Extracto del Convenio de desempeño que celebraron las secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Energía, y de Contraloría y Desarrollo Administrativo, y por otra parte las empresas públicas de participación estatal mayoritaria Instalaciones Inmobiliarias para Industrias, S.A. de C.V. y su filial I.I.I. Servicios, S.A. de C.V

Fecha de disposición20 Agosto 2002
Fecha de publicación20 Agosto 2002
EmisorSECRETARIA DE ENERGIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

EXTRACTO del Convenio de desempeño que celebraron las secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Energía, y de Contraloría y Desarrollo Administrativo, y por otra parte las empresas públicas de participación estatal mayoritaria Instalaciones Inmobiliarias para Industrias, S.A. de C.V. y su filial I.I.I. Servicios, S.A. de C.V.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Energía.

EXTRACTO DEL CONVENIO DE DESEMPEÑO QUE CELEBRARON LAS SECRETARIAS DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, DE ENERGIA, Y DE CONTRALORIA Y DESARROLLO ADMINISTRATIVO, Y POR OTRA PARTE LAS EMPRESAS PUBLICAS DE PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA, INSTALACIONES INMOBILIARIAS PARA INDUSTRIAS, S.A. DE C.V. Y SU FILIAL I.I.I. SERVICIOS, S.A. DE C.V.

ANTECEDENTES

  1. El Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 establece la necesidad de promover la productividad del sector público, la cual requiere fortalecer la flexibilidad y autonomía para la toma de decisiones por los funcionarios del gobierno.

  2. La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley de Planeación señalan que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán planear y conducir sus actividades en forma programada, con sujeción a los objetivos y prioridades de la planeación nacional de desarrollo.

    Para su desarrollo y operación, las entidades paraestatales están sujetas a la Ley de Planeación, al Plan Nacional de Desarrollo, a los programas sectoriales que se deriven del mismo y a las asignaciones de gasto y financiamiento autorizadas.

  3. El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002, contempla que la SHCP y la SECODAM, con la opinión favorable de la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento, y con la participación de la correspondiente COORDINADORA DE SECTOR, podrán suscribir convenios de desempeño con las entidades paraestatales.

  4. El Gobierno Federal estableció dentro de los objetivos de la política de gasto, aumentar la eficiencia, eficacia y calidad en la aplicación de los recursos públicos, contando para tal efecto con un sistema de planeación estratégica que brinde claridad y unidad a los propósitos gubernamentales.

  5. En el caso de las empresas públicas, es necesario modernizar los mecanismos de supervisión y control de la Administración Pública Federal que se han implantado para asegurar racionalidad, honestidad y eficiencia en el ejercicio de los recursos públicos.

  6. La Ley Federal de las Entidades Paraestatales otorga autonomía de gestión a las entidades paraestatales, a fin de que sus Organos de Gobierno puedan libremente adoptar las decisiones que consideren necesarias para el mejor cumplimiento de sus objetivos.

  7. El Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales señala entre las responsabilidades de los titulares de las entidades paraestatales, instrumentar y ejecutar en sus términos, los acuerdos que dicte el Organo de Gobierno; para garantizar que la conducción de éstas se sustente en criterios de eficiencia, eficacia y productividad, y de alcanzar las metas y los objetivos de los programas institucionales respectivos.

  8. A fin de contar con una Administración Pública Federal que responda eficaz y oportunamente a las demandas de la ciudadanía se han adoptado medidas para promover una cultura de administración por resultados. En este sentido, los convenios de desempeño conjuntan en un solo instrumento las medidas de la administración por resultados.

  9. Con fecha 30 de junio de 2001, la SHCP, la SECODAM y la COORDINADORA DE SECTOR celebraron un Convenio de Desempeño con las III-CONSOLIDADO.

    El Convenio celebrado anteriormente se prorrogó de manera automática hasta esta fecha en que se formaliza el presente instrumento, en razón de que derivado del resultado de la evaluación del tercer trimestre se determinó que las III-CONSOLIDADO dieron cumplimiento a los compromisos pactados en el Convenio de Desempeño para el Ejercicio Fiscal del año 2001, como se indica en el resultado favorable del informe correspondiente, respecto del cual la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento manifestó su opinión favorable en la V sesión ordinaria de fecha 6 de marzo de 2002. Asimismo, los Organos de Gobierno de las III-CONSOLIDADO, en sesiones del día 9 de noviembre del año 2001 y 15 de febrero del año 2002, acordaron que se realizaran las gestiones necesarias para renovar el Convenio 2001 y suscribir el presente CONVENIO, respectivamente.

  10. Que mediante oficio número 340.A.2.-0210, de fecha 6 de marzo de 2002, la SHCP determinó que las III-CONSOLIDADO pueden celebrar el presente CONVENIO.

  11. La SHCP verificó que la propuesta de CONVENIO presentada por las III-CONSOLIDADO cumple con los requisitos a que se refiere el artículo 25 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002.

  12. Con fecha 10 de abril del año 2002, en la VIII sesión ordinaria, la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento opinó favorablemente la suscripción del presente CONVENIO.

  13. El presente CONVENIO se acompaña de los siguientes documentos anexos, los cuales forman parte integrante del mismo:

ANEXO A Oficio número 340.A.2.-0210, de fecha 6 de marzo de 2002, en el que la SHCP determinó que las III-CONSOLIDADO pueden celebrar el presente CONVENIO.
ANEXO B Oficio número 340-A-2.-424, de fecha 22 de marzo de 2002, en el que SHCP manifestó que verificó que el presente CONVENIO reúne los requisitos que establece el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002.
ANEXO C Acuerdo número...

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