Convenio de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Sonora, que tiene por objeto que la Secretaría asigne recursos a la entidad para cubrir el equivalente al 70% del costo del proyecto preventivo denominado Obras de Protección contra inundaciones en la ciudad de Empalme, Sonora

Fecha de disposición26 Agosto 2011
Fecha de publicación26 Agosto 2011
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Sonora, que tiene por objeto que la Secretaría asigne recursos a la entidad para cubrir el equivalente al 70% del costo del proyecto preventivo denominado Obras de Protección contra inundaciones en la ciudad de Empalme, Sonora. CONVENIO DE COORDINACION QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SECRETARIA DE GOBERNACION, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA SECRETARIA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL SECRETARIO DEL RAMO, LIC. JOSE FRANCISCO BLAKE MORA, ASISTIDO POR EL OFICIAL MAYOR DEL RAMO, LIC. JOSE OSCAR VEGA MARIN Y POR LA COORDINADORA GENERAL DE PROTECCION CIVIL, LIC. LAURA GURZA JAIDAR; Y POR OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SONORA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "EL GOBIERNO DEL ESTADO", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL GOBERNADOR DEL ESTADO, LIC. GUILLERMO PADRES ELIAS, ASISTIDO POR LOS CC. ING. HECTOR LARIOS CORDOVA, C.P. ALEJANDRO ARTURO LOPEZ CABALLERO, LIC. CARLOS FRANCISCO TAPIA ASTIAZARAN, SECRETARIOS DE GOBIERNO, DE HACIENDA, Y DE LA CONTRALORIA GENERAL, RESPECTIVAMENTE, ASI COMO POR EL ING. RUBEN RODRIGO GRACIA ROSAS, COORDINADOR ESTATAL DE LA UNIDAD ESTATAL DE PROTECCION CIVIL; A QUIENES EN LO SUCESIVO ACTUANDO CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARA COMO "LAS PARTES", DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS: ANTECEDENTES

El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, establece que el Ejecutivo Federal para el cumplimiento de los objetivos y la atención de las prioridades nacionales, los programas sectoriales, institucionales, regionales y especiales atenderá como tema prioritario para el desarrollo nacional, el de protección civil, concretamente en una primera perspectiva hacia el avance de la seguridad, el principio de la prevención y atención de desastres. La Protección Civil constituye un elemento fundamental de nuestra organización social y de congruencia con la sociedad, y significa una tarea indispensable, consciente, propositiva, global y planificada para proteger y conservar al individuo y a la sociedad. En términos de la Ley General de Protección Civil, el Sistema Nacional de Protección Civil es un conjunto orgánico y articulado de estructuras, relaciones funcionales, métodos y procedimientos que establecen las dependencias y entidades del sector público entre sí, con las organizaciones de los diversos grupos voluntarios, sociales, privados y con las autoridades de las entidades federativas, los municipios u órganos político administrativos, a fin de efectuar acciones coordinadas, destinadas a la protección de la población, contra los peligros y riesgos que se presentan en la eventualidad de un desastre. Es objetivo del Sistema Nacional de Protección Civil, proteger a la persona y a la sociedad ante la eventualidad de un desastre, provocado por agentes naturales o humanos, a través de acciones que reduzcan o eliminen la pérdida de vidas, la afectación de la planta productiva, la destrucción de bienes materiales y el daño a la naturaleza, así como la interrupción de las funciones esenciales de la sociedad. El 13 de junio de 2003, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforman los artículos 3o. y 4o. de la Ley General de Protección Civil, el cual tuvo como objeto principal, que se incluyera en el Presupuesto de Egresos de la Federación de cada año, el Fondo para la Prevención de Desastres, estableciendo los montos para la operación de cada uno de ellos, conforme a las disposiciones aplicables, cuya coordinación sería responsabilidad de "LA SECRETARIA". El 15 de agosto de 2006, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo que establece las Reglas del Fondo para la Prevención de Desastres Naturales "REGLAS", el cual tiene como finalidad proporcionar recursos tanto a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal como a las entidades federativas, destinados a la realización de acciones y mecanismos tendientes a reducir riesgos, así como evitar o disminuir los efectos del impacto destructivo de los fenómenos naturales sobre la vida y bienes de la población, los servicios públicos y el medio ambiente. Mediante oficio 03.01-080/09, del 4 de marzo de 2009, el Gobierno del Estado de Sonora, solicitó el apoyo con cargo a los recursos del Fondo para la Prevención de Desastres Naturales (FOPREDEN), para ejecutar el proyecto preventivo denominado "Construcción de Puente en Av. Héroe de Nacozari y Bordo No. 1 y Revestimiento con concreto hidráulico del canal del Bordo No. 1, en Empalme, Sonora", para el ejercicio fiscal 2010. Esa solicitud contemplaba la coparticipación siguiente:

Coparticipación Estatal Coparticipación FOPREDEN Total del Proyecto
$3'610,882.72 $8'425,393.02 $12'036,275.74

Con oficio DGF/DGAC/DN/224/2009, del 17 de marzo de 2009, la solicitud junto con el proyecto fue enviada al Comité Técnico Científico para su opinión técnica (Artículo 16 de las Reglas). A través del oficio ST-CTC-FOPREDEN/015/2009, del 17 de abril de 2009, la Coordinadora de Apoyos y Enlace Interinstitucional de la Coordinación General de Protección Civil y Presidenta del Comité Técnico Científico del FOPREDEN, notifica que el referido Comité Técnico determinó que no tiene una base de juicio para emitir una opinión definitiva respecto de la viabilidad técnica del proyecto, por lo que emite una serie de observaciones a fin de cumplir diversas deficiencias técnicas. Esta situación, se hizo del conocimiento del Coordinador General de Protección Civil en el Estado de Sonora, a través del oficio DGF/DGAC/DN/369/2009, de fecha 17 de abril de 2009, con la finalidad de informarle que para estar en posibilidades de pronunciarse sobre la elegibilidad del proyecto por parte del Consejo de Evaluación del FOPREDEN, resultaba necesario remitir la documentación atendiendo las observaciones realizadas por el Comité Técnico Científico. El Gobierno del Estado de Sonora, mediante oficios 491/04/2009 y 604/05/09 de fechas 30 de abril y 11 de mayo de 2009, respectivamente, envía diversa información adicional con la finalidad de atender las observaciones realizadas, misma que fue remitida al Comité Técnico Científico, según oficios DGF/DGAC/DN/498/2009 y DGF/DGAC/DN/524/2009 del 19 y 22 de mayo de 2009, respectivamente. Por oficio ST-CTC-FOPREDEN/061-1/2009 de fecha 22 de junio de 2009, suscrito por la Lic. Anne Lice Hernández Alba, Coordinadora de Apoyos y Enlace Interinstitucional de la Coordinación General de Protección Civil y Presidenta del Comité Técnico Científico del FOPREDEN, remite opinión técnica solicitando se realice una exposición oral del proyecto (Artículo 11, fracción I de las Reglas). Esta situación se hizo del conocimiento del Gobierno del Estado de Sonora, mediante oficio DGF/DGAC/DN/651/2009 de fecha 23 de junio de 2009 y con fecha 6 de julio de 2009, el Gobierno del Estado de Sonora realizó la presentación oral del proyecto. Mediante oficio ST-CTC-FOPREDEN/076/2009 del 10 de julio de 2009, suscrito por la Lic. Anne Lice Hernández Alba, Coordinadora de Apoyos y Enlace Interinstitucional de la Coordinación General de Protección Civil y Presidenta del Comité Técnico Científico del FOPREDEN, remite el dictamen favorable al proyecto condicionándolo al cumplimiento de diversas deficiencias de carácter técnico, así como a cambiar el nombre del proyecto por el de "Obras de protección contra...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR