La contrarreforma en materia de debates

La obligación de invitar a todos los contendientes inhibirá la organización de debates electorales por incitativa de los mediosPor Benito Nacif

(Consejero electoral del INE)

EL UNIVERSALDurante las campañas de 2015 para la elección del alcalde de Guadalajara, Jalisco, Radio Metrópoli, una emisora local de AM, organizó y transmitió un debate entre los candidatos. De los nueve registrados ante la autoridad electoral, invitó sólo a los del PRI, PAN y Movimiento Ciudadano (MC). El criterio seguido por la radiodifusora fue convocar a las tres principales fuerzas políticas del municipio. PRI, PAN y MC habían aglutinado el 94% de la votación en las elecciones municipales anteriores y, a juicio de los productores, eran los verdaderos protagonistas de la contienda. La cuarta fuerza electoral del municipio ?el PRD? sólo había obtenido el 3.9% de los votos en 2012.

Tras la transmisión del debate, el PRD presentó una denuncia ante el INE. Acusó a Radio Metrópoli de difundir propaganda electoral de forma ilegal. El caso tenía de entrada una importancia especial. Era el primero en el que se ponía a prueba el alcance de la libertad para la organización de debates entre candidatos parcialmente restituida a los medios de comunicación a partir de la reforma político-electoral de 2014.

Antes de la reforma de 2014, la legislación electoral existente ?el Cofipe? sólo hacía referencia a los debates organizados por las autoridades electorales. Aunque no prohibía expresamente que los medios de comunicación organizaran por iniciativa propia este tipo de programas, el Tribunal Electoral había puesto condiciones que volvían prácticamente ilegal su transmisión en radio o TV, al menos en el caso de los precandidatos. Esto se desprende de la sentencia del 2011 en la que ordenó multar a Canal 2 de Nayarit por transmitir el debate entre los precandidatos a la gubernatura de la coalición ?Nayarit Paz y Trabajo? conformada por PAN y PRD.

Quizás por este precedente, en 2014 los legisladores introdujeron en la nueva Legipe una disposición en el artículo 218 que establece que ?los medios de comunicación nacionales y locales podrán organizar libremente debates entre candidatos?, siempre y cuando cumplan con...

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