Tesis, Plenos de Circuito, 24 de Enero de 2020 (Tesis num. PC.I.C. J/100 C (10a.) de Pleno en Materia Civil del Primer Circuito, 24-01-2020 (Contradicción de Tesis))

Número de registro2021500
Número de resoluciónPC.I.C. J/100 C (10a.)
Fecha de publicación24 Enero 2020
Fecha24 Enero 2020
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaCivil,Derecho Civil
Localizador10a. Época; Plenos de Circuito; Semanario Judicial de la Federación; PC.I.C. J/100 C (10a.)

De acuerdo con lo dispuesto por los artículos 688 y 689 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, aplicable para la Ciudad de México, el recurso de apelación procede no sólo contra los autos que determinen una situación jurídica específica que perjudique a alguna de las partes en la controversia, sino también cuando en ellos exista alguna omisión procesal en que haya incurrido el juzgador al dictarlos y con ello se agravie al justiciable; medio de impugnación cuyo agotamiento estará exento de interponerse en los supuestos en que la ley o la jurisprudencia obligatoria lo prevean, en atención a la naturaleza del acto reclamado, a la materia de la controversia o a las partes involucradas en el procedimiento respectivo.


PLENO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Contradicción de tesis 15/2019. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Octavo y Décimo Segundo, ambos en Materia Civil del Primer Circuito. 5 de noviembre de 2019. Mayoría de trece votos de los M.M.d.C.A.A.M., J.A.S.Á., E.P.C., F.F.S.V., R.R.R., M.d.R.G.T., M.P.R.B., M.G.S.A., F.R.R., G.A.J., J.R.D.C., M.E.S.V. y A.S.L.(.. Disidentes: P.M.G.V.S.C. (voto particular) y E.L.d.C.R.A. (voto particular). Ponente: F.F.S.V.. Secretario...

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