Convenio de Coordinación que celebran la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y el Estado de San Luis Potosí, con el objeto de conjuntar acciones y recursos para instrumentar el Programa Nacional de Apoyo a la Acuacultura Rural 2004 en dicha entidad federativa

Fecha de disposición19 Enero 2005
Fecha de publicación19 Enero 2005
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y el Estado de San Luis Potosí, con el objeto de conjuntar acciones y recursos para instrumentar el Programa Nacional de Apoyo a la Acuacultura Rural 2004 en dicha entidad federativa.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

CONVENIO DE COORDINACION QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION, REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL C. JAVIER BERNARDO USABIAGA ARROYO, ASISTIDO EN ESTE ACTO POR EL OFICIAL MAYOR DE LA SECRETARIA, C. XAVIER PONCE DE LEON ANDRADE; EL COMISIONADO NACIONAL DE ACUACULTURA Y PESCA, C. RAMON CORRAL AVILA; EL DIRECTOR GENERAL DE ORGANIZACION Y FOMENTO, C. MOISES GOMEZ REYNA, Y EL DELEGADO DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION EN EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI, C. JOSE MANUEL ROSILLO IZQUIERDO Y, POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SAN LUIS POTOSI, REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL C. MARCELO DE LOS SANTOS FRAGA, QUIEN INTERVIENE ASISTIDO EN ESTE ACTO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, C. ALFONSO JOSE CASTILLO MACHUCA; EL SECRETARIO DE FINANZAS, C. JOEL AZUARA ROBLES; EL SECRETARIO DE PLANEACION DEL DESARROLLO, C. JOSE ANTONIO MADRIGAL ORTIZ Y EL SECRETARIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO Y RECURSOS HIDRAULICOS, C. MANUEL DAVID SANCHEZ HERMOSILLO, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA LA SECRETARIA Y EL GOBIERNO DEL ESTADO , RESPECTIVAMENTE, CON EL OBJETO DE CONJUNTAR ACCIONES Y RECURSOS PARA INSTRUMENTAR EL PROGRAMA NACIONAL DE APOYO A LA ACUACULTURA RURAL 2004 EN EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:

ANTECEDENTES

El Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, a fin de lograr un crecimiento con calidad, establece que promoverá el desarrollo rural y el mejoramiento de las condiciones socioeconómicas de las familias de este sector mediante el apoyo de la inversión, la integración de cadenas productivas, el desarrollo de nuevas capacidades, la transferencia de tecnología y el apoyo a proyectos y programas productivos que beneficien directamente a las comunidades de escasos recursos: así mismo, precisa la necesidad de promover un desarrollo económico regional equilibrado, mejorando la infraestructura y estimulando la generación de empleos en las comunidades más rezagadas del país.

En virtud de lo anterior, el desarrollo agropecuario, acuícola y pesquero es fundamental para elevar el bienestar de la población del medio rural, por lo que el Programa Nacional de Acuacultura Rural, inscrito en el Programa Sectorial de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación 2001-2006, representa una estrategia eficaz para el combate a la pobreza extrema y para favorecer a las comunidades del medio rural, contribuyendo de manera significativa en la producción de alimentos en áreas donde existen graves carencias de alimentación.

DECLARACIONES

  1. De LA SECRETARIA :

    Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia del Ejecutivo Federal con las atribuciones que le confiere el artículo 35 del mismo ordenamiento legal y las demás disposiciones legales, reglamentarias y normativas aplicables en la materia, cuyo Titular cuenta con las facultades no delegables para suscribir los convenios y acuerdos de coordinación que se celebren con los gobiernos de las entidades federativas, según lo establecido en el artículo 6 fracción XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

    Que entre sus atribuciones le corresponde entre otros asuntos, formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo rural, a fin de elevar el nivel de vida de las familias que habitan en el campo, asimismo, establecer programas y acciones que tiendan a fomentar la productividad y la rentabilidad de las actividades económicas rurales; integrar e impulsar los proyectos de inversión que permitan canalizar productivamente recursos públicos y privados al gasto social en el sector rural, y coordinar y ejecutar la política nacional para crear y apoyar empresas que asocien a grupos de productores rurales a través de acciones de planeación, programación, concertación, coordinación, aplicación, recuperación y revolvencia de recursos, para ser destinados a los mismos fines, así como fomentar la actividad pesquera.

    Que para realizar el objeto del presente instrumento, cuenta...

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