Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 22 de Enero de 2016 (Tesis num. 2a./J. 169/2015 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 22-01-2016 (Contradicción de Tesis))

Número de registro2010885
Número de resolución2a./J. 169/2015 (10a.)
Fecha de publicación22 Enero 2016
Fecha22 Enero 2016
EmisorSegunda Sala
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaLaboral
Localizador10a. Época; 2a. Sala; Semanario Judicial de la Federación; 2a./J. 169/2015 (10a.)

Conforme a los artículos 48 a 50, 62, 63, 65, 128 a 131, 164 y 167 de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997, los riesgos de trabajo y la invalidez tienen orígenes distintos; sus respectivos siniestros producen consecuencias diversas: en aquéllos, incapacidad permanente total o incapacidad permanente parcial, y en ésta, imposibilidad para procurarse una remuneración superior al 50% de la percibida en el último año de trabajo; y la ley establece diferentes prestaciones: para los riesgos de trabajo asistencia médica, quirúrgica y farmacéutica, servicio de hospitalización, aparatos de prótesis y ortopedia, y rehabilitación (prestaciones en especie), así como pensión por incapacidad permanente total o por incapacidad permanente parcial (prestaciones en dinero); y para la invalidez pensión temporal o definitiva; asistencia médica; asignaciones familiares; y ayuda asistencial. Ahora, el sentido jurídico que debe darse al artículo 66 de la ley mencionada, es que el valor de una pensión por incapacidad permanente total, que implica el 100% de disminución orgánica funcional de un trabajador, siempre debe superar el monto de la pensión por invalidez incrementada con las asignaciones familiares y la ayuda asistencial, que correspondería al propio asegurado, considerando que hubiera cubierto el periodo de espera. Por tanto, la ley aludida no prevé pago por concepto de asignaciones familiares y ayuda asistencial, a quienes tienen derecho a una pensión por incapacidad permanente total o parcial.

Contradicción de tesis 209/2015. Entre las sustentadas por el Tercer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla y los Tribunales Colegiados Cuarto en Materias Penal y de Trabajo del Séptimo Circuito y Tercero en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito. 25 de noviembre de 2015. Cinco votos de los Ministros E.M.M.I., J.N.S.M., J.F.F.G.S., M.B.L.R. y A.P.D.. Ponente: E.M.M.I.S.: L.J.G.R..


Tesis y criterio contendientes:


Tesis IV.3o.T.173 L, de rubro: "PENSIÓN POR INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL. COMPRENDE LAS ASIGNACIONES FAMILIARES Y LA AYUDA ASISTENCIAL (LEY DEL SEGURO SOCIAL DEROGADA Y VIGENTE).", aprobada por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito y publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XX, julio de 2004, página 1761, y


Tesis VII.4o.P.T.7 L (10a.), de título y subtítulo: "ASIGNACIONES FAMILIARES. NO PUEDEN FORMAR PARTE DE LA PENSIÓN POR INCAPACIDAD PERMANENTE, PARCIAL O TOTAL (INTERPRETACIÓN SISTEMÁTICA DE LOS ARTÍCULOS 66 Y 164 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL DEROGADA).", aprobada por el Cuarto Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Séptimo Circuito y publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 10 de octubre de 2014 a las 9:30 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 11, Tomo III, octubre de 2014, página 2800, y


El sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla, al resolver el amparo directo 455/2015.


Tesis de jurisprudencia 169/2015 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del dos de diciembre de dos mil quince.

Esta tesis se publicó el viernes 22 de enero de 2016 a las 11:30 horas en el Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 25 de enero de 2016, para los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario 19/2013.
4 sentencias

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