Convenio de Coordinación que celebran la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión y la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, para la fiscalización del ejercicio de los recursos del Ramo General 33, reasignados y demás recursos federales transferidos al ...

Fecha de disposición06 Abril 2004
Fecha de publicación06 Abril 2004
EmisorAUDITORIA SUPERIOR DE LA FEDERACION
SecciónPRIMERA. Poder Legislativo

CONVENIO de Coordinación que celebran la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión y la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, para la fiscalización del ejercicio de los recursos del Ramo General 33, reasignados y demás recursos federales transferidos al Gobierno del Distrito Federal que se prevén en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Auditoría Superior de la Federación.- Cámara de Diputados.

CONVENIO DE COORDINACION Y COLABORACION PARA LA FISCALIZACION DEL EJERCICIO DE LOS RECURSOS DEL RAMO GENERAL 33, REASIGNADOS Y DEMAS RECURSOS FEDERALES TRANSFERIDOS AL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL QUE SE PREVEN EN EL DECRETO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION QUE CELEBRAN LA CAMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNION, POR CONDUCTO DE LA AUDITORIA SUPERIOR DE LA FEDERACION, A LA QUE EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DE ESTE INSTRUMENTO SE DENOMINARA LA AUDITORIA SUPERIOR , REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR EL CPC. ARTURO GONZALEZ DE ARAGON O. Y LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, POR MEDIO DE LA CONTADURIA MAYOR DE HACIENDA DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, A LA QUE EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DE ESTE INSTRUMENTO SE DENOMINARA LA CONTADURIA MAYOR , REPRESENTADA POR LA PRESIDENTA DEL ORGANO SUPERIOR DE DIRECCION, DRA. MA. DE LA LUZ MIJANGOS BORJA, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:

ANTECEDENTES

  1. A partir del ejercicio fiscal de 1997, se establecieron en el Presupuesto de Egresos de la Federación respectivo, nuevos mecanismos de distribución de los recursos federales hacia las entidades federativas y el Gobierno del Distrito Federal.

  2. El denominado Ramo General 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios , cuya regulación prevé el capítulo V De los Fondos de Aportaciones Federales de la Ley de Coordinación Fiscal, surge de la integración de los programas asociados a los Ramos 9 Comunicaciones y Transportes , 11 Educación Pública , 12 Salud , 25 Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica y Normal , y 26 Desarrollo Social y Productivo en Programas de Pobreza .

  3. Otro de los mecanismos de apoyo lo constituyó la distribución de recursos mediante la reasignación del gasto público federal.

  4. Tales mecanismos identifican el destino de los recursos y su magnitud, así como las responsabilidades de inspección y vigilancia a cargo de las instancias federales, estatales, municipales y del Gobierno del Distrito Federal.

  5. Respecto de las reasignaciones, aportaciones, o recursos transferidos del gasto público federal, corresponde al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, actualmente Secretaría de la Función Pública, así como de las dependencias encargadas de los programas y gastos con esta naturaleza, celebrar convenios con los diversos entes de Gobierno de la República en el marco del concepto de desarrollo social; a su vez, la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión y las legislaturas locales están facultadas para celebrar los convenios necesarios que garanticen en este sentido, el cumplimiento de las disposiciones legales y normatividad aplicable.

  6. Se faculta a dicha Secretaría de la Función Pública, que en el ámbito de sus atribuciones, realice la inspección y vigilancia del ejercicio y reasignación del Ramo General 33, mientras que a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, por conducto de la Auditoría Superior de la Federación corresponde celebrar los convenios necesarios con objeto de establecer la coordinación que se requiera para la revisión y fiscalización superior de los recursos referidos, en los aspectos mencionados.

  7. Debido a la importancia de la distribución a las entidades federativas y al Gobierno del Distrito Federal de los recursos federales reasignados y transferidos, y a que el ejercicio del gasto se debe realizar con transparencia, eficiencia y eficacia y canalizarse de manera exclusiva al objeto para el cual se asigna, resulta esencial...

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