Contrato Individual de Trabajo por Tiempo Indeterminado

AutorHonoré A. Bornacini Hervella
Páginas54-56
GUÍA SOBRE EL MANEJO DE FINIQUITOS Y LIQUIDACIONES LABORALES 2012
INSTITUTO
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Contrato Individual de Trabajo por Tiempo Indeterminado
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO INDEFINIDO
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO INDETERMINADO
Celebrado por una parte por el Sr. Pepe Nava Todo, por su propio derecho y por la otra Artesanos del Tiempo, S.A. de
C.V., representada por la Sra. Alejandra Guerra Mora. Es intención de las partes contratar y obligarse al tenor del pre-
sente contrato, por lo que hacen las siguientes:
D E C L A R A C I O N E S
I. Declara el Sr. Pepe Nava Todo, que en lo sucesivo en el cuerpo de este Contrato se denominará “EL TRA-
BAJADOR, que:
a) Es originario de Tepeji del Río de Ocampo Hidalgo.
b) Nació el 27 de Febrero de 1968, de nacionalidad Mexicana.
c) Estado Civil: Casado.
d) Sexo: Masculino.
e) Con domicilio en: Av. Santa Mónica 20 Interior 7, Colonia El Mirador, Tlalnepantla de Baz, C.P. 54080,
Estado de México.
II. Declara Artesanos del Tiempo, S.A. de C.V., que en lo sucesivo en el cuerpo de este contrato se denomina-
“EL PATRÓN”, que:
a) Declara EL PATRÓN ser una sociedad legalmente constituida bajo las leyes mexicanas, según
Escritura Notarial No. 82142 de Fecha 10 de Febrero de 2003 ante la fe del Lic. Enrique Alman-
za Pedraza, Notario Público No. 198 del Distrito Federal, con el RFC IAE-030210-D74 y tener
como objeto social entre otros, la impartición de Cursos de Capacitación; la Edición y Publicación de
Leyes Fiscales, Laborales, de Seguridad Social y en general, Legales, además de la Distribución de otros
productos y servicios relacionados.
b) Que tiene su domicilio en Av. Manecillas 333, Colonia Recuerdos, Delegación Miguel Hidalgo, C. P.
11590, México, D.F.
c) EL PATRÓN manifiesta, además, tener las facultades legales para obligarse en los términos del presente
contrato.
III. Declaran ambas partes que es su libre voluntad contratar y obligarse al tenor del presente contrato.
En virtud de lo declarado, para el logro de las finalidades que las partes se proponen, sujetan este Contrato Individual de
Trabajo por Tiempo Indeterminado al cumplimiento de las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA. Los contratantes se reconocen expresamente la personalidad con que se ostentan, para todos los efectos
legales a que haya lugar.
SEGUNDA. Este contrato se celebra por tiempo indeterminado.
TERCERA. EL TRABAJADOR desempeñará el puesto de JEFE DE ALMACÉN, para lo cual se obliga a ejecutar su
trabajo personal con la intensidad, cuidado y esmero apropiados bajo la dirección, dependencia y subordinación de EL
PATRÓN y, por lo tanto, a cumplir las órdenes e instrucciones que reciba en todo lo concerniente al trabajo, mismo que
consistirá principalmente en el manejo del almacén, controlando las entradas y salidas de productos en proceso o termi-
nados, revisando y cuidando la calidad de los materiales y productos recibidos, de acuerdo a las especificaciones esta-
blecidas para cada caso, surtir oportunamente los pedidos de los clientes, así como el envío de los mismos, preparar y
enviar las promociones, preparar y enviar las valijas a los representantes del interior, realizar los depósitos bancarios en
los diferentes bancos y todo lo concerniente a dicha actividad así como a conducir la camioneta con cortesía para entre-
gar y recoger productos, pedidos, cheques y cualquier otra actividad conexa con las funciones antes mencionadas, preci-
sando que estas son enunciativas y no limitativas.

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