Convocatoria para la Convención Obrero Patronal para la Revisión Integral del Contrato Ley de la Industria de la Radio y la Televisión   

Fecha de disposición30 Noviembre 2007
Fecha de publicación30 Noviembre 2007
EmisorSECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CONVOCATORIA para la Convención Obrero Patronal para la Revisión Integral del Contrato Ley de la Industria de la Radio y la Televisión.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.- Unidad de Funcionarios Conciliadores.- Contrato Ley-Radio y Televisión.- Oficio 12/212(72)/18 Legajo 45.

ASUNTO: CONVOCATORIA PARA LA CONVENCION OBRERO PATRONAL PARA LA REVISION INTEGRAL DEL CONTRATO LEY DE LA INDUSTRIA DE LA RADIO Y LA TELEVISION.

México, Distrito Federal, a veintiuno de noviembre de dos mil siete.

Visto el expediente administrativo número 12/212/(72)/18, Legajo 45, formado en la Unidad de Funcionarios Conciliadores de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, con motivo de las solicitudes de trabajadores sindicalizados, para que se convoque a una Convención Obrero Patronal Revisora del Contrato Ley de la Industria de la Radio y la Televisión, en su forma integral, presentadas en esta dependencia por los sindicatos: Industrial de Trabajadores y Artistas de Televisión y Radio, Similares y Conexos de la República Mexicana (CTM) y de Trabajadores de la Industria de la Radiodifusión, Televisión, Similares y Conexos de la República Mexicana (CTM), mediante escritos recibidos el 12 de octubre de 2007, así como el Sindicato Industrial de Empleados y Artistas de Radiodifusoras y Televisoras, Similares y Conexos de la República Mexicana (CTM) a través de su escrito presentado ante esta Unidad el 23 de octubre del año en curso, con fundamento en el artículo 419 fracciones I y II de la Ley Federal del Trabajo, y

CONSIDERANDO

PRIMERO.- Que por convenio de treinta y uno de enero de dos mil seis, firmado por patrones y trabajadores sindicalizados representantes del interés profesional de la Industria de la Radio y la Televisión, se dio por revisado en su forma integral el Contrato Ley de esta Rama Industrial, señalándose en la cláusula séptima, una vigencia del primero de febrero del año dos mil seis al treinta y uno de enero del año dos mil ocho. El referido convenio y el Contrato Ley íntegro se publicaron en el Diario Oficial de la Federación de diez de marzo de dos mil seis.

SEGUNDO.- Que el Contrato Ley mencionado fue modificado en su aspecto salarial, por convenio de fecha treinta y uno de enero de dos mil siete, publicado en el Diario Oficial de la Federación el doce de marzo del mismo año.

TERCERO.- Que atendiendo a las solicitudes formuladas en tiempo por los...

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