Convención Americana sobre Derechos Humanos. VII-P-1aS-1422

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432 primera sección
Revista del tRibunal FedeRal de Justicia administRativa
la orden de vericación, toda vez que al practicarse con el
conductor del vehículo se le está haciendo del conocimiento
a la persona que internó la mercancía a territorio nacional
a través del tenedor y/o poseedor de la misma, que incluso
es responsable solidario del pago de los impuestos que se
generen con dicha introducción.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1865/15-01-01-
7/2272/15-S1-02-03.- Resuelto por la Primera Sección de la
Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Admi-
nistrativa, en sesión de 8 de marzo de 2016, por unanimidad
de 4 votos a favor.- Magistrada Ponente: Nora Elizabeth Urby
Genel.- Secretaria: Lic. Brenda Virginia Alarcón Antonio.
(Tesis aprobada en sesión de 1° de septiembre de 2016)
VII-P-1aS-1422
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN MATERIA ADUA-
NERA.- NO VIOLA EL DERECHO A LA PROPIEDAD DE
LA EMPRESA IMPORTADORA PREVISTO EN EL ARTÍCU-
LO 21.1 DE LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DE-
RECHOS HUMANOS.- El derecho a la propiedad privada
previsto en el artículo 21.1 de la Convención Americana
Sobre Derechos Humanos, establece que toda persona tie-
ne derecho al uso y goce de sus bienes, y que la ley puede
subordinar tal uso y goce al interés social. Sin embargo, dicho
derecho queda supeditado a la legalidad de su posesión; es

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