CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE AGUASCALIENTES, Y LA FUNDACIÓN MEXICANA PARA LA SALUD, A. C.

Fecha de publicación05 Febrero 2024
SecciónCuarta Sección
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 67Febrero 5 de 2024 (Cuarta Sección)
SECRETARÍA DE SALUD
INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO
DE AGUASCALIENTES, EN LO SUCESIVO “AGUASCALIENTES”, REPRESENTADO EN ESTE ACTO
POR EL DR. RUBÉN GALAVIZ TRISTÁN, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD Y
DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE
AGUASCALIENTES, Y LA FUNDACIÓN MEXICANA PARA LA SALUD, A. C., EN LO SUCESIVO
“FUNSALUD”, REPRESENTADA POR EL LIC. HÉCTOR VALLE MESTO, EN SU CARÁCTER DE
PRESIDENTE EJECUTIVO, QUIENES EN CONJUNTO SERÁN DENOMINADAS COMO “LAS PARTES”,
AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
DECLARACIONES
I. Declara AGUASCALIENTES, por conducto de su representante:
I.1 Ser un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes,
con personalidad Jurídica propia, Patrimonio Propio y Funciones de Autoridad, como lo establece el
Periódico Oficial del Estado de fecha 13 de junio de 2011.
I.2 De conformidad con lo que señala el artículo 4° de la Ley del Instituto de Servicios de Salud del Estado
de Aguascalientes, tiene por objeto la prestación de los Servicios de Salud a la población abierta en el
Estado, según lo que establecen la Ley de Salud del Estado, sus reglamentos, el acuerdo de
coordinación y programas que, sobre la materia, suscriba por el Poder Ejecutivo del Estado.
I.3 Que es el DR. RUBÉN GALAVIZ TRISTÁN, el Secretario de Salud y Director General del Instituto de
Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, quien acredita tener facultades para suscribir el
presente Convenio de Colaboración, de conformidad con los artículos 46 fracción X y 49 de la
XXXI del Reglamento Interior del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, quien
acredita sus cargos con los nombramientos expedidos por la DRA. MARÍA TERESA JIMÉNEZ
ESQUIVEL Gobernadora Constitucional del Estado de Aguascalientes, mediante oficio número
DG/N/004/2022 y oficio DG/N/045/2022, ambos de fecha 01 de octubre de 2022, el cual está
debidamente inscrito en el Registro de Entidades Paraestatales bajo el número 48, fojas de la 365 a la
366 del Volumen 43
I.4 Tener su domicilio legal ubicado en la calle Margil de Jesús número 1501, del fraccionamiento Las
Arboledas, Aguascalientes, Aguascalientes, C.P. 20020, RFC. ISS880101GF1, teléfono 4499107900.
II. Declara “FUNSALUD”, a través de su Presidente Ejecutivo:
II.1. Que es una asociación civil debidamente constituida, de conformidad con las leyes mexicanas como
lo acredita con la escritura pública número 217,720, de fecha 22 de mayo de 1985, otorgada ante la
fe pública del Lic. Francisco Lozano Noriega, entonces Notario Público Número 10 del Distrito
Federal, inscrita ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio en Personas Morales, bajo
el folio número 9584, de fecha 11 de julio de 1985.
II.2. Que su objeto social es contribuir al fortalecimiento científico y tecnológico en materia de salud,
mediante el impulso a la investigación, a la divulgación, a la formación de recursos humanos de alto
nivel y al desarrollo tecnológico, identificar problemas de salud y generar proyectos específicos
tendentes a su solución.
II.3. Que tiene como Registro Federal de Contribuyentes el siguiente: FMS 850622 8M3.
II.4. Que el Lic. Héctor Valle Mesto, en su carácter de Presidente Ejecutivo, cuenta con las facultades
amplias y suficientes para celebrar el presente convenio, acreditando su personalidad mediante
Escritura Pública número 114,382 otorgado el 10 de abril de 2018, ante la fe del licenciado Luis Felipe
Morales Viesca, Notario Público número 22 en la Ciudad de México, mismas que no le han sido
modificadas, limitadas o revocadas en forma alguna al momento de firma del presente instrumento.
II.5. Que para todos los fines y efectos legales del presente Convenio señala como domicilio el ubicado en
Av. Periférico Sur, número 4809, Colonia Arenal Tepepan, Alcaldía Tlalpan, Código Postal 14610,
Ciudad de México.
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(Cuarta Sección)
III. DECLARAN “LAS PARTES”:
III.1. Que se reconocen mutuamente la personalidad con la que concurren a la celebración del presente
Convenio.
III.2. Que es su voluntad celebrar el presente Convenio, asumiendo los derechos y las obligaciones que
del mismo deriven, por lo que no existe error, dolo, mala fe o vicio del consentimiento alguno,
sujetando su compromiso al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA: OBJETO. El objeto del presente Convenio de Colaboración en lo sucesivo “EL CONVENIO” es
para establecer el consentimiento de AGUASCALIENTES para que “FUNSALUD”
desarrolle el proyecto denominado: Desarrollo e implementación de procesos de telemedicina
y herramientas tecnológicas para la prestación de servicios médicos en Aguascalientes en
respuesta a la pandemia del COVID-19 (en lo sucesivo "EL PROYECTO"), cuyo objetivo
consiste en: Generar recomendaciones y buenas prácticas para el desarrollo y la
implementación de un programa de telemedicina y de otras herramientas tecnológicas
colaborativas, mediante el diagnóstico, evaluación y análisis de los procesos y servicios que
permitan fortalecer las unidades de primer nivel para el seguimiento de pacientes con COVID-
19 activo o post COVID con comorbilidades en comunidades rurales y periurbanas en la ciudad
de Aguascalientes, México. Lo anterior, con base en lo establecido en el Anexo 1, que se
agrega a este Convenio para formar parte integrante del mismo.
SEGUNDA: COMPROMISOS DE “FUNSA LUD” Para la realización del objeto de este instrumento,
“FUNSALUD” se compromete a:
1. Destinar los recursos humanos y materiales necesarios para la implementación y ejecución de
“EL PROYECTO.
2. Solicitar las facilidades necesarias para acceder y trabajar con los equipos de
AGUASCALIENTESque sean necesarias para la implementación y ejecución de “EL
PROYECTO”.
3. Las demás necesarias para el debido cumplimiento del objeto establecido en el presente
instrumento.
TERCERA. COMPROMISOS DE AGUASCALIENTES Para la realización del objeto de este instrumento,
AGUASCALIENTES se compromete a:
1. Dar las facilidades logísticas, de personal y administrativas necesarias para acceder y trabajar
con el personal de AGUASCALIENTES pertinente para la implementación y ejecución de “EL
PROYECTO”. Incluidas, pero no limitadas a:
i. Acceder a Centro de Salud Urbano San Francisco de Los Romo, previa notificación de
FUNSALUD” para el levantamiento de datos;
ii. Permitir y facilitar el trabajo con Centro de Salud Urbano San Francisco de los Romo y
la comunidad por parte de “FUNSALUD” para la ejecución de “EL PROYECTO”;
iii. Gestionar las autorizaciones de los comités de ética e investigación a nivel estatal para
la aprobación del protocolo de investigación y el levantamiento de los datos;
iv. Trabajar con “FUNSALUD” en el diseño gráfico, impresión y distribución de materiales
que faciliten la implementación de “EL PROYECTO”;
v. Contribuir con “FUNSALUDen el diseño de un programa de sostenibilidad de “EL
PROYECTO” para asegurar la continuación de la atención médica a distancia;
vi. Contribuir con “FUNSALUD” en el diseño del protocolo de atención remota de la
población. Ceñirse a los tiempos establecidos entre ambas partes para la ejecución de
EL PROYECTO” con base en el cronograma incorporado en el protocolo.
|
2. Informar a “FUNSALUD” de cualquier circunstancia que incida en el cumplimiento del objeto
de “EL CONVENIO”.
3. Las demás necesarias para el debido cumplimiento del objeto establecido en el presente
instrumento.
CUARTA. RELACIÓN LABORAL “LAS PARTES” convienen que el personal aportado por cada una para
la realización del presente Convenio se entenderá que está relacionado exclusivamente con
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