Convenio de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación, a través de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, y el Estado de Tamaulipas, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para la ejecución del Programa Anual Autorizado denominado Acciones para Garantizar el Derecho a una Vida Libre de Violencia para las Mujeres en Tamaulipas 2022.

Fecha de publicación05 Agosto 2022
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
CONVENIO de Coordinación que celebran <a href="https://vlex.com.mx/vid/ley-aduanera-42578673">la</a> Secretaría de Gobernación, a través de <a href="https://vlex.com.mx/vid/ley-aduanera-42578673">la</a> Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar <a href="https://vlex.com.mx/vid/ley-aduanera-42578673">la</a> Violencia contra las Mujeres, y el Estado de Tamaulipas, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para <a href="https://vlex.com.mx/vid/ley-aduanera-42578673">la</a> ejecución
CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación, a través de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, y el Estado de Tamaulipas, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para la ejecución del Programa Anual Autorizado denominado Acciones para Garantizar el Derecho a una Vida Libre de Violencia para las Mujeres en Tamaulipas 2022. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "GOBERNACIÓN", A TRAVÉS DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO "CONAVIM", REPRESENTADA POR SU TITULAR MA FABIOLA ALANÍS SÁMANO, Y POR LA OTRA PARTE EL GOBIERNO DEL ESTADO DE TAMAULIPAS A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA SECRETARIA DE FINANZAS, MARÍA DE LOURDES ARTEAGA REYNA, ASISTIDA POR EL INSTITUTO DE LAS MUJERES EN TAMAULIPAS EN ADELANTE "LA IMEF", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU DIRECTORA GENERAL, MARÍA ELENA FIGUEROA SMITH, A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ, "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, (CONSTITUCIÓN), consagra en su artículo 1o. que, todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que la Constitución establece.
En esa virtud, las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con la CONSTITUCIÓN y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.
Por tanto, todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.
El quinto párrafo del artículo 4o. de la CONSTITUCIÓN dispone que toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho.
En el mismo sentido, México ha suscrito diversos instrumentos y tratados internacionales en materia de derechos humanos de las mujeres y particularmente el de una vida libre de violencias, tales como la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) y su Protocolo Facultativo, así como las recomendaciones de su Comité; la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belem do Pará); la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing; la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer; el Manual para la investigación y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (Protocolo de Estambul); la Convención Americana sobreDerechos Humanos (Pacto de San José); la Convención sobre los Derechos del Niño; la Declaración Universal deDerechos Humanos; Declaración del Milenio y los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular se hace referencia al objetivo "Lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y las niñas", en lo que concierne a las siguientes metas:
1) "Poner fin a todas las formas de discriminación contra todas las mujeres y las niñas en todo el mundo", y
2) "Eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las niñas en los ámbitos público y privado, incluidas la trata y la explotación sexual y otros tipos de explotación".
En ese tenor, el gobierno federal creó el Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas (PAIMEF), como una respuesta específica para promover la formulación e implementación de políticas públicas a nivel local para que, en un marco de derechos humanos y desde la perspectiva de género, se buscara la prevención y atención de la violencia contra las mujeres, así como proporcionarles herramientas para su empoderamiento. Asimismo, busca establecer vínculos entre los tres órdenes de gobierno, a través de las Instancias de Mujeres en la Entidades Federativas para que, como ejecutoras de dicho Programa, propongan, implementen y promuevan acciones interinstitucionales a nivel estatal en coordinación con los municipios, con los tres poderes y actores sociales, desde un abordaje integral de esta problemática.
De esta manera, el PAIMEF contribuye a la generación de condiciones para el desarrollo humano, el ejercicio de derechos, el empoderamiento y la plena inclusión social de mujeres, en el entendimiento de que las violencias de género son un factor que atenta contra el ejercicio de los derechos humanos de las mujeres,
impide su acceso a la igualdad de oportunidades y restringe su incorporación a los procesos de desarrollo social.
Este Programa cuenta con el presupuesto de operación para el ejercicio fiscal 2022, de conformidad con lo establecido en el artículo Vigésimo Primero del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2022 (PEF 2022), publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el 29 de noviembre del 2021, el cual señala que los recursos asignados ascienden a la cantidad de hasta $288,988,386.00 (Doscientos ochenta y ocho millones novecientos ochenta y ocho mil trescientos ochenta y seis pesos 00/100 M.N.).
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los subsidios deberán sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberá, entre otros aspectos: i) identificar con precisión la población objetivo; ii) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; iii) prever la temporalidad en su otorgamiento, y iv) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
El PAIMEF fue transferido del Ramo Administrativo 20 "Bienestar" al Ramo 04 "Gobernación", mediante Acuerdo de Traspaso de recursos presupuestarios celebrado entre la Secretaría de Bienestar y la Secretaría de Gobernación a través de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, cuyo objeto fue traspasar recursos presupuestarios federales, correspondientes al Programa presupuestario S155 Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas del Ejercicio Fiscal 2022.
Derivado de dicha transferencia, el 10 de junio de 2022, la "CONAVIM", publicó en el DOF, las Reglas de Operación del Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas, para el ejercicio fiscal 2022 (REGLAS), con el objeto establecer los criterios y requisitos de elegibilidad de los programas anuales que integran las Instancias de Mujeres en la Entidades Federativas, mediante los cuales promueven y operan acciones de prevención y atención.
Toda vez que "LA IMEF" ha cumplido con el numeral 3.3 denominado "Criterios y requisitos de elegibilidad de los Programas Anuales" establecido en las REGLAS, resulta necesario ejecutar "EL PROGRAMA ANUAL" que obra en el Sistema Integral del PAIMEF, para empoderar a las mujeres en situación de violencia que solicitan servicios de orientación y atención especializada en las unidades apoyadas por dicho Programa; por lo que "LAS PARTES" manifiestan formalizar el presente instrumento al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I. "GOBERNACIÓN" declara que:
I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los artículos 90 de la CONSTITUCIÓN; 1o., 2o., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de laAdministración Pública Federal y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría...

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