Convenio que celebran por una parte Nacional Financiera, S.N.C. como Fiduciaria en el Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento al Turismo a quien en los sucesivo se le denominará “FONATUR”, representado por el Ing. Jorge Ortega Chávez, Director de Servicios de Apoyo al Sector Turístico; por otra parte el Gobierno del Estado de México, a quien en lo sucesivo se le denominará “EL ESTADO”, representado por la Secretaria de Turismo, M. en D.F. Rosalinda Elizabeth Benítez González

23 de octubre de 2015
GACETA
[DE
GOBIERNO
Página 11
CUARTA.
Cada una de
"LAS PARTES"
designará a un funcionario responsable del seguimiento de todos y cada uno de los compromisos
que se asumen en el presente convenio. Lo anterior para su cumplimiento en tiempo de acuerdo al estudio y proyectos a que se refiere e;
Anexo Único.
QUINTA.
Cualquiera de las partes podrá dar por terminado el presente convenio, con una notificación por escrito que haga una de las
partes a la otra, cuando menos con 15 días naturales de anticipación a la fecha en que deba surtir efectos la terminación.
Independientemente de la terminación de este convenio en todos los casos se deberá cubrir a "FONATUR" las erogaciones que este haya
realizado a esa fecha y que se encuentren relacionadas con
"EL ESQUEMA CONCEPTUAL"
a que se refiere la
Cláusula Primera
de;
presente convenio.
SEXTA. "LAS PARTES"
podrán suspender total o parcialmente el presente convenio, sin responsabilidad alguna, cuando ocurran causas
justificadas o razones de interés general, sin que ello implique su terminación definitiva, en cuyo caso podrá seguir produciendo todos sus
efectos jurídicos una vez que hayan desaparecido las causas que motivaron la suspensión.
SÉPTIMA.
El presente convenio es realizado de buena fe, por lo que
"LAS PARTES"
resolverán cualquier controversia en amigable
composición y solo para el caso de que no alcancen una solución que satisfaga sus intereses,
"LAS PARTES"
se someten a la jurisdicción
y competencia de los Tribunales Federales que elija el actor.
OCTAVA.
La vigencia del presente convenio será a partir de la fecha de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2015.
Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal de sus cláusulas,
"LAS PARTES"
firman el presente convenio, en
dos ejemplares originales, en la Ciudad de México D.F., el 15 de junio de 2015.
POR "FONATUR"
POR "EL ESTADO"
ING. JORGE ORTEGA CHÁVEZ
DIRECTOR DE SERVICIOS DE APOYO AL SECTOR
TURÍSTICO
(RÚBRICA).
M. EN D.F. ROSALINDA ELIZABETH
BENÍTEZ GONZÁLEZ
SECRETARIA DE TURISMO
(RÚBRICA).
GOBERNO LEL
ESTADO DE MÉXICO
GRANDE
CONVENIO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. COMO FIDUCIARIA EN EL FIDEICOMISO FONDO
NACIONAL DE FOMENTO AL TURISMO A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "FONATUR", REPRESENTADO POR EL
ING. JORGE ORTEGA CHÁVEZ, DIRECTOR DE SERVICIOS DE APOYO AL SECTOR TURÍSTICO; Y POR OTRA PARTE EL
GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL ESTADO", REPRESENTADO POR LA
SECRETARIA DE TURISMO, M. EN D.F. ROSALINDA ELIZABETH BENÍTEZ GONZÁLEZ, LOS CUALES SE SUJETAN AL TENOR DE
LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
I.
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013 — 2018 expone la ruta que el Gobierno de la República se ha trazado para contribuir de
manera más eficaz a que los mexicanos podamos lograr que México alcance su máximo potencial, estableciendo como Metas
Nacionales un México en Paz, un México Incluyente, un México con Educación de Calidad, un México Próspero y un México con
Responsabilidad Global, así como estrategias transversales para democratizar la productividad, lograr un gobierno cercano y
moderno, y tener una perspectiva de género en todos los programas de la Administración, y
II.
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013 — 2018 establece que se deben fomentar esquemas financieros especializados y
accesibles que sirvan para promover inversiones turísticas. Asimismo, que es indispensable consolidar el modelo de desarrollo
turístico sustentable, que compatibilice el crecimiento del turismo y los beneficios que éste genera, a través de la preservación y el
mejoramiento de los recursos naturales y culturales.
III.
Que se requiere fortalecer el impacto del turismo en el bienestar social de las comunidades receptoras, para mejorar las
condiciones de vida de las poblaciones turísticas. En este sentido, todas las políticas de desarrollo del sector deben considerar
criterios enfocados a incrementar la contribución del turismo a la reducción de la pobreza y la inclusión social.
IV.
Que la Política Nacional Turística, establece cuatro directrices Ordenamiento y Transformación Sectorial; Innovación y
Competitividad; Fomento y Promoción y; Sustentabilidad y Beneficio Social.
V.
Que
"FONATUR",
apoya y promueve la actividad turística de sitios que cuenten con potencial turístico para que a través de este
impulso se generen mayores ingresos para la población
VI.
Que
"EL ESTADO"
cuenta con sitios que representan un gran potencial para impulsar el desarrollo económico y social de la
región a partir de la actividad turística, en virtud de la variedad de atractivos que tiene para la atención de diversos segmentos de
mercado.

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