Convenio de Coordinación para la Distribución y Ejercicio de los Subsidios del Programa de Infraestructura, en su Vertiente “Espacios Públicos y Participación Comunitaria” que suscriben por una parte el Ejecutivo Federal y por la otra parte, el Gobierno de la Ciudad de México

6 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 30 de Septiembre de 2016

SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL

CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA DISTRIBUCIÓN Y EJERCICIO DE LOS SUBSIDIOS DEL PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA, EN SU VERTIENTE "ESPACIOS PÚBLICOS Y PARTICIPACIÓN COMUNITARIA" QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

[Ver imagen en pdf Adjunto]

CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA DISTRIBUCIÓN Y EJERCICIO DE LOS SUBSIDIOS DEL PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA, EN SU VERTIENTE "ESPACIOS PÚBLICOS Y PARTICIPACIÓN COMUNITARIA", EN LO SUCESIVO "ESPACIOS PÚBLICOS", CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2016, QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO, EN LO SUCESIVO "SEDATU", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL DIRECTOR GENERAL DE RESCATE DE ESPACIOS PÚBLICOS, LIC. EDGAR RODOLFO OLAIZ ORTIZ, Y LA PARTICIPACIÓN DEL DELEGADO DE LA "SEDATU" EN LA CIUDAD DE MÉXICO, LIC. GUILLERMO CESAR CALDERON LEÓN; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO EN LO SUCESIVO "GCDMX", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO A TRAVÉS DE SU TITULAR, DR. JOSÉ RAMÓN AMIEVA GÁLVEZ, ASISTIDO POR LA DIRECTORA GENERAL DE COORDINACIÓN DE PROGRAMAS FEDERALES, MTRA. LETICIA ESTHER VARELA MARTÍNEZ; Y EL LIC. EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA, SECRETARIO DE FINANZAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, A QUIENES ACTUANDO EN CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

I. El artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la obligación del Estado de organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional, el cual está reglamentado en la Ley de Planeación, ordenamiento que en su artículo 28 establece que las acciones contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo y los programas que de este emanen, deberán especificar las acciones que serán objeto de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas.

II. El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, establece entre sus objetivos, estrategias y líneas de acción, garantizar el ejercicio efectivo de los derechos sociales para toda la población para contribuir a mejorar su calidad de vida e incrementar su capacidad productiva, así como generar esquemas de desarrollo comunitario, a través de procesos de participación social para transitar hacia una sociedad equitativa e incluyente.

III. En el marco del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, se estableció como una de sus acciones de gobierno en "ESPACIOS PÚBLICOS", el cual está orientado a promover la realización de obras de mejoramiento físico, la ejecución de acciones sociales en sitios de encuentro, convivencia, recreación e interacción comunitaria que presentan condiciones de deterioro, abandono o inseguridad ubicados en las zonas urbanas de todo el país.

IV. El 31 de diciembre de 2015, la "SEDATU" publicó en el Diario Oficial de la Federación las Reglas de Operación del Programa de Infraestructura, para el ejercicio fiscal 2016 y subsecuentes, en lo sucesivo "Reglas de Operación".

V. El artículo 33 de la Ley de Planeación establece que el Ejecutivo Federal podrá convenir con los gobiernos de las Entidades Federativas, satisfaciendo las formalidades que en cada caso procedan, la coordinación que se requiera a efecto de que dichos gobiernos participen en la planeación nacional del desarrollo; coadyuven, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones a la consecución de los objetivos de la planeación nacional; y planeen de manera conjunta las acciones a realizarse por la Federación y los Estados. En todos los casos se deberá considerar la participación que corresponda a los Municipios.

VI. El Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada Contra el Hambre, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de enero de 2013, dispone que los Programas del Gobierno Federal podrán apoyar en la instrumentación de la Cruzada Contra el Hambre, la cual es una estrategia de inclusión y bienestar social. De igual manera, se observarán las directrices marcadas por la Comisión Intersecretarial para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia.

VII. La Dirección General de Programación y Presupuestación de la "SEDATU" mediante Oficio No IV-410-0003991, fechado a 23 de diciembre de 2015, comunicó a la Dirección General de Rescate de Espacios Públicos de la "SEDATU", el monto de los subsidios autorizados a la vertiente "ESPACIOS PÚBLICOS" para el ejercicio fiscal 2016.

DECLARACIONES

I.La "SEDATU" declara, por conducto de sus representantes:

I.1 Que es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de lo establecido en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1, 2, fracción I y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

I.2 Que conforme a las atribuciones contenidas en el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, tiene entre otras atribuciones, la de impulsar, en coordinación con las autoridades estatales y municipales, la formulación de políticas que armonicen el desarrollo urbano con criterios uniformes respecto de la planeación, control y crecimiento con calidad de las ciudades y zonas metropolitanas del país, además de los centros de población en general, así como su respectiva infraestructura de comunicaciones y de servicios.

I.3 Que el Director General de Rescate de Espacios Públicos cuenta con las facultades para celebrar el presente instrumento legal, de acuerdo al artículo 13, fracción III y 24 del Reglamento Interior de la Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.

I.4 Que la Delegación Estatal de la "SEDATU", cuenta con las atribuciones para celebrar el presente instrumento legal, en términos del artículo 35, fracción III y 36 del Reglamento Interior de la Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano .

I.5 Que para efectos del presente instrumento, señala su domicilio el ubicado en Avenida Constituyentes, número 1070, Colonia Lomas Altas, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11950, en la Ciudad de México.

II. El "GCDMX" declara, por conducto de sus representantes:

II.1 Que es la sede de los Poderes de la Unión y Capital de los Estados Unidos Mexicanos de conformidad con lo establecido en los artículos 43, 44 y 122 de la Constitucion Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 y 2 del Estatuto del Gobierno del Distrito Federal; 1 y 2 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, 1 y 2 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, cuyo órgano ejecutivo recae en el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, según se establece en los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR