Convenio modificatorio al Convenio Marco de Coordinación y Colaboración en materia de Tránsito, Transporte Público, Gestión de Emergencias, Seguridad Pública y Bienes en Comodato, celebrado entre el Estado de Querétaro y el Municipio de Colón, Qro.

3 de agosto de 2007 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 3235
PODER EJECUTIVO
Convenio modificatorio al Convenio Marco de Coordinación y Colaboración en materia de Tránsito,
Transporte Público, Gestión de Emergencias, Seguridad Pública y Bienes en Comodato, celebrado entre
el Estado de Querétaro y el Municipio de Colón
A n t e c e d e n t e s
I. El 15 de febrero del año 2007 dos mil siete, el Estado de Querétaro y el Municipio de Colón, celebraron
un Convenio Marco de Coordinación y Colaboración en materia de Tránsito, Transporte Público, Gestión
de Emergencias, Seguridad Pública y Bienes en Comodato.
II. En los términos de la Cláusula Cuarta de dicho convenio, se dejó expresamente establecida la posibilidad
de que las partes otorgantes modificaran o adicionaran dicho instrumento, mediante la celebración de
convenios modificatorios.
III. Las Cláusulas Vigésimo Novena en sus fracciones I y II y Trigésimo Quinta en su primer párrafo, contie-
nen imprecisiones que es necesario solventar en los términos del presente convenio modificatorio.
Por lo anterior, LAS PARTES convienen en celebrar este instrumento complementario de conformidad con las
siguientes:
C l á u s u l a s
Primera.- Se modifican las fracciones I y II de la Cláusula Vigésimo Novena del Convenio Marco de Coordina-
ción y Colaboración a que se refiere el Antecedente I de este instrumento, para quedar como siguen:
“CLAUSULA VIGÉSIMO NOVENA. Municipalización
I. “EL MUNICIPIO” se compromete a destinar para la instalación del equipo tecnológico de platafor-
ma del Sistema, un inmueble bajo su propiedad o posesión derivada bajo título legítimo, que consti-
tuirá el Centro Municipal de Emergencias y que deberá reunir las características de superficie, ubi-
cación y seguridad que se especifiquen mediante un Anexo Técnico.
II. El Sistema deberá atender en forma centralizada, integral, permanente y coordinada con el Centro
Municipal de Emergencias, toda clase de reportes y llamados de emergencia en materia de sinies-
tros, accidentes domésticos y viales, fenómenos geológicos, químico-tecnológicos, sanitario-
ecológicos, socio-organizativos, hidrometeorológicos, de victimización criminal y demás circunstan-
cias, riesgos, calamidades o amenazas que requieran la intervención inmediata de las autoridades
competentes.
III. a VI. “EL MUNICIPIO”...”
Segunda.- Se modifica el párrafo primero de la Cláusula Trigésimo Quinta del Convenio Marco de Coordinación
y Colaboración a que se refiere el Antecedente I de este instrumento, para quedar como siguen:
“CLAUSULA TRIGÉSIMO QUINTA. Proyecto-tipo de Reglamento Municipal de Policía.- Con el
propósito de armonizar y optimizar el marco reglamentario de las corporaciones municipales de segu-
ridad en el Estado, “LA SECRETARÍA”, dentro del primer año contado a partir de las suscripción
de este convenio, presentará a consideración de “EL MUNICIPIO”, un proyecto-tipo de Reglamento
de Policía Municipal, que el ayuntamiento respectivo evaluará y aprobará, en su caso, con las adapta-
ciones que considere necesarias de acuerdo con las características geográficas, poblacionales, so-
cioeconómicas, gubernativas y de infraestructura urbana y rural del municipio.
El proyecto-tipo...”

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR