Convenio de Coordinación que celebran la Secretaría de Educación Pública y el Centro Regional de Formación Docente e Investigación Educativa del Estado de Sonora

Fecha de disposición31 Marzo 2016
Fecha de publicación31 Marzo 2016
EmisorSECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

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CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Educación Pública y el Centro Regional de Formación Docente e Investigación Educativa del Estado de Sonora. CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "LA SEP", REPRESENTADA POR EL DR. SALVADOR JARA GUERRERO, SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR, ASISTIDO POR EL MTRO. MARIO ALFONSO CHÁVEZ CAMPOS, DIRECTOR GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR PARA PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN, Y POR EL MTRO. JAVIER PEREA RAMÍREZ, COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR, POR LA OTRA PARTE, EL CENTRO REGIONAL DE FORMACIÓN DOCENTE E INVESTIGACIÓN EDUCATIVA DEL ESTADO DE SONORA, EN LO SUCESIVO "CRFDIES", REPRESENTADO POR LA DRA. NORMA GUADALUPE PESQUEIRA BUSTAMANTE, EN SU CARÁCTER DE RECTORA; DE CONFORMIDAD CON LO SIGUIENTE:

ANTECEDENTES

Primero.- El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, contempla dentro de su Meta Nacional número 3, "México con Educación de Calidad", en su objetivo 3.2 "Garantizar la inclusión y la equidad en el Sistema Educativo", Estrategia 3.2.1 "Ampliar las oportunidades de acceso a la educación en todas las regiones y sectores de la población"; establece en sus líneas de acción, "Fomentar la ampliación de la cobertura del programa de becas de educación media superior y superior; y establecer alianzas con Instituciones de Educación Superior y organizaciones sociales, con el fin de disminuir el analfabetismo y el rezago educativo".

Segundo.- La Ley General de Educación establece que el Estado promoverá y atenderá, directamente, mediante sus organismos descentralizados, a través de apoyos financieros, o bien, por cualquier otro medio, todos los tipos y modalidades educativos, incluida la educación superior, por lo que las autoridades educativas en el ámbito de sus respectivas competencias desarrollarán programas para otorgar becas y demás apoyos económicos a las y los alumnos(as).

Tercero.- El Programa Sectorial de Educación 2013-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de diciembre del 2013, establece dentro del objetivo 2. "Fortalecer la calidad y pertinencia de la educación media superior, superior y formación para el trabajo", a fin de que contribuyan al desarrollo de México.

Cuarto.- Con fecha 30 de diciembre de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo número 16/12/15 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas para el ejercicio fiscal 2016, en lo sucesivo "Las Reglas".

DECLARACIONES

  1. De "LA SEP":

    I.1.- Que de conformidad con los artículos 2o., fracción I, 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una Dependencia de la Administración Pública Centralizada, la cual tiene a su cargo el ejercicio de la función social educativa, sin perjuicio de la concurrencia de las entidades federativas y los municipios.

    I.2.- Que el Dr. Salvador Jara Guerrero, Subsecretario de Educación Superior, suscribe el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2005 y, el "Acuerdo número 399 por el que se delegan facultades a los subsecretarios y titulares de unidad de la Secretaría de Educación Pública", publicado en el mismo órgano informativo el 26 de abril de 2007.

    I.3.- Que cuenta con los recursos financieros necesarios para la celebración del presente instrumento, en el marco del Programa Nacional de Becas S243, en su presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2016, con cargo a la clave presupuestaria: 11 500 2 5 03 00 005 S243 43901 1 1 09.

    I.4.- Que para efectos del presente convenio señala como domicilio el ubicado en la Calle de Brasil No. 31, oficina 306, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06020, en la Ciudad de México.

  2. De "EL CRFDIES":

    II.1.- Que es un organismo público descentralizado de la administración pública estatal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que cuenta con autonomía técnica y académica para decidir sobre su oferta educativa y demás servicios académicos, y sectorizado a la Secretaría de Educación y Cultura, de conformidad con el artículo 1o. del "Decreto por el que se crea el Centro Regional de Formación Docente e Investigación Educativa del Estado de Sonora", publicado en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora, el día 15 de febrero de 2012.

    II.2.- Que tiene por objeto, entre otros, impartir educación superior, en todos sus niveles y modalidades, para la formación de docentes de educación básica y normal, bajo criterios de excelencia académica, innovación, pertinencia y relevancia social; coadyuvar en la formación, actualización, capacitación y superación profesional de docentes altamente calificados en el campo de la educación; desarrollar funciones de vinculación con los sectores público, privado y social, para contribuir con el desarrollo educativo y social de la Región.

    II.3.- Que la Dra. Norma Guadalupe Pesqueira Bustamante, Rectora, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 14, 15 y 16 fracción VIII del Decreto que crea el Centro Regional de Formación Docente e Investigación Educativa del Estado de Sonora, facultades que bajo protesta de decir verdad, manifiesta no le han sido revocadas ni modificadas a la firma del presente convenio.

    II.4.- Que para los efectos legales de este instrumento jurídico, señala como su domicilio el ubicado en la Carretera Federal 15, Km. 10.5, Colonia Café Combate, C.P. 83165, Municipio de Hermosillo, Estado de Sonora.

    Una vez manifestado lo anterior, con base en los fines y objetivos que conforme a sus respectivos ámbitos de competencia y de su actuación tienen encomendados y atendiendo al interés de ambas partes, han decidido celebrar este convenio de conformidad con las siguientes:

    CLÁUSULAS

    PRIMERA.- Es objeto de este convenio, establecer las bases conforme a las cuales "LA SEP", proporcionará apoyo financiero durante el ejercicio fiscal 2016 al "CRFDIES" para el otorgamiento de hasta 101 (Ciento un) Becas de Capacitación, en el marco del "Programa Nacional de Becas", para el desarrollo del proyecto denominado "Programa de Capacitación Académica para Estudiantes y Docentes miembros del cuerpo directivo de Escuelas Normales Públicas en Francia SEP-CRFDIES 2016", en lo sucesivo el "Programa", de acuerdo con lo establecido en el Anexo de Ejecución, el cual firmado por las partes, forma parte integrante del presente instrumento.

    SEGUNDA.- "LA SEP", en cumplimiento al objeto de este convenio, se obliga a:

    A).- Aportar con base en su disponibilidad presupuestaria en el ejercicio fiscal 2016, al "CRFDIES" la cantidad de hasta $10'854,000.00 (Diez millones ochocientos cincuenta y cuatro mil pesos 00/100 M.N.), que será destinada exclusivamente para cubrir el pago de becas de los(as) Beneficiarios(as) del "Programa", consistentes en la entrega de hasta 101 (Ciento un) apoyos económicos, de acuerdo con lo establecido en el Anexo de Ejecución, a los(as) estudiantes y docentes miembros del cuerpo directivo de Escuelas Normales Públicas que se encuentren inscritos en el "Programa";

    B).- Coordinarse con el "CRFDIES" por conducto de su Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior, para establecer un mecanismo de seguimiento y evaluación del "Programa", a efecto de verificar su cumplimiento y objetivos hasta su total conclusión;

    C).- Asesorar al "CRFDIES", respecto de lo previsto en "Las Reglas" y brindarle las facilidades que requiera para la realización de las actividades acordadas en este convenio y su Anexo de Ejecución;

    D).- Reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos que no se destinen a los fines autorizados, y aquellos que al cierre del ejercicio fiscal 2016 no se hayan devengado, y

    E).- Realizar las demás actividades que acuerde previamente con el "CRFDIES", las que le correspondan derivadas de este convenio y su Anexo de Ejecución, así como aquellas aplicables previstas en "Las Reglas".

    TERCERA.- Por su parte, el "CRFDIES", se obliga a:

    A).- Elaborar la(s) convocatoria(s) correspondiente(s) y ponerla(s) a consideración de "LA SEP", en caso de que esta así lo solicite por escrito;

    B).- Abrir en una institución bancaria legalmente autorizada una cuenta específica para la administración y ejercicio de los recursos financieros que le aporte "LA SEP" y los productos que generen, así como destinarlos exclusivamente al desarrollo del "Programa" descrito en el Anexo de Ejecución de este convenio;

    C).- Asegurar y supervisar que los(as) Beneficiarios(as) seleccionados cumplan con el (o los) objetivo(s) del "Programa";

    D).- Proveer los recursos técnicos y operativos necesarios para el eficiente y óptimo desarrollo del "Programa";

    E).- Resguardar por un plazo de 5 (cinco) años, la documentación original comprobatoria del ejercicio y aplicación de los recursos materia de este convenio;

    F).- Entregar por escrito a la Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior de "LA SEP", en lo sucesivo "LA CNBES", los informes técnico-financieros parciales detallados que le solicite, referentes a la aplicación del "Programa" y del ejercicio de los recursos financieros que le aporte, dentro de los primeros 10 (diez) días hábiles de cada trimestre, de conformidad con lo establecido en el Anexo de Ejecución del presente convenio;

    G).- Entregar por escrito a "LA CNBES", un informe técnico-financiero final detallado referente a la aplicación del "Programa" y al ejercicio de los recursos financieros, dentro de los 15 (quince) días anteriores al término del periodo de ejecución del presente convenio, de conformidad con...

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