Convenio de Colaboración en materia de capacitación, difusión y divulgación para prevenir la comisión de los delitos electorales y fomentar la participación ciudadana, que celebran la Procuraduría General de la República, con intervención de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales, y la Asociación de Presidentes y Presidentas de los Institutos y Consejos Electorales de las Entidades Federativas, A.C.

Fecha de disposición05 Junio 2015
Fecha de publicación05 Junio 2015
EmisorPROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA
SecciónTERCERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Procuraduría General de la República.- Asociación de Presidentes y Presidentas de los Institutos y Consejos Electorales de las Entidades Federativas, A.C. CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE CAPACITACIÓN, DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN PARA PREVENIR LA COMISIÓN DE LOS DELITOS ELECTORALES Y FOMENTAR LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, REPRESENTADA POR SU TITULAR, LA MTRA. ARELY GÓMEZ GONZÁLEZ, EN LO SUCESIVO "LA PGR", CON INTERVENCIÓN DE LA FISCALÍA ESPECIALIZADA PARA LA ATENCIÓN DE DELITOS ELECTORALES, REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL DR. SANTIAGO NIETO CASTILLO, EN LO SUCESIVO "LA FEPADE"; Y POR LA OTRA, LA ASOCIACIÓN DE PRESIDENTES Y PRESIDENTAS DE LOS INSTITUTOS Y CONSEJOS ELECTORALES DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, A.C., REPRESENTADA POR SU PRESIDENTE, EL MTRO. JAVIER MIER MIER, EN LO SUCESIVO "LA APPICEEF"; A QUIENES ACTUANDO CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", AL TENOR DE LAS CONSIDERACIONES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

CONSIDERACIONES

  1. El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, establece como líneas de acción en su Meta Nacional "México en Paz", Objetivo 1.1. "Promover y fortalecer la gobernabilidad democrática", Estrategia 1.1.1. "Contribuir al desarrollo de la democracia" el impulsar el respeto a los derechos políticos de los ciudadanos, para fortalecer la democracia y contribuir a su desarrollo, así como, difundir campañas que contribuyan al fortalecimiento de los valores y principios democráticos.

  2. El Programa Nacional de Procuración de Justicia 2013-2018, dispone en su Objetivo 4. "Reducir la impunidad", Estrategia 4.2 "Fortalecer los mecanismos para la recepción, atención y seguimiento de la denuncia", la línea de acción 4.2.1. relativa a realizar acciones que permitan incrementar el nivel de denuncia, y con ello fomentar la cultura de la legalidad.

  3. La Procuradora General de la República dentro de sus acciones prioritarias en materia de Procuración de Justicia contempla coordinar a las diferentes unidades de la Institución para el ejercicio de su función sustantiva y la atención de los principios constitucionales de la procuración de justicia, como los derivados de la reforma político-electoral en materia de delitos electorales y de combate a la corrupción.

  4. El fortalecimiento y consolidación de la democracia mexicana, requiere de un trasparente desarrollo de los procesos electorales, siendo una parte fundamental que los servidores públicos se conduzcan con legalidad, honestidad, trasparencia, lealtad, imparcialidad y eficiencia.

  5. La Ley General en Materia de Delitos Electorales, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de mayo de 2014, establece en su artículo 1° que dicho ordenamiento es de orden público y de observancia general en toda la República y tiene por objeto en materia de delitos electorales, establecer los tipos penales, las sanciones, la distribución de competencias y las formas de coordinación entre los órdenes de gobierno, así como la protección del adecuado desarrollo de la función pública electoral.

  6. El 10 de febrero de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia política-electoral, entre ellos, el artículo 102, Apartado A.

  7. En la medida en que la ciudadanía en general y los servidores públicos estén informados sobre los actos y omisiones que pueden constituir delitos electorales o faltas administrativas, en los términos que establece la Ley General en Materia de Delitos Electorales y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, se coadyuvará en la inhibición de este tipo de conductas y se fortalecerá la transparencia y la legalidad en la gestión pública, contribuyendo a la consolidación del Estado de

    Derecho.

    DECLARACIONES

  8. DECLARA "LA PGR":

    I.1. Que es una Institución ubicada en el ámbito del Poder Ejecutivo Federal, a la que le compete el despacho de los asuntos que al Ministerio Público de la Federación y a la Procuradora General de la República les atribuyen los artículos 21 y 102, Apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, su Reglamento y demás...

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