Tesis, Plenos de Circuito, 24 de Noviembre de 2017 (Tesis num. PC.II.P. J/5 P (10a.) de Pleno en Materia Penal del Segundo Circuito, 24-11-2017 (Contradicción de Tesis))

Número de resoluciónPC.II.P. J/5 P (10a.)
Fecha de publicación24 Noviembre 2017
Fecha24 Noviembre 2017
Número de registro2015639
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaComún, Penal
Localizador10a. Época; Plenos de Circuito; Semanario Judicial de la Federación; PC.II.P. J/5 P (10a.)

Los artículos 414 y 415 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de México abrogado establecen que, al resolver el recurso de apelación, es indispensable que el Tribunal de Alzada celebre una audiencia con las partes que comparezcan y que en ella emita la resolución correspondiente al recurso planteado, la cual tendrá que ser explicada; ahora bien, la audiencia se integra por dos periodos distintos para su validez jurídica: I.D. entre los asistentes; y, II. Dictado en si de la sentencia. En esas condiciones, sí el órgano jurisdiccional que conozca del juicio de amparo directo, advierte alguna violación procesal durante la emisión de dicha sentencia podrá: a) En caso de que se hayan transgredido las formalidades que rigen el procedimiento de segunda instancia, desde la primera fase, ordenar la reposición del procedimiento a partir de ese periodo, para que la audiencia de apelación se verifique de nueva cuenta de forma íntegra en sus dos etapas; o, b) Si la autoridad responsable solamente incurrió en algún vicio en el dictado de la sentencia definitiva, ordenar la celebración de una nueva audiencia en la que dicha autoridad pronunciará y explicará la resolución que en derecho corresponda, es decir, es insuficiente la emisión de la sentencia en forma impresa, pues la resolución de segunda instancia debe ser explicada en la audiencia de apelación, con lo cual, se privilegia la "oralidad" que es considerada como el instrumento que permite actualizar y dar eficacia a los principios del debido proceso en el actual sistema penal acusatorio, a saber, publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación. Por tanto, el...

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