, se ajustarán a lo establecido en la legislación y reglamentación federal aplicable, a las Reglas de Operación y al Manual de Operación, ambos del Programa de Consolidación de...

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