Oficio Circular mediante el cual se informa del procedimiento que deberá observarse en la contratación de adquisiciones, arrendamientos, obra pública y servicios, en lo relativo a la acreditación de los proveedores y contratistas de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales

Fecha de disposición20 Octubre 1999
Fecha de publicación20 Octubre 1999
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

OFICIO Circular mediante el cual se informa del procedimiento que deberá observarse en la contratación de adquisiciones, arrendamientos, obra pública y servicios, en lo relativo a la acreditación de los proveedores y contratistas de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo.- Subsecretaría de Normatividad y Control de la Gestión Pública.- Unidad de Normatividad de Adquisiciones, Obras Públicas, Servicios y Patrimonio Federal.

OFICIO CIRCULAR No. UNAOPSPF/309/AD/023/99

CC. Oficiales mayores o sus equivalentes de la administración pública federal centralizada y paraestatal, de la Procuraduría General de la República, y de las entidades federativas Presentes.

Como es de su conocimiento, con fecha 31 de diciembre de 1998, en el Diario Oficial de la Federación, se publicó el Decreto por el que se modifican diversas leyes fiscales y otros ordenamientos federales y en cuyos términos se adicionó el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, entre otros aspectos.

De acuerdo a la mencionada adición, la Administración Pública Federal Centralizada y Paraestatal, así como la Procuraduría General de la República, en ningún caso deberán contratar adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública, con los contribuyentes que no se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, de conformidad con las disposiciones del propio Código y las leyes tributarias, incluyéndose en esta obligación, a las entidades federativas cuando realicen dichas contrataciones con cargo total o parcial a fondos federales.

Asimismo, en la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 1999, emitida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y publicada en el referido órgano de difusión el 17 de mayo del año en curso, se previó en la regla 2.1.14, la obligación para las propias dependencias y entidades, la Procuraduría General de la República y las entidades federativas en los supuestos a que se refiere el párrafo anterior, de exigir a los contribuyentes con quienes contraten que presenten un escrito en el que manifiesten bajo protesta de decir verdad, los hechos que en la propia regla se contemplan.

En razón de lo anterior, resulta indispensable que en los procedimientos de contratación existan criterios que permitan a los servidores públicos y a los proveedores y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR