Tesis, Plenos de Circuito, 3 de Junio de 2016 (Tesis num. PC.I.A. J/67 A (10a.) de Pleno en Materia Administrativa del Primer Circuito, 03-06-2016 (Contradicción de Tesis))

Número de registro2011785
Número de resoluciónPC.I.A. J/67 A (10a.)
Fecha de publicación03 Junio 2016
Fecha03 Junio 2016
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaAdministrativa
Localizador10a. Época; Plenos de Circuito; Semanario Judicial de la Federación; PC.I.A. J/67 A (10a.)

Aun cuando de conformidad con los artículos 53 a 55 de la Ley de Seguridad Pública, así como 36, 42, fracciones V y IX y 61, del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública, ambos del Distrito Federal, no se otorgan al Consejo de Honor y Justicia materialmente las atribuciones legales de cuantificar y pagar la indemnización y demás prestaciones a las que se condenó en una sentencia de nulidad, en términos de lo dispuesto en el artículo 123, apartado B, fracción XIII, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, lo cierto es que está vinculado a que no siga subsistiendo la omisión de cumplir con la sentencia aludida y la interlocutoria del recurso de queja, por lo que debe asegurarse que dichas determinaciones se cumplan en sus términos por las autoridades que deban realizar directa o materialmente el pago, en virtud de haber sido la autoridad demandada y vencida en el juicio de nulidad, para lo cual, debe agotar el uso de todos los medios a su alcance, incluso de las prevenciones y sanciones que conforme a las disposiciones aplicables pueda formular e imponer, para conseguir ese cumplimiento.


PLENO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Contradicción de tesis 43/2015. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero y Décimo Sexto, ambos en Materia Administrativa del Primer Circuito.19 de abril de 2016. Mayoría de dieciocho votos de los Magistrados: J.A.S.G., J.O.V., J.A.N.S., M.E.R.L., E.M.G.O., A.S.G.B., N.L.R., E.N.G.B., Ó.F.H.B., F.A.O.C., E.R.C., L.C.M., J.J.G.L., C.C.S., C.A.Y., A.E.C., E.G.S. y M.L.O.B.. Disidentes: J.H.H.F. y A.R.G.G.. Ponente: F.A.O.C.. Secretario: R.H.H.J..


Criterios contendientes:


El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, al resolver el amparo en...

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