Convenio de Coordinación para la aplicación del Proyecto de Modernización de la Educación Técnica y la Capacitación, y de Adhesión al Régimen de Certificación a través de los Sistemas Normalizado y de Certificación de Competencia Laboral, que celebran las secretarías de Educación Pública, del Trabajo y Previsión Social, el Estado de Yucatán y ...

Fecha de disposición17 Febrero 1999
Fecha de publicación17 Febrero 1999
EmisorSECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CONVENIO de Coordinación para la aplicación del Proyecto de Modernización de la Educación Técnica y la Capacitación, y de Adhesión al Régimen de Certificación a través de los Sistemas Normalizado y de Certificación de Competencia Laboral, que celebran las secretarías de Educación Pública, del Trabajo y Previsión Social, el Estado de Yucatán y Nacional Financiera, S.N.C.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

CONVENIO DE COORDINACION PARA LA APLICACION DEL PROYECTO DE MODERNIZACION DE LA EDUCACION TECNICA Y LA CAPACITACION, Y DE ADHESION AL REGIMEN DE CERTIFICACION A TRAVES DE LOS SISTEMAS NORMALIZADO Y DE CERTIFICACION DE COMPETENCIA LABORAL QUE CELEBRAN, EL EJECUTIVO FEDERAL A TRAVES DE SUS SECRETARIAS DE EDUCACION PUBLICA Y DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL, EN LO SUCESIVO “LA SEP” Y “LA STPS”, REPRESENTADAS POR SUS TITULARES, LIC. MIGUEL LIMON ROJAS Y LIC. JOSE ANTONIO GONZALEZ FERNANDEZ, RESPECTIVAMENTE; EL EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE YUCATAN, EN LO SUBSECUENTE “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR DEL ESTADO, C. VICTOR MANUEL CERVERA PACHECO, CON LA ASISTENCIA DEL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, RENAN CLEOMINIO ZOREDA NOVELO Y DE LA SECRETARIA DE EDUCACION, LETICIA MENDOZA ALCOCER, Y NACIONAL FINANCIERA S.N.C., COMO FIDUCIARIA DEL FIDEICOMISO DE LOS SISTEMAS NORMALIZADO Y DE CERTIFICACION DE COMPETENCIA LABORAL, EN ADELANTE “EL CONOCER”, REPRESENTADO POR EL LIC. AGUSTIN E. IBARRA ALMADA, EN SU CARACTER DE APODERADO GENERAL DE LA INSTITUCION BANCARIA, Y SECRETARIO EJECUTIVO DEL CONSEJO DE NORMALIZACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIA LABORAL, DE CONFORMIDAD CON LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. La Ley General de Educación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de julio de 1993, establece en su artículo 45 que la Secretaría de Educación Pública, conjuntamente con las demás autoridades federales competentes, establecerá un régimen de certificación, aplicable en toda la República, referido a la formación para el trabajo conforme al cual sea posible ir acreditando conocimientos, habilidades o destrezas.

    Asimismo, dispone que dichas autoridades determinarán los lineamientos generales aplicables en toda la República para la definición de aquellos conocimientos, habilidades o destrezas susceptibles de certificación, así como de los procedimientos de evaluación correspondientes, sin perjuicio de las demás disposiciones que emitan las autoridades locales en atención a requerimientos particulares.

    Igualmente, prevé que en la determinación de los lineamientos generales, las autoridades establecerán procedimientos que permitan considerar las necesidades, propuestas y opiniones de los diversos sectores productivos;

  2. El Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000 establece que la Política de Desarrollo Social aspira a adquirir un carácter integral, donde concurran los esfuerzos e iniciativas de todos los órdenes de Gobierno: Federal, Estatal y Municipal y de los diversos grupos sociales en una alianza nacional permanente por la educación.

    En cuanto a la educación para adultos se propone un esfuerzo amplio, consistente y eficaz en la lucha contra el analfabetismo, y una educación para el desarrollo comunitario y el trabajo productivo.

    El Plan dispone como un objetivo primordial, elevar el potencial productivo de la fuerza laboral y propiciar el desarrollo, para alcanzar el crecimiento sostenido de la producción, la productividad y los salarios.

    El Plan propone un significativo incremento cuantitativo y cualitativo en la capacitación para el trabajo estableciendo como estrategia, vincular de manera sistemática la planta productiva y la comunidad educativa, para lo cual las autoridades educativas y laborales promoverán, con participación del sector productivo, el establecimiento de Normas Técnicas de Competencia Laboral (NTCL), cuya estructura responderá a las condiciones actuales y previsibles del mercado de trabajo; dichas normas se integrarán en un Sistema Normalizado de Competencia Laboral (SNCL), que facilitará la movilidad del trabajador entre industrias y regiones y podrán servir de punto de partida para la estructuración de planes y programas de formación técnica y capacitación para el trabajo, y podrá ser referencia para la educación media superior en sus modalidades terminal y bivalente.

    El Plan establece también que deben implementarse nuevas formas de certificación aplicables a las competencias laborales, que pueden ser adquiridas mediante la experiencia, por lo cual dispone la creación de un Sistema de Certificación de Competencia Laboral (SCCL), que tendrá como base las normas definidas en el SNCL, que permitirá dar a los conocimientos, habilidades y destrezas adquiridas en la práctica laboral un reconocimiento análogo al escolar, con lo cual se facilitará la alternancia de estudio y trabajo a lo largo de la vida y se propiciará la progresión hacia grados más complejos de competencia laboral dentro del SNCL.

  3. En congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo, el Programa de Desarrollo Educativo 1995-2000 en el rubro de educación para adultos señala que:

    La capacitación para las actividades laborales deberá responder a las necesidades del sector productivo y de servicios, así como en el mejoramiento de sus condiciones de vida, para lo cual será necesario establecer mecanismos que aseguren una estrecha vinculación entre los resultados de la formación para el trabajo y los requerimientos de los empleadores en las diferentes ramas de la economía nacional.

    Los adultos del país que deseen cursar o continuar estudios, encuentren opciones formativas y de capacitación que se adecuen a sus aspiraciones y requerimientos.

    Es necesaria la inducción a una cultura que favorezca el aprendizaje como un proceso continuo a lo largo de la vida.

    Dentro de las estrategias y acciones del Programa, destaca la necesidad de desarrollar mecanismos de reconocimiento de los aprendizajes empíricos y competencia laboral a través de un SNCL que tiene como propósito la definición de normas o estándares de competencia laboral, así como las expectativas de desempeño de un individuo en el lugar de trabajo y precisarán los conocimientos, habilidades y destrezas que se requieren para satisfacerla, y que serán determinadas por los empleadores y trabajadores de las distintas ramas de la actividad económica nacional.

    Por su parte, el SCCL promoverá el establecimiento de mecanismos de certificación que den claridad y certeza sobre la competencia laboral de los trabajadores y de los egresados de las instituciones de educación para el trabajo, esta certificación será voluntaria y se llevará a cabo con toda objetividad.

    Los programas de capacitación y educación para el trabajo podrán estructurarse en módulos o unidades de formación autocontenidas, cada una de las cuales guardará correspondencia con los elementos definidos en el SNCL. Esto, además de contribuir a la relevancia de los contenidos, permitirá una mayor flexibilidad y personalización de los programas de formación;

  4. Por su parte, el Programa de Empleo, Capacitación y Defensa de los Derechos Laborales 1995-2000 propone fortalecer los programas y las acciones tendientes a la capacitación de la fuerza de trabajo en activo y desempleada, así como los de mejoramiento de la productividad en los centros de trabajo, a fin de coadyuvar al arraigo de una cultura de capacitación como un proceso integral y permanente que abarque toda la vida productiva del trabajador.

    Uno de los objetivos en esta materia es contribuir a que los sistemas de capacitación se adapten a las nuevas estructuras de la producción y del trabajo para que eleven su calidad, amplíen su cobertura, mejoren su pertinencia y capacidad de respuesta a las necesidades de la planta productiva, la cual requiere, cada vez en mayor medida, personal mejor calificado que pueda desarrollar diversas tareas, asumir mayores niveles de responsabilidad y de participación en el desarrollo del proceso productivo, teniendo la...

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